Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2002 (22/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 22 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Autorizar a las entidades descritas en el articulo precedente, la contratacion de servicios profesionales de las Sociedades de Auditoria designadas, dentro de las formalidades establecidas en las Bases del Concurso y en el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria, debiendose nombrar una Comision Especial integrada por funcionarios especializados, para que se responsabilicen de cautelar el cumplimiento de las condiciones establecidas en los respectivos Contratos, sin perjuicio de las acciones de verificacion que corresponda efectuar a la Contraloria General de la Republica. Articulo Tercero.- Dejar en suspenso la Designacion de la Sociedad de Auditoria para auditar la MORDAZA Metropolitana por el periodo 2002, hasta que el Banco Internacional para la Reconstruccion y Fomento - BIRF emita el documento de elegibilidad respecto de las Sociedades de Auditoria. Articulo Cuarto.- Declarar desierto el Concurso Publico de Meritos por primera vez para las quince (15) entidades, que se detalla a continuacion:
Nº E N T I D A D 1 SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD 2 EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A. 3 GRUPO EMPRESARIAL DE CENTROMIN PERU S.A.: EMPRESA MINERA DEL CENTRO DEL PERU S.A. - MINERO PERU S.A. EMPRESA DE GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA DEL CENTRO S.A. - EGECEN S.A. 4 PROYECTO DE INVESTIGACION Y EXTENSION MORDAZA INCAGRO 5 CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL MORDAZA - CTAR MORDAZA 6 EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRO NORTE MEDIO 7 MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MORDAZA S.A. 8 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO - LA MAR 9 MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DEL MORDAZA S.A. 10 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE "EL COLLAO" - ILAVE 11 EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE MORDAZA PORTILLO - EMAPACOP S.A. 12 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN PERIODO 2002 Y 2003 2002 Y 2003

VISTO, el Expediente Nº 763-2002-JNE sobre recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el acuerdo que declara la vacancia de su cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Hualmay, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, por existir en su contra condena por delito doloso; y sobre pedido de declaratoria de vacancia o suspension del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los Regidores senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Gerbacio MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Varillas Esquives; CONSIDERANDO: Que en sesion extraordinaria de fecha 9 de agosto del 2002, cuya acta obra a fojas 49, el Concejo Distrital de Hualmay acordo con el MORDAZA unanime de sus miembros declarar la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por existir en su contra condena por delito doloso, causal de vacancia sobreviniente prevista en el inciso 9) del articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; designandose a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA como MORDAZA encargado del citado concejo, ante la declinacion del Regidor MORDAZA Gerbacio Castillo; expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 022-2002-MDH de fojas 51 y 52; Que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito se deje sin efecto el mencionado acuerdo de vacancia, por lo que en sesion extraordinaria Nº 024-2002 de fecha 4 de setiembre del 2002, de fojas 32 y 33, presidida por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la aprobacion de los Regidores MORDAZA Gerbacio MORDAZA, MORDAZA Varillas MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se acordo entre otros, declarar nulo y sin efecto el acuerdo tomado en la sesion extraordinaria Nº 022-2002 que declara la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Baca; acta suscrita por los citados Regidores; expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 35-2002-MDH de fojas 68; Que las actas de las sesiones extraordinarias de fechas 9 de agosto y 4 de setiembre del 2002, carecen de validez, pues la primera carece de las firmas de los Regidores que asistieron y acordaron declarar la vacancia del cargo del Alcalde; y en la MORDAZA, los acuerdos adoptados no tienen sustento legal alguno; Que con fecha 16 de setiembre del 2002, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ly y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan la vacancia o suspension de los cargos del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Varillas MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por supuesta incapacidad mental y por haber acordado declarar nulo y sin efecto el acuerdo que declara la vacancia del cargo del MORDAZA, no constituyendo los hechos expuestos causal de vacancia o suspension prevista en el inciso 1) del articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades, el pedido resulta improcedente; Que por sentencia de fecha 8 de MORDAZA del 2002, el MORDAZA Juzgado Penal de Huaura condeno a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como autor del delilto de apropiacion ilicita en agravio del Comite Sindical de Trabajadores Municipales de Hualmay, y por delito contra la administracion publica en la modalidad de abuso de autoridad en agravio del Estado, a dos anos de pena privativa de la MORDAZA, cuya ejecucion se suspende por el plazo de un ano; fallo confirmado por sentencia de la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Huaura con fecha 31 de MORDAZA del 2002, segun consta de las copias certificadas de fojas 43 y 44, y siendo un fallo expedido en MORDAZA sumario, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º del Dec. Leg. Nº 124 el recurso de nulidad es improcedente; Que este organo electoral aprecia los hechos con criterio de conciencia y resuelve con arreglo a ley; por lo que estando acreditado que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra incurso en la causal de vacancia por haber sido condenado por delito doloso, prevista en el inciso 9) del articulo 23º de la referida, y no existiendo pronunciamiento valido del Concejo Distrital de Hualmay corresponde a este supremo organo electoral declarar la vacancia conforme lo preve el literal u) del articulo 5º de su Ley Organica; Que el articulo 28º numeral 1) de la Ley Nº 23853, dispone que en los casos de vacancia reemplaza al MORDAZA el MORDAZA MORDAZA que es el Regidor habil que le sigue en su propia lista electoral, debiendo convocarse a

2002

2002

2001 2000 A MORDAZA 2002 2002 2000 Y 2001 2002 1999 Y 2000 2002 2002 CON CORTE A SET. 2002 2002 2001 2001

13 MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CHINCHA S.A. 14 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA - TARAPOTO 15 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA JUANJUI

Articulo Quinto.- Declarar desierto por MORDAZA vez el Concurso Publico de Meritos, para el Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana "Conservacion de la Biodiversidad y Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA del Rio Nanay", Convenio IIAP - Banco Mundial, dejando a salvo su derecho de solicitar a la Contraloria General la contratacion de los servicios profesionales de la Sociedad de Auditoria, conforme el articulo 33º del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria y Organos de Auditoria Interna la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General de la Republica (e) 18610

JNE
Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Distrital de Hualmay, provincia de Huaura
RESOLUCION Nº 692-2002-JNE MORDAZA, 15 de octubre de 2002

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