Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2002 (22/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 22 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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MIMDES
Autorizan a procurador el inicio de acciones legales contra presuntos responsables de la comision del delito de estafa en agravio de FONCODES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 612-2002-MIMDES MORDAZA, 21 de octubre de 2002 Vistos el Oficio Nº 490-2002-FONCODES/DE de fecha 16 de agosto de 2002, del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social FONCODES, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 28 de junio de 2002, el Gerente General del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, presento ante la Fiscalia Provincial en lo Penal de Turno de MORDAZA, una denuncia por el Delito de Estafa en agravio de FONCODES, debido a que la Empresa MORDAZA Comercial S.A. - ANCOSA, entrego a dicha institucion trece (13) unidades de TONER EPSON EPL-N2000 SO51035, posiblemente adulterados, como si fueran originales; Que, habiendose interpuesto la citada denuncia por hechos presumiblemente delictuosos en agravio de FONCODES, es necesario salvaguardar los intereses del Estado, requiriendose la intervencion del Procurador Publico correspondiente, al MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, a efectos de proseguir el tramite de la denuncia penal incoada y/o iniciar otras acciones judiciales que se estime pertinente, contra quienes resulten responsables en los hechos irregulares materia de investigacion; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los Asuntos Judiciales del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, para que impulse y/o interponga las acciones judiciales que correspondan por los hechos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Ley Nº 27785, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado proceda a iniciar y/o impulsar las acciones legales que correspondan contra los representantes legales de la Empresa MORDAZA Comercial S.A. - ANCOSA, y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico Ad Hoc para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18649

PRODUCE
Otorgan a persona natural permiso de pesca para operar embarcacion cerquera en la extraccion del recurso hidrobiologico atun
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 077-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 11 de octubre del 2002 Vistos los escritos con registro Nº CE-00208001, del 10, 18, 22, 23 y 30 de MORDAZA, 07 y 15 de MORDAZA, 10 de junio y 5 de setiembre del 2002, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion del senor MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA ARTEAGA; CONSIDERANDO: Que el inciso c), del articulo 43º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas se efectuara sobre el excedente de la captura permisible de recursos hidrobiologicos no aprovechada por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que asimismo, los articulos 44º y 45º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes. De otro lado, el inciso c) del articulo 48º de la citada Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), mediante los correspondientes derechos de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, del 30 de marzo del 2001, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, modificado a traves de los Decretos Supremos Nº 038-2001-PE y Nº 0012002-PE, del 26 de noviembre del 2001 y 6 de febrero del 2002, respectivamente, con la finalidad de promover y desarrollar la pesqueria del atun en el MORDAZA, como mecanismo para reactivar el aparato productivo de la industria de conservas y congelado, utilizando la gran capacidad instalada ociosa existente; Que el Decreto Supremo Nº 038-2001-PE, modifico el numeral 7.5 del articulo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendo en US $ 10.00 (Diez) dolares de los Estados Unidos de MORDAZA por cada tonelada de arqueo neto los derechos de pesca para armadores de embarcaciones atuneras de bandera extranjera que suscriban Convenios de Abastecimiento al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 17º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, para destinar el producto de la extraccion a establecimientos industriales con licencia de operacion otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) para la elaboracion de conservas, congelados o curados; Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion del senor MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "DON MARIO", de bandera ecuatoriana, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun y especies afines, dentro de aguas jurisdiccionales peruanas con destino al consumo humano directo, por el termino de tres meses contados a partir del 1º de enero del 2003;

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