Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2003 (18/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Directiva Nº 008-2003-EF/76.01 DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACION Y FORMULACION DEL PRESUPUESTO DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL PARA EL ANO FISCAL 2004
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 4º.- Planes Estrategicos Articulo 1º.- Objetivo La presente Directiva tiene como objetivos los siguientes: a) Establecer las normas de caracter tecnico y operativo que permitan a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional programar y formular sus Presupuestos Institucionales, con el objeto de articular consistentemente la asignacion de los Recursos Publicos determinada al Pliego para el ano fiscal 2004, de acuerdo a lo senalado en el articulo 23º de la presente Directiva, con el logro de sus Objetivos Institucionales de corto plazo debidamente expresados en Metas Presupuestarias. Vincular los objetivos institucionales de cada Pliego con los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC) y los Estrategicos Institucionales (PEI), para lograr una armoniosa articulacion entre las acciones de mediano y largo plazo con las acciones de corto plazo, reflejadas en los presupuestos institucionales, propendiendo, de esta manera a una accion intergubernamental coherente, sostenible y eficiente. Disponer las pautas necesarias para efecto que los Pliegos del Gobierno Nacional efectuen las reuniones de formulacion de sus gastos, conforme a las asignaciones presupuestarias por toda fuente de financiamiento. Consolidar el Presupuesto Institucional como un verdadero instrumento de la gestion economica y financiera, generando informacion presupuestaria transparente, integrada, util y oportuna, que sirva para la toma de decisiones en el area de las Finanzas Publicas, asegurando la fluidez y consistencia de los procesos utilizados para su elaboracion. Articulo 2º.- Base Legal La aplicacion de la presente Directiva se sujeta a lo prescrito en el siguiente MORDAZA legal: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) Ley Nº 27209 -Ley de Gestion Presupuestaria del Estado. Ley Nº 27245 - Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal modificada por la Ley Nº 27958. MORDAZA Macroeconomico Multianual 2003-2005. Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralizacion. Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica. Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. Decreto Legislativo Nº 183 -Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y normas modificatorias. Decreto Supremo Nº 039-2000-EF - Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal. Decreto Supremo Nº 157-2002-EF - Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica. Resolucion Vice Ministerial Nº 148-99-EF/13.03 Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas y su modificatoria la Resolucion Vice Ministerial Nº 108-2000-EF/13. Articulo 3º.- Alcance La presente Directiva se aplica a los Pliegos integrantes del Gobierno Nacional, que se detallan en el 4.1 Los Pliegos Presupuestarios para la Programacion y Formulacion de sus Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM)1 , los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), segun sea el caso, y sus Planes Estrategicos Institucionales (PEI), formulados de conformidad con lo establecido en el articulo 55º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion ­Ley Nº 27783, y la Resolucion Ministerial Nº 399-2001-EF/10 y sus modificatorias. 4.2 Los Planes Estrategicos para el periodo 20042006, constituyen instrumentos orientadores de la gestion institucional y que sirven, unicamente, de guia para dar inicio a la preparacion de los Presupuestos Institucionales que articulan los ingresos y gastos con los objetivos institucionales para el ano fiscal 2004. 4.3 Los Pliegos Presupuestarios prepararan un resumen ejecutivo, que recoja los siguientes conceptos: Mision , Vision y los Objetivos Estrategicos de la entidad, conforme al Anexo Nº 02/GN: "Resumen del Plan Estrategico Institucional 2004-2006 a nivel de Objetivos Estrategicos", el cual se remitira a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, a mas tardar el 30 de junio de 2003. El citado resumen ejecutivo debe ser visado por el Titular de Pliego o su delegado y el Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificacion o el que haga sus veces. CAPITULO II DISPOSICIONES PARA LA FASE DE PROGRAMACION PRESUPUESTARIA Articulo 5º.- Objeto de la Fase de Programacion Presupuestaria La Programacion es la fase del MORDAZA Presupuestario en la cual el Gobierno Nacional debe lograr lo siguiente: (a) Establecer los Objetivos Institucionales del Pliego para el ano fiscal 2004. (b) Proponer las Metas Presupuestarias a ser seleccionadas durante la fase de Formulacion Presupuestaria. (c) Desarrollar los procesos y determinar la metodologia a emplear para la Estimacion de los Ingresos que por todo concepto el Pliego espera recaudar, captar u obtener para el ano fiscal 2004, excepto los correspondientes a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. (d) Determinar la demanda global de gastos que implicara la atencion presupuestaria de los servicios y funciones que presta y desarrolla el Pliego, de acuerdo a su Mision, teniendo en cuenta las Metas Presupuestarias que se propongan para el ano fiscal 20042 .
1 Los PESEM reformulados para el periodo 2004 ­ 2006, de acuerdo a las pautas establecidas en la RD Nº 003-2003-EF/68.01 emitida por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del MEF. La demanda global de gastos en la fase de Formulacion Presupuestaria debera sujetarse al "techo" presupuestal asignado al Pliego y durante la fase de Ejecucion Presupuestaria ano fiscal 2004, a la real disponibilidad de los recursos publicos.

Anexo Nº 01/GN: "Entidades Sujetas a la Directiva", que forma parte de la presente norma.

b)

c)

d)

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