Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2004 (24/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de enero de 2004

del Oficial Superior que se encuentra en MORDAZA Colombia y continuar con el Intercambio de Oficiales de Inteligencia a realizarse del 20 enero al 31 de diciembre del 2004, de acuerdo al Acta Final de la II Reunion del Grupo Bilateral de Trabajo de Defensa del Peru - Colombia, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia del Ejercito; Que, el Articulo 14º inciso 2.c. de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano F i s c a l 2 0 0 4 , e s t a bl e c e q u e n o s e e n c u e n t r a n comprendidos dentro de las disposiciones de austeridad los pagos de remuneraciones, retribuciones, dietas o cualquier bonificacion, asignacion y beneficio en moneda extranjera o indexada a esta, al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Fuerzas Armadas y Policia Nacional que cumplen servicios en el extranjero; Que, el Articulo 15º Incisos a) y k), de la citada Ley prioriza y determina las acciones necesarias que permitan el cumplimiento del pliego al menor costo posible, asi como restringen al minimo indispensable los viajes fuera del MORDAZA en Comision del Servicio que irroguen gastos al Estado; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860, Ley Nº 28128, Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG del 4 de diciembre de 1987, modificado por el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de MORDAZA del 2001 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, regulan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Comision del Servicio; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Comision del Servicio en el Extranjero, al MORDAZA MORDAZA de Infanteria EP MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA, para que participe en el intercambio de Oficiales de Inteligencia del Ejercito del Peru y el Ejercito Nacional de la Republica de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de Leticia- Colombia, a partir del 20 de enero al 31 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES: (Lima-Bogota-Lima) US$ 536.00 x 1 persona VIATICOS US$ 200.00 x 347 dias TARIFA UNICA POR USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 1 persona Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987. Articulo 4º.- El senor Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El citado Oficial Superior, debera cumplir con sustentar lo senalado en los Articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 6º.- El citado Oficial Superior revistara en el Comando Administrativo del Cuartel General del Ejercito, por el periodo que dure la Comision. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa.

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 01425

Autorizan viaje de oficial del Ejercito a MORDAZA para participar en curso de comando y estado mayor
RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2004-DE/EP

MORDAZA, 21 de enero de 2004 Visto, el Oficio Nº 2962 SUB DIR EDUC/C-4 a.1/B/ 05.00 de 17 de diciembre del 2003, de la Subdireccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, la Vigesimo MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional promueve la participacion de las Fuerzas Armadas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisferica y las Misiones de Paz en el MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas; Que, el inciso e) del Articulo 4º de la Ley Nº 27860 Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones participar a traves de los Organismos pertinentes, en las misiones de Paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estrategicos generales y politicas del Sector Defensa, se encuentra considerada la participacion en actividades de caracter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico viene reduciendo al minimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior, considerandose aquellos que se enmarcan en Capacitacion que no puede realizarse en el Peru; Que, mediante la Hoja de Recomendacion Nº 213 DE1/SUB DIR EDUC/DIEDE/B.05.00 de diciembre del 2003, el Comando del Ejercito designo en mision de estudios al Mayor de Infanteria EP MORDAZA MORDAZA WHITTEMBURY MORDAZA, para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela de Comando y Estado Mayor de la Republica de MORDAZA, en el periodo comprendido del 20 de enero al 31 de diciembre del 2004; Que, el inciso 2.c. del Articulo 14º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, establece que no se encuentran comprendidos dentro de las disposiciones de austeridad los pagos de remuneraciones, retribuciones, dietas o cualquier bonificacion, asignacion y beneficios en moneda extranjera o indexada a esta, al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Fuerzas Armadas y Policia Nacional que cumple servicios en el extranjero, asimismo la presente autorizacion de viaje esta cenido a lo que establece los incisos a) y k) del Articulo 15º de la citada Ley, prioriza y determina las acciones necesarias que permitan el cumplimiento de los objetivos del pliego al menor costo posible asi como restringen al minimo indispensable los viajes fuera del MORDAZA en comision de servicios que irroguen gastos al Estado, por lo que se encuentra en arreglo a Ley; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860, Ley Nº 28128, Decreto Supremo Nº 00587 DE/SG, del 4 de diciembre de 1987 modificado por el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG del 21 de junio del 2001 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de ju-

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