Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2002 (18/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2002

Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 8871

Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Barranco que regula importe de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2002
ACUERDO DE CONCEJO Nº 133 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de BARRANCO, mediante Oficio Nº 196/SG-MDB/02 para la ratificacion de la Ordenanza Nº 084-MDB, que regula el importe de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el Ejercicio 2002 en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000202-2002-SAT/04 y Oficio Nº 0026002-SAT/MML de la Jefatura SAT; lo opinado por la Comision Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 077-2002-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas de Caracter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 084MDB de 17 de enero de 2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de febrero del mismo ano, que regula el importe de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el Ejercicio 2002 en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 8869

Que el Articulo 191º de la Constitucion, en concordancia con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades establece que las municipalidades tienen autonomia administrativa, economica y politica; Que, por otro lado, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 084-MDB establece el uso de los predios para efectos de la determinacion de los arbitrios correspondiente al ejercicio fiscal 2002, entre los cuales se considera el uso de otros; Que, con la finalidad de senalar con precision el rubro de otros, para poder determinar con exactitud a los contribuyentes inmersos en este uso; Ejerciendo las facultades, conferidas por el inciso 3) del Articulo 36º y por el Articulo 109º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de MORDAZA la fecha de vencimiento de pago de la primera cuota por concepto de arbitrios del ejercicio 2002 correspondiente a los Mercados Municipales Nºs. 1 y 2 del distrito de Barranco. Articulo Segundo.- Establecer como fecha de pago por concepto de MORDAZA conductiva el 30 de mayo; dicho pago incluye los meses de enero, febrero, marzo, MORDAZA y mayo. El pago de los cuatro primeros meses se realizara sin los intereses respectivos. Articulo Tercero.- Establecer el cronograma de las fechas de Vencimiento para el pago por concepto de Arbitrios y MORDAZA Conductiva del ejercicio 2002 correspondiente a los contribuyentes del MORDAZA 1 y 2 del distrito de Barranco, conforme a lo siguiente: MORDAZA Cuota : 31 de julio. Tercera Cuota : 31 de octubre. Cuarta Cuota : 20 de diciembre. Articulo Cuarto.- Los contribuyentes que al 31 de diciembre del 2001 estuvieran al dia en los pagos de sus obligaciones tributarias, obtendran una rebaja excepcional, equivalente al cinco por ciento (5%) de descuento en la liquidacion de los Arbitrios Municipales (Limpieza Publica, Parques y Jardines, y Serenazgo) y MORDAZA Conductiva correspondientes al Ejercicio Fiscal 2002. Articulo Quinto.- Los contribuyentes que al 30 de MORDAZA de 2002 efectuen la cancelacion por adelantado de sus obligaciones tributarias y no tributarias correspondientes al Ejercicio Fiscal 2002 (Arbitrios y MORDAZA Conductiva) obtendran una rebaja ascendente al Diez por ciento (10%) sobre los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines, de Serenazgo y MORDAZA Conductiva. Articulo Sexto.- Los contribuyentes que efectuen la cancelacion de sus obligaciones tributarias correspondientes al Ejercicio Fiscal 2002 (Arbitrios Municipales y MORDAZA Conductiva) dentro de las fechas de vencimiento establecidas por la Municipalidad (30 de MORDAZA, 28 de junio, 30 de septiembre y 20 de diciembre); obtendran una rebaja equivalente al cinco por ciento (5%) de descuento sobre la cuota correspondiente. Articulo Setimo.- Los beneficios senalados en los Articulos MORDAZA y MORDAZA de la presente Ordenanza no seran acumulables. Primera Disposicion Final.- Facultese a la Oficina de Administracion Tributaria a regular el procedimiento de la presente norma. MORDAZA Disposicion Final.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Administracion Tributaria. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 8872

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Establecen plazos y cronograma de vencimientos para el pago de arbitrios y MORDAZA conductiva correspondiente a mercados municipales
ORDENANZA Nº 093-MDB Barranco, 9 de MORDAZA del 2002 LA ALCALDESA DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco:

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