Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2003 (23/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 23 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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ria con el objeto de ratificar su firma de dichos Listados, para tal efecto ratifico las Listas en mencion con fecha 30 de octubre de 2002, por la que se levanto el Acta de Ratificacion de Firmas respectivas; Que, no obstante al reconocimiento de firmas efectuado por el capacitador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Secretaria Tecnica de Conciliacion, remitio los actuados a la Oficina de Auditoria General del Ministerio de Justicia, ante la duda respecto a la autenticidad de firmas de dicho capacitador, a fin de que dicha Oficina oficie al Laboratorio Central de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru, a efectos de que se practique la pericia de grafotecnia sobre dichos Listados y se determine la autenticidad o falsedad de dichas firmas; Que, mediante Oficio Nº 597-2003-DIRCRI-PNP-DIVGRAF, de fecha 23 de enero de 2003, la Division de Grafotecnia de la Policia Nacional del Peru, remite al Ministerio de Justicia el Dictamen Pericial de Grafotecnia Nº 113/03, de fecha 20 de enero de 2003, en la que luego de un analisis detallado concluye que las firmas que obran en los Listados de Notas de los Cursos LXVIII,LXIX Y LXX, no provienen del MORDAZA grafico del titular, en consecuencia son falsificadas; Que, mediante Informe Nº 068-2003-JUS/OGAJ, de fecha 2 de MORDAZA de 2003, la Oficina General de Asesoria Juridica, recomienda remitir MORDAZA de los actuados a la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, a fin de que considere la conducta del capacitador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consistente en haber dificultado la accion de la Administracion de Justicia, al procurar la desaparicion de pruebas, firmas falsificadas en los documentos denominados Listados, reconociendolas como suyas, en tanto la pericia grafotecnica establecio lo contrario, hecho que constituiria el presunto delito de encubrimiento real, previsto y penado en el articulo 405º del Codigo Penal; Que, en ese sentido, existiendo suficiente indicio razonable de la comision del delito referido, y con el objeto de reunir las pruebas de la realizacion del delito y las circunstancias en que se han realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido el autor y otros en la ejecucion del mismo, y la identidad de la persona que efectuo la falsificacion de firma del indicado capacitador en la Listas de Notas el mismo que es pasible de denuncia penal; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del sector Justicia y el articulo 12º del decreto Ley Nº 17357 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 15679

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 012-2003-MIMDES de fecha 3 de junio de 2003, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santillana como Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, resulta necesario dar por concluida la designacion MORDAZA mencionada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, la Ley Nº 27793, el Decreto Legislativo Nº 830, el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANTILLANA, como Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 15801

Designan Presidente del Consejo Directivo del INABIF
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2003-MIMDES MORDAZA, 22 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprueba la Estructura Organica Basica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social estableciendo, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF como Organismo Publico Descentralizado; Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decreto Legislativo Nº 830, y Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, al senor MORDAZA MORDAZA POMALIMA MORDAZA, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 15802

MIMDES
Dan por concluida designacion de Presidente del Consejo Directivo del INABIF
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2003-MIMDES MORDAZA, 22 de agosto de 2003

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