Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2004 (24/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de enero de 2004

D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento D.S. Nº 013-2001PCM; y dado a que el Ministerio de Economia y Finanzas efectua un desembolso de S/. 48,870.03 nuevos soles mensuales para el referido programa lo que significaria realizar un MORDAZA de seleccion en la modalidad de licitacion publica, la misma que contiene terminos y plazos legales de extensa demora, lo que constituira una situacion de desabastecimiento e Interrupcion en el cumplimiento del PVL de la Municipalidad Distrital de Uchiza; razones que ameritan declarar en situacion de urgencia la adquisicion del producto enriquecido lacteo; por lo que en cumplimento de lo establecido en el inciso c) del Art. 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado solicito a la Unidad de Abastecimiento y Asesoria Legal el correspondiente Informe tecnico-legal previo, que en este acto pone en conocimiento a la presente sesion de concejo para su analisis y debate correspondiente; Que, se desprende del informe Nº 001-2004-UA-MDU, emitido por el Jefe de Abastecimiento que, los contratos para la provision del producto lacteo para el Programa del Vaso de Leche fenecieron el 31 de diciembre del ano 2003, por la tanto, urge la necesidad de convocar a un MORDAZA MORDAZA de seleccion con las formalidades y requisitos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, el Informe en referencia consigna que para la adquisicion del producto lacteo el Ministerio de Economia y Finanzas efectua un desembolso de 48,870.03 MORDAZA soles mensuales, lo que significaria convocar a un MORDAZA de seleccion en la modalidad de licitacion publica, que estima una demora de 20 dias habiles entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas, y 10 dias habiles mas para la suscripcion del contrato, sin incidente alguno; lo que consecuentemente, constituiria una situacion de desabastecimiento de insumos alimenticios para el PVL, dado que vuestra Municipalidad no cuenta con stock disponible en el almacen para atender de manera oportuna a los beneficiarios, de igual manera, no se ha cumplido con conformar el Comite de Administracion del Programa de Vaso de Leche y el MORDAZA empadronamiento de los beneficiarios conforme a Ley; Que; el Dictamen Legal Nº 034-2004-MDU-OAL contempla la fundamentacion juridica pertinente para que el presente acuerdo se encuentre arreglada a Ley; al respecto hace mencion que, de acuerdo con lo estipulado en los articulos 188º,191º, 192º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que; el Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, contempla en el inciso c) los casos de exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa estableciendo que estan exonerados aquellas Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la presente Ley; asimismo, el Art. 20º establece los requisitos formales para la exoneracion del MORDAZA de seleccion; Que; el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley 26850 consagra que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e impredecible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo; precepto legal que concuerda perfectamente con el Art. 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; criterio legal que encaja al presente caso, a la luz de MORDAZA acotado, a razon de asegurar el abastecimiento de productos alimenticios para el programa del vaso de leche de la municipalidad Distrital de Uchiza, siendo necesario realizar las acciones administrativas para que el suministro del producto enriquecido lacteo se efectue en forma oportuna y continua, hechos que ameritan proceder a declarar en situacion de urgencia el abastecimiento de productos para el mencionado programa, como medida temporal de accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el pro-

ceso de seleccion correspondientes para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el D.S. Nº 012-2001-PCM que MORDAZA la Ley Nº 26850 concordante con lo establecido en el Art. 113º del reglamento de la referida Ley, aprobada mediante D.S. Nº 013-2001-PCM senala que las Resoluciones o Acuerdos que aprueban la exoneracion de los procesos de seleccion, requieren obligatoriamente de un informe tecnicolegal previo, emitidos por areas tecnicas y Asesoria Juridica de la entidad, el mismo que contendra la justificacion tecnica legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion contemplando criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, en concordancia con lo informado y recomendado por el asesor legal y el Jefe de la Unidad de Abastecimiento, con la finalidad de asegurar el abastecimiento de productos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Uchiza, resulta necesario declarar en situacion de urgencia la adquisicion del producto enriquecido lacteo por el lapso de 120 dias calendario, permitiendose de esta manera dar continuidad a este servicio de asistencia social en forma ininterrumpida a los beneficiarios del referido programa; Estando a lo dispuesto por el Art. 19º inciso c) Art. 20º, Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y a las facultades conferidas por los Art. 17º, Art. 41º e inciso 6) del Art. 20º de la Nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; con la dispensa de tramites de comisiones y de lectura y aprobacion del acta por mayoria; SE ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios para el programa del vaso de leche de la Municipalidad Distrital de Uchiza, por el lapso de 120 dias naturales correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y MORDAZA, en tanto se realice el MORDAZA de seleccion respectivo para el periodo de adquisicion 2004. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Comite Especial Permanente la realizacion del MORDAZA de seleccion respectiva para la adquisicion del producto enriquecido lacteo para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Uchiza, de conformidad con el articulo precedente. Articulo Tercero.- REMITIR copias del presente acuerdo municipal y los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MOSQUERA MORDAZA 01390

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA
RECTIFICACION RESOLUCIONES DE CONCEJO Nºs. 001 y 002-2004-MDYC A las sumillas de las Resoluciones de Concejo Nºs. 001 y 002-2004-MDYC del Concejo Distrital de Yarinacocha, publicadas en nuestra edicion del dia 22 de enero de 2004, por error se les consigno el titulo del sector (cintillo, tramado) "Municipalidad Distrital de Yanacancha", siendo el que le corresponde "Municipalidad Distrital de Yarinacocha". 01529

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