Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2005 (20/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO 006 UNIDAD EJECUTORA 001 FUNCION 07 PROGRAMA 024 SUBPROGRAMA 0066 ACTIVIDAD 00164 FUENTE DE FINANCIAMIENTO

MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2005
: : : : : : : Gobierno Central Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil Defensa y Seguridad Nacional Defensa Contra Siniestros Defensa Civil Coordinacion del Sistema Nacional de Defensa Civil

Que, mediante Ley Nº 28427 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, mediante la Ley Nº 28382 se amplia hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96; Que, el numeral 3.3 de la Ley MORDAZA indicada, establece que las incorporaciones presupuestales de recursos de la citada linea de Credito seran aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y previa opinion de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, asimismo, la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, los recursos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno" provenientes del credito extraordinario permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion al MORDAZA de la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 442 y sus modificatorias, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 889 816,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a lo propuesto por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 066-2005EF/15, que aprueba la Directiva Nº 003-2005-EF/68.01 Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI; Que, la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres creada por Decreto Supremo Nº 0812002-PCM ha evaluado y priorizado la ejecucion de acciones a cargo de diversos pliegos presupuestarios para afrontar eficaz y eficientemente las tareas que en estas circunstancias les compete; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la Linea de Credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI y la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28562; DECRETA:

11 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO (En Nuevos Soles)

CATEGORIA DEL GASTO 6 GASTOS DE CAPITAL 7 Otros Gastos de Capital TOTAL EGRESOS

4 889 816,00 ------------4 889 816,00 ===========

Articulo 2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Articulo 3º.-Notas de Modificacion La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente MORDAZA, las mismas que seran aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego, debiendo presentar, MORDAZA de la Resolucion, dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 12930 DECRETO SUPREMO Nº 092-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Articulo 1º.- Autoriza Credito Suplementario Incorporase via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, hasta por la suma de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 889 816,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2002-PRES, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 009-2002PRES, 103-2002-PCM, 116-2002-EF y 017-2003-PCM, se constituye el Fondo de Inversiones para el Desarrollo de MORDAZA ­FIDA, conformado, entre otros, por el monto proveniente de la penalidad derivada del contrato celebrado entre la Empresa Minera del Centro del Peru Sociedad Anonima y la Compania Minera Antamina Sociedad Anonima, que sera abonado por esta MORDAZA y que se transferira, conforme a Ley, por el Tesoro Publico al Fondo de Inversiones; Que, en cumplimiento de lo senalado en el considerando precedente, los recursos provenientes de dicha penalidad se hicieron efectivos por parte de la Compania Minera Antamina Sociedad Anonima y el monto correspondiente fue depositado por la Direccion Nacional del Tesoro Publico en una cuenta especial en el Banco

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO 4.00 FINANCIAMIENTO 4.1.0 OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 4.1.1 OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO INTERNO 4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Credito Interno - Banco de la Nacion TOTAL DE INGRESOS 4 889 816,00 4 889 816,00

4 889 816,00 ------------4 889 816,00 ===========

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