Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2003 (18/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, segun refieren los citados Informes Tecnicos, durante los meses de enero a marzo del presente ano, se han presentado en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA precipitaciones pluviales inusuales o extraordinarias, que han deteriorado parte de la infraestructura vial, consecuentemente los niveles de transitabilidad y seguridad viales se han reducido y hasta la fecha no han sido restablecidos y/ o se encuentran afectados y comprometidos; Que, asimismo de acuerdo al Informe Tecnico Nº 30-2003MTC/20-GMR-JLAS, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIONAL- ha identificado y consolidado los puntos criticos dentro de la red vial en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA y ha priorizado un conjunto de carreteras consideradas como estrategicas para contribuir con la estabilidad economica del MORDAZA, en las cuales urgen trabajos para rehabilitar los niveles de transitabilidad y seguridad afectados, considerandose entre las carreteras a las de: MORDAZA Lucia-Juliaca-Pucara; Juliaca-Puno­Ilave, Ilave ­Mazocruz, Puno-Loripongo-Limite Vial, Tunquini-San Gaban-Emp. R 26, Choquehuanca-Tirapata-Asillo y UrcosQuincemil-Puente Inambari; Que, para la rehabilitacion de los niveles de transitabilidad y seguridad vial de cada una de las citadas carreteras, se hace necesario efectuar en ellas, entre otros, trabajos de reconformacion de taludes, reparacion de cunetas, bacheo intensivo, reparacion de alcantarillas, los mismos que se detallan en el Informe Tecnico Nº 30-2003-MTC/20GMR-JLAS y asimismo es necesario contratar los servicios de supervision que garanticen la calidad y el tiempo de entrega de los trabajos; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 30-2003-MTC/ 20-GMR-JLAS, el costo referencial de las obras a ejecutar para la rehabilitacion de los niveles de transitabilidad y seguridad vial de cada una de las citadas carreteras y la contratacion de los servicios de supervision asciende a la suma de S/. 8 000, 000.00 (ocho millones y 00/100 nuevos soles) y se efectuara con cargo a Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 006-Programa Nacional de Mantenimiento y Conservacion Vial y Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 007- Pro Vias Nacional; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 20-2003-MTC/ 20-GMR-FPC, tambien es necesario contar con estudios de ingenieria a nivel de transitabilidad y ejecucion de trabajos en el MORDAZA Fortaleza, ubicado en la provincia de Quispicanchis, departamento de MORDAZA y que la falta de atencion inmediata puede ocasionar el colapso de la estructura interrumpiendo la via que es unico acceso entre MORDAZA y Puerto Maldonado; Que, igualmente se requiere efectuar trabajos a nivel de transitabilidad en los puentes Ilave y MORDAZA, ubicados en el departamento de Puno; los mismos que se detallan en el Informe Tecnico Nº 20-2003-MTC/20-GMR-FPC; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 20-2003-MTC/ 20-GMR-FPC, el costo referencial de los estudios y obras a nivel de transitabilidad a efectuar en los Puentes Fortaleza, Ilave y MORDAZA asciende a la suma de S/. 500,000.00 (quinientos mil y 00/100 nuevos soles) y se efectuara con cargo a Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 006-Programa Nacional de Mantenimiento y Conservacion Vial y Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 007- Pro Vias Nacional; Que, de acuerdo al literal c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declarada de conformidad con la referida Ley; Que, de conformidad con el Articulo 22º del referido texto legal, se entiende por situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, que supongan grave peligro o de necesidades que afecten la defensa nacional; y que en este caso la Entidad se exonera de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida; Que, de conformidad con el MORDAZA parrafo del Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 13-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0792001-PCM, la exoneracion de procesos de seleccion por la causal de situacion de emergencia a que se refiere el numeral 1 del referido Articulo 108º, se aprueba de conformidad con el procedimiento dispuesto por el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe tecnico - legal previo; dicha Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en consecuencia la rehabilitacion de los niveles de transitabilidad y seguridad de las carreteras: MORDAZA Lucia-Juliaca-Pucara; Juliaca-Puno­Ilave, Ilave ­Mazocruz, Puno-Loripongo-Limite Vial, Tunquini-San Gaban-Emp. R 26, Choquehuanca-Tirapata-Asillo y Urcos-Quincemil-Puente Inambari; asi como la contratacion de los servicios de supervision de las referidas carreteras, debe realizarse mediante los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, asimismo, la contratacion de los servicios de consultoria para los estudios de ingenieria a nivel de transitabilidad y ejecucion de obras en el MORDAZA Fortaleza; asi como la ejecucion de obras en los puentes Ilave y MORDAZA debe realizarse mediante los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa para la ejecucion de obras y contratacion de los servicios de supervision para la rehabilitacion de los niveles de transitabilidad y seguridad de las carreteras que se senalan a continuacion, hasta por la suma de S/. 8 000, 000.00 (ocho millones y 00/100 nuevos soles) y por el plazo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 0102003-PCM y 025-2003-PCM, prorrogados por los Decretos Supremos Nºs. 033 y 050-2003-PCM; respectivamente, de acuerdo al siguiente detalle:
Carretera MORDAZA Lucia-Juliaca-Puno Juliaca-Puno- Ilave Ilave-Mazocruz Tunquini-San Gaban-Emp. R 26 Puno-Loripongo-Lte.Vial Choquehuanca-Tirapata-Asillo Urcos-Quincemil-Pte.Inambari Subtotales Supervision 106,000.00 106,000.00 106,000.00 57,000.00 52,000.00 33,000.00 106,000.00 566,000.00 Obra y Estudio 1'394,000.00 1'394,000.00 1'394,000.00 743,000.00 688,000.00 427,000.00 1'394,000.00 7'434,000.00 Total 1'500,000.00 1'500,000.00 1'500,000.00 800,000.00 740,000.00 460,000.00 1'500,000.00 8'000,000.00

Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de los procesos de Adjudicacion Directa Selectiva para contratar los servicios de consultoria para los estudios de ingenieria a nivel de transitabilidad y ejecucion de trabajos en el MORDAZA Fortaleza, ubicado en la provincia de Quispicanchis, departamento de MORDAZA, asi como para ejecutar las obras a nivel de transitabilidad en los puentes Ilave y MORDAZA, ubicados en el departamento de MORDAZA, hasta por la suma de S/. 500,000.00 (quinientos mil y 00/100 nuevos soles) y por el plazo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 010-2003-PCM y 025-2003PCM, prorrogados por los Decretos Supremos Nºs. 033 y 050-2003-PCM; respectivamente, de acuerdo al siguiente detalle:
MORDAZA Fortaleza Ilave MORDAZA Subtotales Estudio 50,000.00 Obra 250,000.00 100,000.00 100,000.00 450,000.00 Total 300,000.00 100,000.00 100,000.00 500,000.00

50,000.00

Articulo 3º.- Autorizar al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional -PROVIAS NACIONAL-, a realizar la ejecucion de las obras y contrataciones de los servicios, a que se refieren los Articulos 1º y 2º de la presente Resolucion, mediante procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- La ejecucion de obras y la contratacion de los servicios a que se refieren los Articulos 1º y 2º de la presente Resolucion, se realizaran con cargo a recursos

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