Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2005 (10/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 10 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Con hasta siete (7) frecuencias semanales para cada uno de los siguientes tramos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA MORDAZA Y/O LA PAZ Y VV. ­ GUAYAQUIL Y/O MORDAZA Y VV. ­ BOGOTA Y VV. ­ CARACAS Y VV.

2. De conformidad al "Acuerdo de Transporte Aereo entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Republica de Paraguay" del 6 de MORDAZA del 2001, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA ­ MORDAZA Y VV., hasta siete (7) frecuencias semanales. B) ESTADOS UNIDOS Y CENTROAMERICA: 1. De conformidad al "Acuerdo de Transporte Aereo entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de America" se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - MIAMI Y/O NEW MORDAZA Y/O LOS MORDAZA y VV., hasta veintiocho (28) frecuencias semanales. Con las siguientes frecuencias semanales para los siguientes tramos: MORDAZA - MIAMI Y VV., catorce (14) frecuencias semanales. MORDAZA - NEW MORDAZA Y VV., hasta siete (7) frecuencias semanales. MORDAZA - LOS MORDAZA Y VV., hasta siete (7) frecuencias semanales. 2. De conformidad con el "Acta de la Reunion de Consulta entre Autoridades Aeronauticas de la Republica Dominicana y Peru" del 11 y 12 de MORDAZA del 2002, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - PUNTA CANA Y VV., hasta dos (2) frecuencias semanales. C) EUROPA: 1. De conformidad al "Convenio entre la Republica del Peru y la Republica Federal de Alemania sobre Transporte Aereo" del 30 de MORDAZA de 1962, se concede: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - MORDAZA - FRANKFURT Y VV., hasta siete (7) frecuencias semanales. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", MORDAZA ­ Callao. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a LAN PERU S.A. deben estar provistas de sus Certificados de Matricula vigente, expedido ­de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, en los casos que LAN PERU S.A., realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cual-

quier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4º.- LAN PERU S.A. presentara mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 5º.- LAN PERU S.A. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 6º.- LAN PERU S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 7º.- El presente Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a LAN PERU S.A., queda sujeto a la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Articulo 8º.- Si la administracion verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- LAN PERU S.A. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93° de la Ley N° 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- LAN PERU S.A. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 11º.- LAN PERU S.A., queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados, con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 12º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 13º.- La realizacion de las operaciones de LAN PERU S.A. respecto de la presente autorizacion, esta condicionada a la aprobacion de las Especificaciones Tecnicas de Operacion correspondientes al Certificado de Explotador de Servicios Aereos Nº 006 que tiene vigente, para lo cual debera cumplir con todas las exigencias y requisitos de la Certificacion, en los terminos y condiciones establecidos por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 14º.- Declarar FUNDADA en parte, la oposicion presentada por la compania TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. ­ TACA PERU por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 15º.- Declarar INADMISIBLE la oposicion presentada por la compania MORDAZA CONTINENTE S.A., por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 06030

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