Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2002 (10/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 10 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los registros de estado civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la citada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (DNI) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 199-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 681, del 21 de diciembre de 1954, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es Bienvenida del MORDAZA Sayaverde MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 0537

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 162, del 13 de junio de 1962, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es MORDAZA MORDAZA Braschi Braschi MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 0538

RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2002-ED
MORDAZA, 9 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 52989-2001, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1430 de fecha 23 de diciembre de 1965, se expidio Cedula de Cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tineo; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Muic, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 1430 en lo que se refiere a consignar su apellido de estado civil de casada, de acuerdo con el Acta de Matrimonio expedida por el Concejo Distrital de Miraflores, de donde se desprende que contrajo matrimonio con don MORDAZA Muic Bogovic; asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad DNI Nº 07989486; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Muic debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (DNI) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 253-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 1430, de fecha 23 de diciembre de 1965, en el sentido que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Muic, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

RESOLUCION SUPREMA Nº 009-2002-ED
MORDAZA, 9 de enero de 2002 Visto, el Expediente Nº 44127-2001 y demas actuados que se acompanan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 162, de fecha 13 de junio de 1962, se expidio la cedula de montepio a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Braschi Braschi; Que, del acta de adopcion de fecha 10 de agosto de 1956, inscrita a la margen izquierda de la partida de nacimiento de la recurrente, expedida por la Municipalidad de Miraflores, se aprecia que su nombre es MORDAZA MORDAZA Braschi Braschi MORDAZA, llevando el apellido de la adoptante anadido al de su padre; Que, la recurrente solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 162, en lo que respecta a su nombre, de acuerdo con su Documento Nacional de Identidad, DNI, apreciandose que su nombre completo es MORDAZA MORDAZA Braschi Braschi Pazos; Que, de acuerdo al Articulo 25º del Codigo Civil, la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; asimismo, el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal, senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, de conformidad con el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Identidad y Estado Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01598-PCM, el Documento de Identidad Nacional acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 190-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y,

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