Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2003 (21/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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tos Supremos Nºs. 042 y 043-2002-MTC en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594 y los Decretos Supremos Nºs. 041, 042 y 043-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones al senor MORDAZA Allemant Florindez, Director General de Circulacion Terrestre, como miembro titular de las Comisiones Multisectoriales creadas por los Decretos Supremos Nºs. 042 y 043-2002-MTC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 09523

Declaran nulo procedimiento sobre suscripcion de contrato de diversos items de licitacion publica convocada para adquisicion de equipamiento tecnico portatil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 374-2003-MTC/03
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de enero del 2003 se llevo a cabo el Acto Publico de Apertura de Propuestas Economicas y el Otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Internacional Nº 0001-2002-MTC/18, para la adquisicion de equipamiento tecnico portatil para la implementacion de siete estaciones de comprobacion tecnica del espectro radioelectrico, integrantes del sistema de gestion y control del espectro radioelectrico, ubicadas en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancayo e Iquitos; Que, de acuerdo al Acta de Apertura de Propuestas Economicas y de Otorgamiento de la Buena Pro de la referida Licitacion Publica Nacional, se otorgo la Buena Pro por los Items 1, 3, 11, 20, 21 y 22 al Consorcio Macrotest S.A. - MORDAZA Electronics Inc.; Que, mediante Oficio (M) Nº 010-2003-MTC/15.19.cer de fecha 24 de enero del 2003, el Presidente del Comite Especial de la Licitacion Publica Internacional Nº 0001-2002MTC/18 comunica a los ganadores de la Buena Pro que esta habia quedado consentida, indicandoles que coordinaran con el Director General de Control y Supervision de Telecomunicaciones para la firma del contrato; Que, mediante Oficio Nº 019-2003-MTC/15.19.cer de fecha 20 de febrero del 2003, el Presidente del Comite Especial de la Licitacion Publica Internacional Nº 00012002-MTC/18 se dirige a la empresa Macrotest Ingenieros S.A. requiriendole la MORDAZA de la Carta Fianza, senalando como plazo MORDAZA de MORDAZA el dia 26 de febrero del 2003; Que, el articulo 33º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que los procesos de seleccion seran conducidos por un Comite Especial, el cual se encargara de su organizacion y ejecucion, desde la preparacion de las Bases, absolucion de consultas, evaluacion de observaciones, recepcion de ofertas, calificacion de postores, evaluacion de propuestas y, en general, todo acto necesario o conveniente, hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme; Que, el articulo 39º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que el Comite Especial cesa en sus funciones cuando el otorgamiento de la Buena Pro queda consentido o cuando se produzca la cancelacion del proceso; Que, el articulo 118º del Reglamento mencionado, dispone que luego de consentido el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad debe citar al ganador de la Buena Pro para la suscripcion del contrato, con no menos de

cinco dias de anticipacion, senalando una fecha que no podra exceder a los diez dias siguientes a la fecha de consentido el otorgamiento de la Buena Pro. En caso que el postor ganador de la Buena Pro no se presente en el dia previsto, la Entidad lo citara para una nueva fecha, la cual no podra exceder de los cinco dias siguientes de la originalmente senalada para la firma del contrato; Que, de los antecedentes alcanzados se desprende que tanto las comunicaciones cursadas al Consorcio Macrotest S.A. - MORDAZA Electronics Inc., es decir los Oficios Nºs. 010 y 019-2003-MTC/19.19.cer, no senalaban fecha para que se llevara a cabo la suscripcion del contrato; Que, los oficios mencionados pretendieron dar inicio al procedimiento de suscripcion del contrato, los cuales carecen de validez legal, al haber sido suscritos por un funcionario que carecia de competencia para efectuar dichos actos, y mas aun si no han cumplido con senalar una fecha para la suscripcion del contrato, como se establece en el articulo 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por contravencion de las normas legales, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el MORDAZA, solo hasta MORDAZA de la suscripcion del contrato; Que, en tal sentido, y habiendose verificado la inobservancia del articulo 118º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde declarar nulo el procedimiento seguido para llevar a cabo la suscripcion del contrato de los Items 1, 3, 11, 20, 21 y 22 de la Licitacion Publica Internacional Nº 0012002-MTC/18 con el Consorcio Macrotest S.A. - MORDAZA Electronics Inc., debiendo retrotraerse el MORDAZA a la fecha en que el otorgamiento de la Buena Pro quedo consentido, debiendo citarse a dicho Consorcio para proceder a la firma del contrato; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio nulo el procedimiento seguido para llevar a cabo la suscripcion del contrato de los Items 1, 3, 11, 20, 21 y 22 de la Licitacion Publica Internacional Nº 001-2002-MTC/18 con el Consorcio Macrotest S.A. - MORDAZA Electronics Inc., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo retrotraerse el MORDAZA a la fecha en que el otorgamiento de la Buena Pro quedo consentido, debiendo citarse a dicho Consorcio para proceder a la firma del contrato. Articulo 2º.- Transcribir a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 09526

Declaran inutilizables a diversas aeronaves
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 146-2003-MTC/12
MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2003 CONSIDERANDO: Que es objetivo de la Direccion General de Aeronautica Civil depurar el listado del MORDAZA Aereo Nacional;

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