Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2002 (18/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2002

Suspenden importacion de bovinos, ovinos, caprinos, sus productos y subproductos, procedentes de diversos paises de Europa afectados con Encefalopatia Espongiforme Bovina
RESOLUCION JEFATURAL Nº 103-2002-AG-SENASA MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2002 VISTA: La informacion sanitaria enviada oficialmente por la Oficina Internacional de Epizootias -OIE- de fecha 23 de noviembre del 2001; Vol 14 - Nº 47; la informacion sanitaria enviada oficialmente por la Oficina Internacional de Epizootias -OIE- de fecha 14 de diciembre del 2001; Vol 14 - Nº 50; la lista disponible en la pagina web de la Oficina Internacional de Epizootias cuya MORDAZA actualizacion data del 4 de MORDAZA del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902 - "Ley Organica del Ministerio de Agricultura", ha sido creado entre otros Organismos Publicos Descentralizados, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, como ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo senalado por el Articulo 18º inciso a) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Direccion General de Sanidad Animal tiene entre otras funciones la de establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitario, tanto del comercio nacional como internacional, de animales, productos y subproductos de origen animal; Que, la informacion sanitaria enviada oficialmente por la Oficina Internacional de Epizootias -OIE- de fecha 23 de noviembre del 2001; Vol 14 - Nº 47; la informacion sanitaria enviada oficialmente por la Oficina Internacional de Epizootias -OIE- de fecha 14 de diciembre del 2001; Vol 14 - Nº 50, reporta la ocurrencia de Encefalopatia Espongiforme Bovina en ganado bovino lechero en Eslovenia, en ganado bovino en Austria y en ganado bovino lechero en Finlandia; Que, dada la ocurrencia de casos de Encefalopatia Espongiforme Bovina en ganado bovino MORDAZA de Austria, Eslovenia y Finlandia y el papel de los ovinos y caprinos en la epidemiologia de esta enfermedad, se hace necesario actualizar lo dispuesto en el Articulo Primero de la Resolucion Jefatural Nº 210-2001-AGSENASA, publicada el 27 de octubre del 2001; con la finalidad de reducir el riesgo de introducir al MORDAZA esta enfermedad mediante la aplicacion de medidas sanitarias para las importaciones de bovinos, ovinos y caprinos y sus productos procedentes de los paises MORDAZA mencionados, a excepcion de lo establecido en el Articulo Tercero; Que, la lista disponible en la pagina web de la Oficina Internacional de Epizootias cuya MORDAZA actualizacion data del 4 de MORDAZA del 2002, establece el numero de casos de Encefalopatia Espongiforme Bovina en diversos paises del MORDAZA, incluido Liechtenstein; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27322 - Ley MORDAZA de Sanidad Agraria; y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender la importacion de bovinos, ovinos y caprinos vivos, productos y subproductos de origen bovino, ovino y caprino (incluyendo cerebro, medula MORDAZA, timo, bazo, tonsilas, intestinos, tejido nervioso y tejido linfoide), asi como la importacion de alimentos concentrados, incluyendo harinas de carne y huesos que contengan proteinas de mamiferos destina-

dos para la alimentacion animal, cuya procedencia sea de los paises afectados que se listan en el Anexo A. Articulo 2º.- Hagase extensiva la suspension a los embriones de las especies animales mencionadas en el articulo precedente, que procedan de los paises listados en el anexo A, hasta que estudios debidamente justificados tecnica y cientificamente, avalados o reconocidos por organismos internacionales competentes, determinen la seguridad de los productos mencionados. Articulo 3º.- Las mercancias que se listan en el anexo B no se encuentran contenidas en las disposiciones de la presente Resolucion por no presentar riesgo sanitario, de acuerdo a las disposiciones de la Organizacion Mundial de la Salud y la Oficina Internacional de Epizootias. Articulo 4º.- En tanto el Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA- del Ministerio de Agricultura realice un estudio de Evaluacion de Riesgo, la restriccion sera mantenida o podra levantarse de manera definitiva, de acuerdo a lo recomendado por dicho estudio. Articulo 5º.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 210-2001-AG-SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria Anexo A Listado de Paises afectados con Encefalopatia Espongiforme Bovina 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. Alemania Austria Belgica Dinamarca Eslovaquia Eslovenia Espana Finlandia MORDAZA MORDAZA Irlanda Italia Japon Liechtenstein Luxemburgo Paises Bajos (Holanda) MORDAZA Reino Unido i. Gran Bretana ii. Irlanda del Norte iii. MORDAZA de Man iv. Jersey v. Guernsey 19. 20. Republica Checa Suiza Anexo B Listado de Mercancias que no presentan riesgo sanitario a Encefalopatia Espongiforme Bovina 1. Leche y productos lacteos. 2. Semen. 3. Sebo desproteinado (contenido MORDAZA de impureza insoluble no mayor al 0.15 % del peso) y productos derivados del mismo. 4. Fosfato dicalcico (sin restos de proteinas ni de grasa). 5. Cueros y pieles. 6.Gelatina y colageno preparados exclusivamente a partir de cueros y pieles. 8853

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