Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2001 (19/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2001

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES ANO 2001
SECTOR PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO MORDAZA DE SELECCION : . : : JUSTICIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS OFICINA REGISTRAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS VALOR ESTIMADO DE LOS BIENES, SERVICIOS U OBRAS A ADQUIRIR O CONTRATAR -.-.-.a) S/. 2 500,00 b) S/. 5 300,00 c) S/. 2 400,00 d) S/. 39 600,00 NIVELES DE CENTRALIZACION Y DESCONCENTRACION DE LA FACULTAD DE ADQUIRIR O CONTRATAR -.-.-.Comite Especial de la ORAAC FECHAS PROBABLES DE LAS CONVOCATORIAS

SINTESIS DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS BIENES, SERVICIOS U OBRAS A ADQUIRIR O CONTRATAR -.-.-.a) Dos impresoras de inyeccion a tinta b) Quince cintas magneticas de back up. c) Doce tarjetas de Red PCI 3 Com 10/100. d) Siete computadoras, Tarjeta de Red 3 Com 10/100, HD 20 Gb, RAM de 128, CD de 52X, Disketera 3.5, MORDAZA de 15" SVGA.

LICITACION PUBLICA CONCURSO PUBLICO ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA

-.-.-.5-9-2001

31020

OSINERG
Convocan a Audiencia Publica para exponer contenido de Estudio Tecnico Economico relativo a Tarifas en MORDAZA aplicables a los usuarios del servicio publico de electricidad
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 1710-2001-OS/CD MORDAZA, 12 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: El Organismo Supervisor de Inversion en Energia (en adelante "OSINERG") de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 52º, literales n) y p) de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, tiene el encargo de normar y regular las Tarifas en MORDAZA aplicables a los usuarios del servicio publico de electricidad asi como dictar las normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas a asuntos de su competencia; Conforme a lo establecido en los Articulos 45º y siguientes del D.L. Nº 25844 (Ley de Concesiones Electricas) y en su Reglamento aprobado por D.S. Nº 009-93 EM corresponde a OSINERG fijar las Tarifas en MORDAZA para el periodo noviembre 2001- MORDAZA 2002; Segun el MORDAZA senalado en la Ley de Concesiones Electricas (en adelante "LCE"), MORDAZA del 15 de setiembre de 2001 el Comite de Operacion Economica del Sistema Electrico Interconectado Nacional debera presentar a OSINERG el correspondiente estudio tecnico-economico que explique y justifique entre otros aspectos mencionados en el Articulo 51º de la LCE, el costo total de transmision considerado, los valores resultantes para los precios en MORDAZA y las formulas de reajuste propuestas, correspondiendo a la entidad reguladora su revision y el planteamiento de observaciones a que hubiere lugar; En aplicacion del MORDAZA de transparencia que senala el Articulo 8º del Reglamento General de OSINERG, es atribucion de este Organismo convocar a las audiencias publicas que considere pertinentes con la

finalidad de recibir opiniones de los agentes de MORDAZA respecto a la regulacion tarifaria en proceso; Con la finalidad de que se lleve a cabo la Audiencia Publica dentro de un MORDAZA ordenado que permita la recoleccion de sugerencias y/o observaciones, es necesario dictar las pautas minimas para su desarrollo; En aras del MORDAZA de transparencia que debe primar en todo accionar publico y con la finalidad que los agentes del MORDAZA tengan acceso al Estudio presentado por el Comite de Operacion Economica del Sistema Electrico Interconectado Nacional para poder ejercer su derecho de opinion, es necesario se proceda a la publicacion del mismo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y sus modificatorias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Convocar la realizacion de una Audiencia Publica con la finalidad que el Comite de Operacion Economica del Sistema Electrico Interconectado Nacional realice una exposicion del contenido del Estudio Tecnico Economico a que se refiere la parte considerativa del presente acuerdo y sustente los resultados obtenidos, la misma que se realizara el 1 de octubre de 2001. Articulo 2º.- Disponer la publicacion, en la Pagina Web de OSINERG, del Estudio Tecnico-Economico presentado por el Comite de Operacion Economica del Sistema Electrico Interconectado Nacional, con el fin de que los interesados, si asi lo consideren, remitan sus comentarios a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria sito en la avenida Canada Nº 1460 - San MORDAZA, MORDAZA, o por via fax al numero telefonico 2240491 o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: estudiofita@cte.org.pe. Articulo 3º.- La Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria comunicara, mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, en otro de mayor circulacion y en la pagina web de la mencionada Gerencia: www.cte.org.pe; el lugar y hora donde se llevara a cabo la Audiencia Publica; asi como las pautas minimas respecto a la forma en que se desarrollara dicha audiencia. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de los co-

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