Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2002 (10/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de enero de 2002

Que, la Decimo Primera Disposicion Complementaria y Final del citado Reglamento establecio que el monitoreo y la supervision del Concurso Publico estara a cargo de una Comision Nacional designada por Resolucion Ministerial del Sector Educacion, incluyendo en MORDAZA a un representante del organismo gremial nacional del magisterio; asimismo se establecio que dicha Comision resolvera lo no previsto en el citado Reglamento; Que, en consecuencia resulta necesario proceder a efectuar la citada designacion, a fin de asegurar el cumplimiento de las normas legales pertinentes; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 5195-ED, 002-96-ED y 065-2001-ED; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar la Comision Nacional encargada del monitoreo y la supervision del Concurso Publico para Nombramiento en Plazas Docentes, cuyo Reglamento ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2001-ED, la misma que estara integrada por las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guerrero; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Savatti; - MORDAZA MORDAZA Talledo; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educacion del Peru - SUTEP; - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del Sindicato de Docentes en Educacion Superior del Peru - SIDESP. Articulo 2º.- La Comision Nacional designada en el Articulo 1º, ejercera las funciones senaladas en el Reglamento de la Ley Nº 27491, aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2001-ED, y en un plazo no mayor de 15 dias de finalizado el MORDAZA, presentara el informe correspondiente a la Alta Direccion del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 0388

Que, actualmente las coordenadas UTM obtenidas en las diligencias periciales que utilizan el Sistema de Posicionamiento Global (GPS), se establecen bajo el sistema WGS84; y son convertidas al sistema PSAD56 utilizando formulas de transformacion que consideran solo tres parametros; Que, con la finalidad de lograr una mayor precision en la determinacion de coordenadas UTM para los derechos mineros, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ha desarrollado formulas de transformacion del sistema WGS84 al PSAD56, para las zonas catastrales mineras en las que se ha dividido el territorio peruano; Que, el Instituto Geografico Nacional, luego de realizada las verificaciones correspondientes, ha emitido opinion favorable a las formulas de transformacion con 13 parametros para las siguientes zonas catastrales mineras: 18W-II, 18E-IV y 19W-V; De conformidad con lo establecido en el inciso 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo Primero.- Oficializase las formulas de transformacion con 13 parametros, para la conversion de coordenadas UTM del Sistema WGS84 al PSAD 56, establecidas para las tres (3) zonas catastrales mineras del territorio peruano, verificadas por el Instituto Geografico Nacional: 18W-II, 18E-IV y 19W-V, formulas que en anexo forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo Segundo.- Oficializase la aplicacion de las formulas, referidas en el articulo anterior, con los parametros obtenidos por el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero -denominados Parametros de Heighes- para efectuar la transformacion de coordenadas UTM del sistema WGS84 al sistema PSAD56 y viceversa. Articulo Tercero.- Quedan derogadas todas las normas legales que se opongan a la aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo Cuarto.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de enero del ano dos mil dos.

ENERGIA Y MINAS
Oficializan formulas de transformacion para la conversion de coordenadas UTM del Sistema WGS84 al PSAD 56, establecidas para las 3 zonas catastrales mineras
DECRETO SUPREMO Nº 001-2002-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas, le corresponde al Ministerio de Energia y Minas, formular la politica minera de alcance nacional, supervisar y evaluar su cumplimiento, asi como dictar la normatividad en materia minera, en MORDAZA con la Politica General del Gobierno y los Planes de Desarrollo; Que, las coordenadas UTM de los derechos mineros que conforman el Catastro Minero Nacional han sido establecidas para ser incorporadas al mismo, en el sistema PSAD56; Que, de las investigaciones realizadas por el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, basandose en observaciones de MORDAZA y calculo de gabinete se desprende que, el sistema de medicion a traves de la percepcion remota desde satelites artificiales utilizando el Sistema de Posicionamiento Global (GPS) resulta ser el mas preciso, economico y simple para la ubicacion de los derechos mineros;

MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI Ministro de Defensa ANEXO TRANSFORMACION DE COORDENADAS WGS84 A PSAD56 1. FORMULAS X56 = m1 + m13 (m4 X84 + m5 Y84 + m6 Z84) Y 56 = m2 + m13 (m7 X84 + m8 Y84 + m9 Z84) Z56 = m3 + m13 (m10 X84 + m11 Y84 + m12 Z84) 2. PARAMETROS ZONALES MORDAZA 18E-IV m(1) m(2) m(3) m(4) m(5) m(6) m(7) m(8) m(9) = = = = = = = = = -1963.72370020511 2290.61986183280 -5536.55495949089 1.00006674224918 0.00032872441124 0.00008614453017 -0.00013021446656 0.99965900637883 0.00000106884969 m(1) m(2) m(3) m(4) m(5) m(6) m(7) m(8) m(9) = = = = = = = = = MORDAZA 18W-II -140.071983664031 369.176655952715 -822.739955544471 0.99998179019798 0.00006361548764 0.00001760709923 -0.00004467548694 0.99994244612932 0.00005522222972

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