Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2002 (09/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de noviembre de 2002

ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP), conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; Que, por su parte el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil aprobado mediante D.S. Nº 0502001-MTC, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil se expidio la R.D. Nº 1952002-MTC/15.16 que aprobo la difusion de los proyectos de modificacion de la RAP 108 - PROGRAMA Y PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD DE LA AVIACION PARA AERONAVES y la RAP 61 - CERTIFICACION: PILOTOS E INSTRUCTORES DE VUELO, los cuales han recibido los comentarios, sugerencias y observaciones del publico interesado; Que, habiendose efectuado la evaluacion de los mismos dentro del MORDAZA permanente de revision de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, es necesario expedir el acto administrativo que aprueba la modificacion de las RAP senaladas; De conformidad con el articulo 9º de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 y estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la modificacion del indice de la RAP 108 - PROGRAMA Y PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD DE LA AVIACION PARA AERONAVES y de la Seccion 61.49 de la RAP 61 - CERTIFICACION: PILOTOS E INSTRUCTORES DE VUELO, cuyos textos forman parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN MORDAZA Director General de Aeronautica Civil CAPITULO VI: REGLAS DE VUELO, MORDAZA AEREO Y REGLAS GENERALES DE OPERACION SUBPARTE A: PROGRAMA DE SEGURIDAD PARA OPERADORES BAJO LA PARTE 121 Seccion 108.1 108.3 108.4 108.5 108.7 108.9 Aplicabilidad.

108.16 Operaciones en aerodromos que no operan bajo el RAP 107. 108.17 Uso de sistemas de Rayos X. 108.18 Normas de seguridad y otros documentos informativos. 108.19 Amenazas de seguridad y procedimientos. 108.20 Uso de sistemas de deteccion de explosivos. 108.21 Transporte de pasajeros bajo el control de miembros de seguridad en calidad de escolta armada. 108.23 Entrenamiento. 108.25 Aprobacion de programas de seguridad y modificaciones. 108.27 Evidencia de cumplimiento. 108.29 Estandares de supervision de seguridad. 108.31 Estandares de empleo para el personal a cargo de la revision por maquina de rayos X. 108.33 Investigacion para otorgar el acceso. 108.35 Certificacion de seguridad. 108.37 Nivel de amenaza. 108.39 Registros. 108.40 Centros de Operaciones de Emergencia. 108.41 Programa de Instruccion. 108.43 Prestaciones de servicios al Explotador de Servicios Aereos. 108.45 Carga, mensajeria, expreso y correo. 108.47 Almacenes o terminales de carga. 108.49 Medidas de seguridad para la aeronave y cabina de mando. Vuelos domesticos. 108.50 Medidas de seguridad para la aeronave y cabina de mando. Vuelos internacionales. 108.51 Clausula de incumplimiento.

Definiciones. Falsificacion. Programa de Seguridad: adopcion e implementacion. Programa de Seguridad: forma, contenido y disponibilidad. Revision por rayos X de pasajeros y pertenencias. 108.49 Medidas de seguridad para la aeronave y cabina de mando. Vuelos domesticos. 108.50 Medidas de seguridad para la aeronave y cabina de mando. Vuelos internacionales. 108.52 Clausula de incumplimiento. SUBPARTE B: PROGRAMA DE SEGURIDAD PARA OPERADORES BAJO LA PARTE 135 Seccion: 108.53 Aplicabilidad. 108.55 Generalidades.

108.10 Prevencion y manejo de secuestros e intentos de sabotaje. 108.11 Transporte de armas. 108.13 Seguridad de aviones e instalaciones.

108.57 Programa de Seguridad. 108.14 Transporte de Oficiales de Policia Aerea o personal de seguridad. 108.15 Miembros de seguridad. 108.59 Accion. 108.61 Cumplimiento de la Parte 108.

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