Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2003 (21/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003
CODIGO CONCEPTO 35639 35640 CON UN MINIMO DE ..................................................... CON UN MORDAZA DE ..................................................... OTROS 35603 35631 35614 35610 35612 35613 35616 35619 35604 POR RAZONES, INFORMES O CONSTANCIAS C/U POR OFICIO POR COPIAS CERTIFICADAS C/U POR ACTA POR AVISO DE REMATE POR FIJACION DE CARTELES POR MORDAZA DE DESGLOSE POR LEVANTAMIENTO DE EMBARGO POR ORDENAR EL LEVANTAMIENTO DE LA ORDEN DE CAPTURA E INTERNAMIENTO DE VEHICULOS C/U POR DEPOSITO DIARIO DE CADA BIEN EMBARGADO

NORMAS LEGALES
S/. 31.00 310.00

Pag. 244605

5.00 5.00 5.00 8.00 10.00 8.00 5.00 20.00

31.00 2.00

35623

09468

Aprueban exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion de servicios de mensajeria de SERPOST S.A.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 051-2003
Lince, 13 de MORDAZA del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 133-2003-GAJ-MDL de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Dictamen Nº 015-2003-CAL/MDL de la Comision de Asuntos Legales, por el cual, recomienda se apruebe la Exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente y se disponga la Contratacion de la empresa SERPOST S.A., para que preste los Servicios de Mensajeria, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Administracion, solicita la contratacion de los servicios de mensajeria que prestaria la empresa SERPOST S.A., bajo la modalidad de MORDAZA exonerado; Que, el pedido se sustenta en que la Jefatura de Abastecimientos, mediante Informe Nº 146-2003-JAMDL, en su condicion de area responsable de las adquisiciones y contrataciones, senala que es de imperiosa necesidad contar con el servicio de mensajeria para atender la distribucion de documentos, que a la fecha se vienen acumulando, perjudicando el normal desarrollo de las actividades de la Corporacion; Que, la contratacion de SERPOST S.A., resulta mas conveniente para la Municipalidad, dado que sus tarifas son mas economicas que las ofertas de las empresas privadas que ofrecen el mismo servicio; Que, no obstante lo expuesto se hace necesario precisar, que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Directorio de FONAFE Nº 001-2003/001-FONAFE, adoptado en Sesion del 29 de enero del 2003, se ha determinado que no se aplicara la prohibicion contenida en el numeral 2 del articulo 3º del D.S. Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias, especifica e individualmente, a las actividades desarrolladas por SERPOST S.A., como admision, transporte y entrega de cartas nacionales, internacionales, impresos nacionales e internacionales, encomiendas, courier (EMS), mensajeria local y nacional, entre otras; Que, el inciso a) del articulo 19º del D.S. Nº 0122001-PCM, concordante con los articulos 105º y 106º del D.S. Nº 013-2001-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre

Entidades del Sector Publico, de acuerdo a los criterios de economia; entendiendose estos, cuando la adquisicion o contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, asi como, que en razon de costos de oportunidad, resulta mas eficiente adquirir o contratar con otra Entidad del Estado y que la adquisicion resulte tecnicamente idonea y viable; Que, el articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con los articulos 113º, 114º, 115º y 116º del D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º del TUO de la Ley Nº 26850, se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, requiriendose para ello, que se apruebe la exoneracion mediante Acuerdo de Concejo, el mismo que se sustentara en un Informe Tecnico Legal previo y debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose a su vez, MORDAZA del mismo a la Contraloria General de la Republica; Que, el inciso c) del articulo 20º del D.S. Nº 0122001-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que para el caso de las Municipalidades, las exoneraciones se aprueban mediante Acuerdo de Concejo; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, debe precisarse en el Acuerdo, el valor referencial, la fuente de financiamiento objeto de la exoneracion, asi como determinar la dependencia u organo encargado de realizar la contratacion exonerada; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por MAYORIA y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente y se disponga la contratacion de la empresa SERPOST S.A., para que preste los Servicios de Mensajeria, mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; para el periodo comprendido del 15 de MORDAZA del 2003 hasta el 31 de diciembre del 2003, por un Valor Referencial ascendente hasta la suma de S/. 70,000.00 (setenta mil y 00/100 nuevos soles), precisandose que la Fuente de Financiamiento es la de Recursos Directamente Recaudados y que el organo encargado de la contratacion sera la Gerencia de Administracion. Articulo Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias siguientes a su adopcion. Articulo Tercero.- REMITIR a la Contraloria General de la Republica el presente Acuerdo, dentro de los diez dias siguientes a su adopcion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09469

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Designan funcionaria responsable de brindar informacion solicitada conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 056-2003-MPL
Pueblo Libre, 23 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, el Memorandum Nº 006-2003-MPL-DM, emitido por la Direccion Municipal; y,

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