Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2004 (24/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Nº 4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6 4.7 5 6 6.1 6.2 6.3 6.4 6.5 6.6 6.7 6.8 6.9 7 7.1 7.2 7.3 7.4 7.5 7.6 7.7 7.8 7.9 8 8.1 8.2 8.3 8.4 8.5 8.6 8.7 8.8 9 10 11 12 13 14 Denominacion del Servicio Menos de 2 metros de altura De 2 a menos de 4 metros De 4 a menos de 8 metros De 8 a menos de 12 metros De 12 a menos de 16 metros De 16 a menos de 20 metros De 20 a mas metros MORDAZA de arboles Extraccion de arboles no podados

NORMAS LEGALES
Requisitos

MORDAZA, sabado 24 de enero de 2004
Unidad de Medida Precio (S/.) 55.00 55.00 55.00 65.00 85.00 120.00 160.00 180.00 100.00 130.00 150.00 225.00 305.00 415.00 580.00 855.00 1,300.00 Por arbol 80.00 90.00 100.00 155.00 215.00 280.00 365.00 470.00 615.00

Por arbol Por arbol Menos de 4 metros de altura De 4 a menos de 8 metros De 8 a menos de 12 metros De 12 a menos de 16 metros De 16 a menos de 20 metros De 20 a menos de 24 metros De 24 a menos de 28 metros De 28 a menos de 32 metros De 32 a mas metros Extraccion de arboles sin o solo minima copa Menos de 4 metros de altura De 4 a menos de 8 metros De 8 a menos de 12 metros De 12 a menos de 16 metros De 16 a menos de 20 metros De 20 a menos de 24 metros De 24 a menos de 28 metros De 28 a menos de 32 metros De 32 a mas metros Extraccion de palmeras de abanico, fenix u otras con tendencia a acumular desechos sobre el tronco no podados Menos de 2 metros de altura De 2 a menos de 4 metros De 4 a menos de 8 metros De 8 a menos de 12 metros De 12 a menos de 16 metros De 16 a menos de 20 metros De 20 a menos de 24 metros De 24 a mas metros Poda con extraccion de raices Retiro de raiz; (previa evaluacion 50% adicional a la extraccion) Asesoria en jardines dentro del area municipal Fumigacion y desinfeccion Desratizacion y desinfeccion Limpieza de MORDAZA interno

1)Solicitud al Sr. MORDAZA 2)Pago servicio correspondiente Por palmera 50.00 55.00 60.00 65.00 100.00 135.00 170.00 180.00 320.00 180.00 GRATUITO Por metro MORDAZA Por madriguera Por metro cubico y recojo 35.00 30.00 40.00

Por arbol Por arbol

01513

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Declaran nulidad de convocatoria de MORDAZA de licitacion publica nacional destinada a la adquisicion de combustible para el ano 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 011-2004-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 9 de enero de 2004 Visto: El Informe Nº 003-2004-PCAC/MVES de fecha 2.1.2004, proveniente del Presidente del Comite Especial para la Adquisicion de Combustible periodo 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1857-2003ALC/MVES de fecha 18.12.2003, se aprobaron las bases del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 0032003-MVES, para la adquisicion de Combustible periodo 2004; Que, con Infor me Nº 01-03-PCAC/MVES del 2.1.2004, el Comite Especial, solicito se disponga la

Convocatoria, de acuerdo a la normatividad vigente, enviando al Diario Oficial El Peruano y a otro diario de circulacion nacional el modelo de la Convocatoria correspondiente; Que, con documento senalado en la parte introductoria, se aprecia que existe dos avisos de convocatoria de los dias 24 y 30 de diciembre 2003, en el Diario Oficial El Peruano y El Comercio, con diferentes calendarios, que los referidos avisos de la Convocatoria, lo cual ha conllevado a una confusion en los posibles postores, y todo lo actuado se ha visto afectado por un vicio insubsanable el MORDAZA de Licitacion, lo que conlleva a declarar la nulidad de los actos administrativos afectados y retrotraer el MORDAZA hasta la etapa de la Convocatoria; Que, dentro del MORDAZA legal, el articulo 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, estan las causales para declarar la nulidad, cuando el acto administrativo contravenga las normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento, o de la forma prescrita por la normatividad aplicable; siendo facultad para declarar la nulidad ademas del tribunal, a entidad respectiva; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el D.S. Nº 012-2001-PCM, en concordancia con las atribuciones conferidas por los incisos 1 y 6 del Art. 20º, asi como del articulo 453º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades;

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