Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2004 (24/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 24 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Otorgan permiso de operacion a empresa para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto en MORDAZA de la hoya amazonica
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 006-2004-MTC/13

MORDAZA, 13 de enero de 2004 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-010901) presentada por la empresa NAVEGACION AMAZONICA SAC, solicitando Permiso de Operacion para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los MORDAZA de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las personas naturales o juridicas, que asi lo soliciten; Que, la empresa NAVEGACION AMAZONICA SAC ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial vigente, para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los MORDAZA de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje; Que, la empresa NAVEGACION AMAZONICA SAC se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20493218213; Que, mediante Informe Nº 007-2004-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 004-2004-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, con el Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 0052001-MTC, Nº 041-2003-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa NAVEGACION AMAZONICA SAC para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los MORDAZA de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRAFICO SERVICIO : Nacional o cabotaje : Irregular en los MORDAZA de la hoya amazonica TRANSPORTE : Mixto (carga general)

ciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expida sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a las Capitanias de Puerto de Iquitos y Pucallpa y a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali, para su conocimiento y fines. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAMBURU GARDENER Director General 01189

Amplian plazo para actualizar informacion de concesionarias que prestan servicio de transporte terrestre nacional de personas en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros
DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 311-2004-MTC/15

MORDAZA, 16 de enero de 2004 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2003-MTC, se dispuso la actualizacion de informacion obligatoria, extraordinaria y gratuita de las concesionarias que prestan el servicio publico de transporte terrestre nacional de personas, de ambitos interdepartamental e intradepartamental, en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros, facultandose a la Direccion General de Circulacion Terrestre a establecer el cronograma correspondiente; Que, en atencion a lo dispuesto en la MORDAZA acotada en el considerando precedente, es que por Resolucion Directoral Nº 4595-2003-MTC/15, se establecio el cronograma para la actualizacion de informacion de las concesionarias en el referido registro, el mismo que vencio el 28 de noviembre del 2003; Que, teniendo en cuenta la existencia de ciertas limitaciones para la obtencion de los Certificados de Operatividad por parte de los transportistas, es que por Resolucion Directoral Nº 6596-2003-MTC/15, se amplio el cronograma a que se refiere el considerando anterior por el periodo comprendido entre el 1 de diciembre del 2003 al 30 de enero del 2004, estableciendose igualmente el cronograma correspondiente; Que, actualmente subsisten las limitaciones de las entidades certificadoras autorizadas por la Direccion General de Circulacion Terrestre para atender con prontitud a los senores transportistas en la emision del Certificado de Operatividad, el mismo que constituye requisito para la actualizacion de informacion, dada la gran cantidad de vehiculos cuyas condiciones tecnicas deben ser verificadas, por lo que resulta necesario ampliar nuevamente el plazo establecido; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Decreto Supremo Nº 041-2002MTC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el ar ticulo precedente sera atendido con las embarcaciones denominadas M/F MORDAZA con matricula IQ-8461-MF y M/F MORDAZA con matricula IQ-8460-MF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º, tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. La renovacion debera ser solicitada por la recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion por parte del titular, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposi-

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