Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2005 (20/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
Pliego Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento

Pag. 297237
458 : Gobierno Regional del Departamento MORDAZA 7 252 000,00 007 : Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca 7 252 000,00 09 15 : Recursos Directamente Recaudados : Fondo de Compensacion Regional TOTAL 120 000,00 7 132 000,00 =========== 14 457 918,00 ===========

Transferencia de Recursos Presupuestales de los Proyectos Especiales Chinecas y Binacional Lago Titicaca de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, al INADE
DECRETO SUPREMO Nº 094-2005-EF

A

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Seccion Primera : Gobierno Central 313 : Instituto Nacional de Desarrollo 007 : Chinecas 09 15 : Recursos Directamente Recaudados : Fondo de Compensacion Regional 14 457 918,00 7 205 918,00 1 060 438,00 6 145 480,00 7 252 000,00 120 000,00 7 132 000,00 =========== 14 457 918,00 ===========

CONSIDERANDO:
Pliego

Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2004PCM se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el Ano Fiscal 2004"; Que, los Presupuestos de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA para el Ano Fiscal 2005 han considerado los recursos presupuestales de los Proyectos Especiales Chinecas y Binacional Lago Titicaca, respectivamente, incluyendo los montos asignados mediante la Ley Nº 28427 ­ de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005; Que, el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 28562 - Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, dispone que en tanto no se ejecute la transferencia a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se transfiera al Pliego Instituto Nacional de Desarrollo (INADE), los saldos presupuestales de los Proyectos Especiales Chinecas y Binacional Lago Titicaca, de los Presupuestos Institucionales para el Ano Fiscal 2005 de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente; Que, el numeral 11.2 del articulo 11º de la Ley Nº 28562, faculta al Poder Ejecutivo para que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, realice las modificaciones presupuestarias, y demas acciones que MORDAZA necesarias; Que, a la fecha no se ha aprobado la transferencia de la administracion de los Proyectos Especiales Chinecas y Binacional Lago Titicaca del Instituto Nacional de Desarrollo a los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0382004-PCM, por lo que, es necesario efectuar la transferencia de los recursos presupuestados a los citados Proyectos Especiales, con la finalidad de continuar con la ejecucion de acciones y obras previstas por dichos proyectos especiales; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 11.2 del articulo 11º de la Ley Nº 28562; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de Transferencia de Recursos Autorizase la transferencia de recursos presupuestales, en el Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, hasta por la suma de CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA y SIETE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 457 918,00), por toda fuente de financiamiento, de acuerdo al siguiente detalle:
DE Seccion MORDAZA Pliego Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento : Instancias Descentralizadas 441 : Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA 7 205 918,00 004 : Proyecto Especial Chinecas 7 205 918,00 09 15 : Recursos Directamente Recaudados : Fondo de Compensacion Regional 1 060 438,00 6 145 480,00 (En Nuevos Soles)

Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento

Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento

014 : Binacional Lago Titicaca 09 15 : Recursos Directamente Recaudados : Fondo de Compensacion Regional TOTAL

Dicha transferencia se detalla en el Anexo 1 que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Obligaciones de Desagregar las Partidas de Ingresos Los Pliegos Habilitadores y el Pliego habilitado comprendidos en el presente dispositivo legal desagregan, en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la transferencia de recursos presupuestales dispuesta en el articulo precedente, a nivel de Categoria del Ingreso, Generica del Ingreso, Subgenerica del Ingreso y Especifica del Ingreso. Los citados Anexos son presentados a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico dentro de los cinco (5) dias siguientes de aprobado el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en el presente Dispositivo Legal, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, asi como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 4º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente MORDAZA legal. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 12933

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