Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2004 (24/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, sabado 24 de enero de 2004

PROYECTO

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MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, el numeral 2.10.3 del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion (PTFN) aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC del 2 de setiembre de 2002, establece que los Servicios Especiales con Interoperabilidad son aquellos brindados por los concesionarios de los servicios publicos locales, que deben ser necesariamente reconocidos por todas las redes de los demas concesionarios de los servicios publicos locales y que estos servicios seran establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-MTC se regulan los mecanismos que permiten la viabilidad de los servicios especiales con interoperabilidad, estableciendose en su articulo 5º que para efectos de la aplicacion de la MORDAZA, los operadores que brinden servicio publico de telefonia fija local a traves de tarjetas de pago, en sus diversas modalidades, mediante el codigo de numeracion 15XX y que no terminen trafico telefonico fijo local en su red, deberan sujetarse a las siguientes condiciones: (i) Haber iniciado la prestacion comercial del servicio telefonico fijo otorgado en concesion; (ii) Contar con la aprobacion de la ampliacion de sus planes minimos de expansion, para lo cual se MORDAZA prioridad a aquellas areas que no cuentan con servicios publicos de telecomunicaciones o areas donde el servicio es insuficiente y (iii) En las areas que comprendan la ampliacion de los planes minimos de expansion, los operadores deberan contar al menos con un centro de conmutacion de su propiedad. Asimismo, se dispone que tales compromisos no eximen a los operadores de las demas obligaciones pactadas en sus respectivos contratos de concesion; Que, el articulo 7º del acotado texto legal establece que en el plazo de sesenta (60) dias a partir de la publicacion de la MORDAZA, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitira las disposiciones que se consideren necesarias para su cumplimiento; Que, las exigencias de la moderna economia y la existencia de sectores menos favorecidos en nuestro MORDAZA, hace imperiosa la realizacion de inversiones y la adopcion de medidas que facilite el acceso a los usuarios en areas donde los servicios son insuficientes; Que, la implementacion de la interoperabilidad es un mecanismo que permitira estimular la inversion en infraestructura siguiendo los criterios de atencion en los departamentos con mayor poblacion y de acuerdo a los niveles de pobreza existentes; Que, en este sentido, corresponde aprobar los criterios que rigen la aprobacion de la ampliacion de los planes minimos de expansion y su implementacion a cargo de los operadores que brinden servicios publicos de telefonia fija local a traves de tarjetas de pago, en sus diversas modalidades, mediante el codigo de numeracion 15XX y que no terminen trafico telefonico fijo local en su red; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; el Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias; Decreto Supremo Nº 062-2003-MTC y la Resolucion Suprema Nº 022-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico. - Aprobar los criterios que rigen la aprobacion de la ampliacion de los planes minimos de expansion y su implementacion a cargo de los operadores que brinden servicios publicos de telefonia fija local a traves de tarjetas de pago, en sus diversas modalidades, mediante el codigo de numeracion 15XX y que no terminen trafico telefonico fijo local en su red, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese.

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