Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2002 (18/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2002

la Oficina General de Administracion, se determina responsabilidad administrativa en el ejercicio de su funcion como Administrador General de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan; ademas recomiendan que a los miembros de la CORE I y CORE II, se les debe suspender el MORDAZA Administrativo hasta cuando el Poder Judicial resuelva definitivamente su caso; absolviendo a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Eddy MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Caicedo MORDAZA, y respecto a la sancion a imponerse al procesado Cayto Didi Miraval MORDAZA, ex Director de la Oficina General de Administracion, se debe tener presente la Resolucion Nº 2932002-UNHEVAL-CU, del 21.ENE.2002, con la que se declara fundado en parte, el recurso de apelacion que presenta contra la Resolucion Nº 442-2001-UNHEVAL-R, del 30.NOV.2001, reduciendose a cuatro meses el cese temporal interpuesto inicialmente por seis meses; Que el Asesor Legal, con el Dictamen Nº 132-2002-ALUNHEVAL, del 9.MAY.2002, dirigido al Rector, manifiesta que visto y analizado el Informe evacuado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios, y teniendo presente la Resolucion Judicial del 31.AGO.2001, emitida por el Juez del Tercer Juzgado Penal de MORDAZA del Exp. Nº 96-2001, con la cual se apertura instruccion contra los miembros de la CORE I y de la CORE II a raiz del Informe de Contraloria General de la Republica, se debe suspender el MORDAZA administrativo disciplinario contra dichos miembros, advirtiendo los descargos presentados por la mayoria de los ex funcionarios de la gestion CORE I y CORE II; que es correcta la MORDAZA recomendacion de la citada Comision; el Asesor Legal continua manifestando que teniendo presente la Resolucion Nº 293-2002-UNHEVAL-CU, del 25.MAR.2002, que declara fundado, en parte, el recurso de apelacion del profesor CPC Cayto Didi Miraval MORDAZA, quien fuera procesado a raiz del informe largo y corto del Ejercicio Presupuestal del ano 1999, evacuados por la Sociedad de Auditoria y Asesoria de Negocios URBIZAGASTEGUI Y ASOCIADOS, y advirtiendo que el indicado docente fue designado como Director de la Oficina General de Administracion con la Resolucion Nº 254-PCR-UNHEVAL98, del 15.JUL.1998, cargo que desempeno hasta la emision de la Resolucion Nº 076-2001-UNHEVAL-CU, del 8.JUN.2001, con la que se da por concluida su designacion como Director de la Oficina General de Administracion, significa que a dicho servidor se le ha procesado por los periodos de 1998 y 2000, y habiendose pronunciado la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios por la Responsabilidad Administrativa del senor Cayto Didi Miraval MORDAZA, en su conclusion, expresando que los hechos materia de investigacion casi son los mismos, por consiguiente, se debe tener por sancionado; a juicio del Asesor Legal, habiendose encontrado responsabilidad administrativa en el servidor Cayto Didi Miraval MORDAZA, conforme se precisa en el MORDAZA numeral de las conclusiones del Informe Nº 002-2002-UNHEVAL-CEPAD, del 8.MAY.2002, y constituyendo nuevos hechos materia de investigacion del ejercicio presupuestal 1998 y 2000, no pueden ser merituados como hechos similares para entender como conducta administrativa sancionada, por lo que considera que amerita una sancion independiente con relacion a los hechos materia de investigacion, debiendo aplicarse lo dispuesto en los articulos, de conformidad con los Arts. 154º y 155º Inc. c), del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por lo que opina: 1. Que, se suspenda el MORDAZA administrativo a los miembros de la CORE I y CORE II, hasta que el MORDAZA Judicial sea resuelto en forma definitiva. 2. Que se absuelva de los cargos imputados a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Oficina de Logistica y Servicios Generales; Eddy MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Tesoreria; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Tesoreria y MORDAZA Caicedo MORDAZA, ex Director de la Oficina de Planificacion. 3. Sancionar con cese temporal sin goce de remuneraciones por 3 meses al CPC Cayto Didi Miraval MORDAZA, ex Director General de Administracion de la UNHEVAL. Que el Rector deriva el presente caso a Secretaria General, con el Proveido Nº 2664-2002-UNHEVAL-R, para que se emita la resolucion correspondiente;

Estando a las atribuciones otorgadas al Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1º.- SUSPENDER el MORDAZA administrativo disciplinario a los miembros de la CORE I y de la CORE II, hasta cuando el MORDAZA judicial sea resuelto definitivamente, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. 2º.- ABSOLVER de los cargos imputados en el MORDAZA administrativo disciplinario a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Oficina de Logistica y Servicios Generales; Eddy MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Tesoreria; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Tesoreria; y MORDAZA Caicedo MORDAZA, ex Director de la Oficina de Planificacion, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. 3º.- MORDAZA temporalmente, sin goce de remuneraciones, por noventa (90) dias, a partir de la fecha, al CPC Cayto Didi Miraval MORDAZA, ex Director de la Oficina General de Administracion de la UNHEVAL, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. 4º.- DISPONER que la Direccion de la Oficina General de Administracion adopte las acciones complementarias para que la presente Resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. 5º.- DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos correspondientes y a los interesados. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA Rector (e) 8870

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Modifican Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA
RESOLUCION CONASEV Nº 029-2002-EF/94.10 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2002 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2001/14639, 2002/01356 y 2002/ 04128 y el Informe Nº 032-2002-EF/94.45 de fecha 9 de MORDAZA del ano en curso, presentado por la Gerencia de Mercados y Emisores, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por los Articulos 131º y 146º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, las bolsas de valores se encuentran facultadas para reglamentar su actividad y la de sus asociados, debiendo contener tales reglamentos, entre otras, las normas que regulen la inscripcion y registro de los valores para su negociacion en bolsa y la divulgacion de la informacion relativa a ellas y a los emisores; sin perjuicio de las facultades de normatividad, supervision y control otorgadas a esta Comision Nacional mediante el Articulo 2º inciso a) del Texto Unico Concordado de su Ley Organica, Decreto Ley Nº 26126 y el Articulo 7º de la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 132º, incisos a) y g), de la Ley del MORDAZA de Valores, son funciones de las bolsas de valores inscribir y registrar valores para su negociacion en bolsa asi como excluirlos, y ofrecer informacion veraz, exacta y oportuna acer-

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