Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2002 (10/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 10 de enero de 2002

NORMAS LEGALES
DECRETA:

Pag. 215423

Designan asesora del Despacho Ministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 498-2001-PROMUDEH
MORDAZA, 28 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 229-2001-PROMUDEH de fecha 11 de agosto del 2001 se designo a la doctora Faria MORDAZA Bernui MORDAZA como Asesora del Despacho Ministerial, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, en aplicacion de lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25515; Que la Ley Nº 27594 deroga el Decreto Ley Nº 25515, disponiendo la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Articulo 1º de la vigente MORDAZA legal, mediante Resolucion Ministerial; Que la Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27594, dispone que la aceptacion de renuncia o la nueva designacion de los actuales funcionarios con cargo de confianza, debe efectuarse por Resolucion Ministerial, resultando necesario en consecuencia designar a la citada profesional a traves de la presente Resolucion Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la Dra. FARIA MORDAZA BERNUI MORDAZA como Asesora del Despacho Ministerial, Nivel Remunerativo F-5, del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH. Articulo 2º.- La citada funcionaria al termino de la designacion tendra derecho a retornar a la plaza de la que es titular y reasumir las funciones del nivel de MORDAZA alcanzado en el Seguro Social de Salud - EsSALUD. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 0419

Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Federal de Alemania para la realizacion del Proyecto Fondo para el MORDAZA de transicion" realizado mediante intercambio de Notas, Nota Nº 1031/2000 del 21 de noviembre de 2001 de la Embajada de la Republica Federal de Alemania en MORDAZA, Peru y Nota RE (OCI) Nº 6-5/153 de fecha 6 de diciembre de 2001 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de enero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores NOTA RE (OCI) Nº 6-5/153 MORDAZA, 6 de diciembre 2001 Al Excelentisimo Senor MORDAZA Beyer Embajador de la Republica Federal de Alemania Ciudad.Senor Embajador: Tengo el honor dirigirme a Vuestra Excelencia para acusar recibo de su atenta Nota Nº 0896/2001 del 21 de noviembre de 2001, que dice lo siguiente: "Senor Ministro: Con referencia a la nota verbal numero 1031/2000 del 21 de diciembre de 2000, asi como en cumplimiento del Convenio Basico sobre Cooperacion Tecnica concertado entre nuestros dos Gobiernos el 6 de junio de 1974, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la Republica Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo: 1. El Gobierno de la Republica Federal de Alemania y el Gobierno de la Republica del Peru acuerdan el fomento de medidas destinadas a preparar y realizar las elecciones presidenciales y parlamentarias en el ano 2001 y el apoyo a los procesos de transicion en el MORDAZA del proyecto "Fondo para el MORDAZA de transicion". 2. El objetivo del proyecto consiste en crear importantes condiciones durante la fase de transicion para el desarrollo del Estado de derecho estable y democratico. 3. Aportaciones del Gobierno de la Republica Federal de Alemania: a) Apoyara medidas de Cooperacion Tecnica para las instituciones solicitantes del Estado y de la sociedad civil por un valor total de hasta 1.980.000,-- DM (en letras: un millon novecientos ochenta mil Deutsche Mark; equivalente en euros: un millon doce mil trescientos cincuenta y ocho euros). 4. El Gobierno del Peru presentara a traves de la Embajada de la Republica Federal de Alemania en MORDAZA solicitudes para medidas individuales al Ministerio de Cooperacion Economica y Desarrollo. 5. El Gobierno de la Republica Federal de Alemania asimismo podra presentar propuestas al Gobierno de la Republica del Peru en el MORDAZA del presente Acuerdo. 6. Designacion de los organismos ejecutores: a) El Gobierno de la Republica Federal de Alemania confia la realizacion de sus aportaciones a la Deutsche Gesellschaft fur Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, Eschborn; b) El Gobierno de la Republica del Peru confia la realizacion del proyecto a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI), Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). La SECTI comunicara a la Deutsche Gesellschaft fur Technische Zusammenarbeit que institucion quedara encargada de la ejecucion de las medidas individuales. 7. Por lo demas, se aplicaran tambien al presente Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado Convenio del 6 de junio de 1974.

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Federal de Alemania para la realizacion del Proyecto Fondo para el MORDAZA de transicion"
DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo entre la Republica del Peru y la Republica Federal de Alemania para la realizacion del Proyecto Fondo para el MORDAZA de transicion" realizado mediante intercambio de Notas, Nota 1031/2000 del 21 de noviembre de 2001 de la Embajada de la Republica Federal de Alemania en MORDAZA, Peru y Nota Nº RE (OCI) Nº 65/153 de fecha 6 de diciembre de 2001 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso;

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