Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2005 (20/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2005

PROYECTO NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 297309

Asimismo, seran publicados en la pagina web de OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe), el referido Proyecto Normativo, su Exposicion de Motivos y el Informe que sustenta los cargos de interconexion tope por terminacion de llamadas en las redes de los servicios moviles. Articulo Segundo.- Disponer un plazo de cuarenta (40) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios, respecto del Proyecto normativo referido en el articulo precedente, a la Gerencia de Comunicacion Corporativa y Servicio al Usuario de OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima), pudiendo remitirlos via fax al numero: (511) 475-1816 o mediante correo electronico a la direccion: sid@osiptel.gob.pe. En todos los casos, los comentarios deberan enviarse de acuerdo al formato establecido en el anexo adjunto a la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Politicas Regulatorias de OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Articulo Cuarto.- Convocar a Audiencia Publica para el dia 16 de setiembre de 2005, haciendo publica dicha convocatoria a traves de un diario de circulacion nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SAN MORDAZA ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo

ANEXO Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto de Resolucion publicado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 047-2005-CD/ OSIPTEL Articulo del Proyecto 1º 2º 3º 4º 5º 6º Comentarios Generales Otros comentarios Comentarios

PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº -2005-CD/OSIPTEL MORDAZA, de : : de 2005 Nº 00001-2004-CD-GPR/IX Fijacion de Cargos de Interconexion Tope por Terminacion de Llamadas en las Redes de los Servicios Moviles. Empresas operadoras de servicios publicos moviles (telefonia movil, sistemas de comunicaciones personalesPCS, MORDAZA multiples de seleccion automatica-troncalizado)

EXPEDIENTE MATERIA

ADMINISTRADOS :

VISTO: El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, mediante el cual se establecera los cargos de interconexion tope por terminacion de llamadas en las redes de los servicios moviles;

Que de acuerdo a lo establecido en el inciso g) del Articulo 8º de la Ley Nº 26285, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­OSIPTEL, tiene asignadas, entre otras, las funciones relacionadas con la interconexion de servicios en sus aspectos tecnicos y economicos; Que conforme a lo establecido en el Articulo 3º de la Ley Nº 27332- Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, OSIPTEL tiene, entre otras, la funcion normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ambito y materias de su competencia, normas de caracter general referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que de acuerdo con la normativa vigente, desde el inicio de la apertura del MORDAZA de telecomunicaciones del Peru, OSIPTEL ha establecido los cargos de interconexion tope, disponiendo su aplicacion a nivel nacional y con caracter general, a todas las empresas concesionarias que prestan los respectivos servicios sujetos a los cargos tope establecidos; Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL publicada en el diario oficial El Peruano el dia 25 de diciembre de 2003 se aprobo el "Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope", en cuyo Articulo 7º se detallan las etapas y reglas a que se sujeta el procedimiento de oficio que inicie OSIPTEL; Que en el Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion - aprobado mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL y publicado en el diario oficial El Peruano el dia 07 de junio de 2003 - se definen los conceptos basicos de la interconexion, y se establecen las normas tecnicas, economicas y legales a las cuales deberan sujetarse: a) los contratos de interconexion que se celebren entre operadores de servicios publicos de telecomunicaciones; y, b) los pronunciamientos sobre interconexion que emita OSIPTEL; Que el Numeral 46 de los Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de las Telecomunicaciones en el Peru, aprobados por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, senala que para el establecimiento de los cargos de interconexion, se obtendra la informacion sobre la base de: a) la informacion de costos, proporcionados por las empresas; b) en tanto y en la medida que no sea posible lo primero, para el establecimiento de los cargos, se utilizaran mecanismos de comparacion internacional, tomando en cuenta las mejores practicas de la region, adaptada a la realidad de Peru; y c) como complemento podra considerarse tambien la simulacion de una empresa eficiente, que recoja los parametros de la realidad peruana; Que mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 052-2004-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04 de MORDAZA de 2004, se dio inicio al procedimiento de oficio para la fijacion del cargo o los cargos de interconexion tope por terminacion de llamadas en las redes de los servicios moviles; Que dicha Resolucion fue notificada a las empresas operadoras de servicios moviles: Telefonica Moviles S.A.C., BellSouth Peru S.A., TIM Peru S.A.C. y Nextel del Peru S.A., otorgando un plazo de ochenta (80) dias habiles, para que presenten sus propuestas de cargos de interconexion tope por terminacion de llamadas en las redes de los servicios moviles conjuntamente con sus respectivos estudios de costos; Que MORDAZA de la finalizacion del plazo senalado en el considerando anterior, la empresa operadora Nextel del Peru S.A. remitio su propuesta de cargo y su estudio de costos, en tanto que las empresas operadoras Telefonica Moviles S.A.C., BellSouth Peru S.A. y TIM Peru S.A.C., solicitaron a OSIPTEL la ampliacion del plazo de entrega del estudio de costos y de sus propuestas de cargos de interconexion tope; Que en atencion a dicho pedido, mediante Resolucion de Presidencia Nº 144-2004-PD/OSIPTEL del 12 de noviembre de 2004, se concedio un plazo adicional de sesenta (60) dias habiles a las empresas Telefoni-

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