Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2002 (22/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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ANEXO Nº 1 DISPOSICIONES GENERALES I

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de octubre de 2002

FACILIDADES PARA LA EMISION DEL MORDAZA DE LOS ELECTORES CON DISCAPACIDAD Para facilitar el MORDAZA de los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad, el personal de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales observara lo siguiente: Facilidades para electores con discapacidad y su ejecucion 1. Los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales adoptaran las siguientes medidas a fin de facilitar la emision del MORDAZA de los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad: a) Recepcion, hasta 15 dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, de solicitudes de Asociaciones u Organizaciones que representan a personas con discapacidad y de solicitudes a titulo individual de ciudadanos o ciudadanas con discapacidad, para que las mesas de sufragio donde les corresponda votar, MORDAZA ubicadas, en el primer piso y/o en los lugares mas accesibles de los locales de votacion. b) Coordinar la capacitacion a los coordinadores, distritales, de local, de mesa y a los miembros de mesa sobre las facilidades que debe brindarse a los ciudadanos con discapacidad para ejercer su derecho al sufragio conforme a la presente directiva. c) Promover la capacitacion a los electores con discapacidad sobre las medidas de accesibilidad y demas facilidades otorgadas por la ONPE. d) Garantizara la entrega de 1 (un) ejemplar de las plantillas en Sistema Braille como minimo, a cada coordinador de local, con la finalidad de que sea entregada a los electores que lo soliciten para emitir su voto. e) Promocionar y difundir a traves de notas de prensa, declaraciones y entrevistas en los medios de prensa televisiva, radial o escrita de su respectiva circunscripcion, las disposiciones y facilidades que ONPE esta otorgando a los electores con discapacidad, asi como el formato de solicitud de ubicacion de la mesa de sufragio y el programa de empadronamiento para estos electores. 2. El coordinador de local de votacion, adoptara las siguientes medidas para el acondicionamiento del local de votacion y la emision del MORDAZA de los ciudadanos y las ciudadanas con discapacidad: a) Revisar el perimetro del local de votacion y determinar los espacios para el parqueo de vehiculos o medios que transporten a electores con discapacidad, debiendo escoger los lugares mas proximos a la MORDAZA de ingreso. b) Revisar la infraestructura interior del local de votacion y determinar las vias mas accesibles y seguras para el libre desplazamiento del elector con discapacidad. Habilitara en lo posible, espacios accesibles tales como aceras, pasillos, que MORDAZA anchos y de superficie antideslizante o aquellos que esten dotados de rampas de acceso y barandas suficientes para el ingreso de electores en silla de ruedas. c) Senalizar los espacios a que se refieren los literales a) y b) con los afiches que se les entregara, los cuales deben colocarse en los lugares visibles o de facil identificacion para el elector con discapacidad. d) Exhortar a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional encargados de custodiar el area perimetrica del local de votacion para que, previa identificacion, faciliten a estos ciudadanos y ciudadanas la via de acceso a dichos locales y, en su caso, permitan a los vehiculos que los transportan, el estacionamiento temporal para el descenso y ascenso del ciudadano o ciudadana con discapacidad. e) Exonerar a los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad de la obligacion de formar colas. f) En caso que la mesa de sufragio se encuentre en un piso superior al primero, exista dificultad para ascen-

der escaleras y sea requerido por el ciudadano o ciudadana con discapacidad, el coordinador del local comunicara la situacion a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional encargados de custodiar el local de votacion, para que apoyen a estas personas en su traslado hacia la mesa de sufragio y en su salida de la misma. g) Proporcionar la plantilla especial en el Sistema Braille, para los ciudadanos y ciudadanas invidentes que asi lo requieran. h) Ubicar las mesas de sufragio en los lugares accesibles, conforme a la informacion proporcionada previamente por el coordinador distrital conforme a lo indicado en la disposicion 21. 3. Los coordinadores de mesa, previa coordinacion con el coordinador de local, podran apoyar en el cumplimiento de las medidas establecidas en los literales a), b), c), d), e), f) y g) de la disposicion 2. 4. Los miembros de mesa otorgaran las maximas facilidades a los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad para la emision del voto. En este sentido: a) Deberan prever durante la instalacion de la camara secreta, los espacios adecuados para el ingreso, desplazamiento, movilidad y salida del ciudadano o ciudadana en silla de ruedas o que utilicen baston, andadores, muletas o cualquier otro apoyo compensatorio. b) Si lo estiman pertinente y siempre que no perjudique el normal desarrollo del acto de sufragio, podran bajar al primer piso del local de votacion cuando el elector con discapacidad que lo solicite no pueda acceder a la mesa de sufragio por si mismo y no desee ser trasladado por los miembros de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional y/o voluntarios, previa coordinacion con el Fiscalizador del MORDAZA Electoral Especial y en presencia del coordinador de local y/o de mesa, de los observadores electorales o personeros si hubiere. c) De estimarlo conveniente, podran permitir a los electores en silla de ruedas que no puedan utilizarla autonomamente, a los que sufran lesiones a la medula, a los que tengan los dedos anquilosados, a los cuadraplejicos y a quienes presenten atrofia en los miembros superiores, que MORDAZA acompanados por una persona de su confianza hasta que se encuentren instalados en la camara Secreta, en coordinacion con el Fiscalizador del MORDAZA Electoral Especial y en presencia del coordinador de local y/o de mesa y de los observadores electorales o personeros si hubieren. d) Comunicar al elector invidente la existencia de una plantilla en Sistema Braille, la cual podra utilizar para emitir su MORDAZA sin perjuicio de ingresar a la camara secreta con una persona de su confianza. e) El presidente de mesa llenara la Ficha de empadronamiento de los electores con discapacidad que deseen ser empadronados. Supervision del cumplimiento de las facilidades otorgadas a electores con discapacidad 5. El coordinador distrital se encargara de verificar que: a) Cada coordinador del local de votacion cuente con los afiches de accesibilidad y con la plantilla en Sistema Braille. b) Cada coordinador de local de votacion MORDAZA ubicado las mesas de sufragio de la relacion de electores empadronados que se le remitio, en los lugares accesibles. c) Cada coordinador del local de votacion MORDAZA precisado y senalizado las vias accesibles para el desplazamiento de los electores con discapacidad. d) Cada local de votacion de su distrito cuente con los espacios para el parqueo de los vehiculos que transporten a los electores con discapacidad. 6. El coordinador de local se encargara de verificar que: a) Todas las mesas de sufragio de su local de votacion cuenten con las fichas de empadronamiento.

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