Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2005 (10/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 10 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Comandante FAP RAISER PATINO PATRONI MORDAZA MORDAZA Mayor FAP ALIBRANDI SALLERES MORDAZA MORDAZA Mayor FAP MORDAZA MORDAZA Max Paulo. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 3 Oficiales. Articulo 3º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- Los gastos de viaticos, pasajes, alojamiento y alimentacion, seran provistos por la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), no generando gastos al Tesoro Publico, salvo en lo referente a la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto. Articulo 5º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 07008

EDUCACION
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica, usurpacion de funciones y otros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0202-2005-ED MORDAZA, 29 de marzo de 2005 Visto, el Oficio Nº 1421-2004-PP/ED del Procurador Publico del Estado Encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, segun el Informe Especial Nº 001-2002-OAI/ DUSE-01-SJM, elaborado por el Organo de Auditoria Interna de la DUSE 01 - San MORDAZA de Miraflores, efectuado en el C. E. Nº 7098 "Rodrigo MORDAZA Bonilla", se advierte que con fecha 20 de agosto de 2002, se constituyo el Comite de Evaluacion, integrado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Batallanos, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dioni MORDAZA Puira y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para evaluar y proponer la Contratacion de la Auxiliar de Educacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, persona de confianza del Director MORDAZA MORDAZA Chachi MORDAZA, ya que se habia venido desempenando como su Secretaria particular, sin horario y ad honoren; Que, este Comite de Evaluacion declaro APTA a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y a merito de ello por Oficio Nº 170-2002-D-CN7098 "RLB""USE Nº 01", dirigido al Senor Director del Programa Sectorial Nº II de la Unidad de Servicios Educativos, el Director de dicho Centro Educativo, MORDAZA Chachi MORDAZA, propuso la contratacion. Posteriormente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con escrito de fecha 2 de diciembre de 2002, dirigido al Director de la USE 01-San MORDAZA de Miraflores, denuncia la falsificacion de su firma en dicha Acta, lo que evidencia la Comision del delito Contra la Fe Publica (en la modalidad de falsedad material); Que, por Oficio Nº 204-2002-D-CN7098"RLB""USE Nº 01", de fecha 12 de septiembre de 2002, dirigido al Director del Programa Sectorial II de la Unidad de Servicios Educativos Nº 01, el Director del mencionado Cen-

tro Educativo solicito el cambio de MORDAZA MORDAZA Nunjar MORDAZA, aduciendo que nunca habria trabajado en dicho Colegio, recomendando en su reemplazo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que existen evidencias que MORDAZA MORDAZA Nunjar, ha efectuado cobros indebidos en perjuicio del Estado, configurando el ilicito de cobro indebido, contemplado en el Art. 383º del Codigo Penal; Que, existen evidencias de la falsificacion de documento publico (falsedad ideologica), en concurso de delitos con el ilicito de Usurpacion de Funciones, ya que aparentemente MORDAZA MORDAZA Chachi MORDAZA, con fecha 4 de noviembre de 2002, habria remitido el Oficio Nº 103-02-CRLBVA-ECHM, solicitando la Nulidad de la Resolucion Directoral Nº 03138, que Aprobo, con efecto retroactivo, el contrato de MORDAZA MORDAZA por servicios personales, ya que este oficio presuntamente seria falso, por cuanto en aquella fecha el indicado Director no se encontraba ejerciendo dicho cargo. Caso contrario, de ser valida la firma, se configuraria el delito de Usurpacion de Funciones, previsto y penado en el Art. 361º del Codigo Penal; Que, por otro lado, de los actuados tambien se evidencia la configuracion del Pago Indebido, a favor de MORDAZA MORDAZA Nunjar MORDAZA, quien amparandose en la Resolucion Directoral USE 01 Nº03138, de fecha 11 de MORDAZA de 2002, emitido por el Director del Programa Sectorial II de la Unidad de Servicios Educativos Nº 01- San MORDAZA de Miraflores, con el cual se Aprobo el contrato por servicios personales, con efecto retroactivo a partir de 11 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2002, habria cobrado dinero del erario nacional, sin realizar trabajo efectivo, pese a que por Oficio Nº 658-2002-DUSE 01-AGAEPER, de fecha 12 de marzo de 2002, MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Director del Programa Sectorial II, USE 01-Cono Sur), le habria otorgado posesion de cargo, hechos que merecen ser investigados en sede penal; Que, conforme a lo opinado en el Informe Nº 4482005-ME/SG-OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica de este Ministerio, es necesario la interposicion de las acciones legales pertinentes; De conformidad con el Art. 47º de la Constitucion Politica del Estado y el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que interponga las Acciones Judiciales solicitadas, contra los implicados a que se refiere el Informe Nº 448-2005-ME/SG-OAJ, y que permitan determinar el grado de responsabilidad de los ilicitos cometidos en agravio del Estado. Sin perjuicio de las medidas cautelares que la Ley le faculta y que aseguren el pago de la reparacion civil. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica del Sector, los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 06994 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0203-2005-ED MORDAZA, 29 de marzo de 2005 Visto, el Oficio Nº 1421-2004-PP/ED del Procurador Publico del Estado Encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, por Informe Especial Nº 001-2002-CTAR-AYAC-DREA-USEC/OAI-J, elaborado por la Oficina de

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