Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2003 (21/05/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 244601

VISTOS: El Oficio Nº A-1070-2003(GTN/MON) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Informe Nº 01-2003-CE del Comite Especial del MORDAZA por Adjudicacion Directa Publica Nº 0032003/GRL, el Informe Nº 060-2003-GRL/SGRAJ y el Proveido de la Gerencia General Regional; y, CONSIDERANDO: Que, del Oficio y de los Informes de Vistos aparece que el MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2003/GRL, para la adquisicion de Mobiliario Escolar - Inicial y Primaria -, contiene causales de Nulidad senaladas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2003-PCM; Que, el Comite Especial a cargo de la organizacion y ejecucion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2003/GRL, establecio mediante su Informe Nº 01-2003-CE, dirigido a la entidad, la comision de errores administrativos insubsanables contenidos en el aviso de convocatoria de dicho MORDAZA, contraviniendo las normas legales expresas al respecto y prescindiendo de las normas esenciales del procedimiento; Que, asimismo el referido Informe senala que se ha determinado la existencia de causales de nulidad del presente MORDAZA de seleccion en cuanto afectan las Bases administrativas del mismo, al existir desproporcion en los factores de evaluacion de las propuestas, constituyendo una evidente inaplicacion de los Principios que rigen las adquisiciones y contrataciones del Estado, contenidos en el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y en el articulo 3º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, al haberse incurrido en vicios de nulidad y por lo tanto de proseguir el MORDAZA de seleccion, no se estarian cumpliendo con los Principios establecidos en el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y de su Reglamento, en cuanto a los principios de libre competencia, transparencia, economia y trato MORDAZA e igualitario, haciendose necesaria una declaracion de Nulidad de Oficio del MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2003/GRL, conforme al articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, pues en caso se continuara con dicho MORDAZA de seleccion se prescindiria de las normas esenciales del procedimiento contraviniendo con ello la forma prescrita por la normatividad aplicable, causales de nulidad establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, senala que el Titular del Pliego podra declarar de Oficio la nulidad del MORDAZA de Seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, indicandose que la Resolucion que declara la Nulidad de Oficio debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 05 dias siguientes de su expedicion, bajo responsabilidad; Que, estando a lo expuesto y considerando que en el MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2003/GRL, no se ha celebrado aun contrato, corresponde declarar su Nulidad de Oficio, de acuerdo a las causales MORDAZA expuestas y establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, retrotrayendolo hasta la etapa de la elaboracion de Bases, debiendose para ello emitir la correspondiente Resolucion Ejecutiva Regional que asi lo establezca; Que, en ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 21º incisos a) y d) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales - y conforme a lo dispuesto por el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y las visaciones de la Gerencia Regional de Infraestructura y de las Subgerencias Regionales de Administracion y de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR DE OFICIO LA NULIDAD del MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Di-

recta Publica Nº 003-2003-GRL, para la adquisicion de Mobiliario Escolar, Inicial y Primaria, retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa de elaboracion de Bases. Articulo Segundo.- Ordenar a la Subgerencia Regional de Administracion del Gobierno Regional de MORDAZA, la publicacion de la presente Resolucion Ejecutiva Regional en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 09499

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Direccion Regional Agraria de Ucayali para el ano 2003
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 029-2003-GRU-P-DRAU
Pucallpa, 10 de marzo de 2003 VISTO: El Oficio Nº 087-2003-CTARU-P-DRAU-OA, de fecha 3 de marzo de 2003; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Unidad de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, de la Direccion Regional Agraria de Ucayali, ha elaborado su plan anual de adquisiciones y contrataciones en directa concordancia con los presupuestos aprobados en el que se consigna los bienes y servicios que deberan adquirirse para el ano 2003 de los fondos provenientes de Recursos Ordinarios, sujetandose a las disposiciones del Texto Unico Ordenado aprobado de la "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en tal sentido resulta necesario formalizar la correspondiente aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones para el ejercicio 2003, emitiendose la resolucion pertinente; De conformidad con el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 5º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Decreto Ley Nº 25902 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; con las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 234-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR conforme al presupuesto aprobado para bienes y servicios el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Direccion Regional Agraria de Ucayali para el ano 2003, que corre adjunto y forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su expedicion. Articulo 3º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo establecido en el articulo MORDAZA, para ingresar a la informacion recibida en el Sistema de Informacion sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Articulo 4º.- Disponer que el Plan Anual aprobado, se ponga a disposicion de los interesados en la Oficina de Administracion de la Direccion Regional Agraria de Ucayali. Registrese, cumplase, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional 09448

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.