Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2005 (30/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 30 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES
Potencia Nominal del Transmisor Ubicacion de la Estacion Estudios : Video: 2 Kw Audio: 0.2 Kw

Pag. 305247
: Esquina MORDAZA MORDAZA y Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 1099 - MORDAZA MORDAZA, distrito, provincia y departamento de Lima. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste : 77° 02' 15" Latitud Sur : 12° 04' 40" : Cerro MORDAZA, distrito, provincia y departamento de Ica. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste : 75° 47' 06.7" Latitud Sur : 13° 59' 14.3" : El area comprendida dentro del contorno de 68 dBµV/m

Renuevan autorizacion a Compania Peruana de Radiodifusion S.A. para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en VHF en la , provincia de Ica
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 564-2005-MTC/03
MORDAZA, 22 de noviembre del 2005

Planta

MORDAZA de Servicio

VISTA, la Solicitud Registro Nº 2001-012483, presentada por la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., sobre renovacion de autorizacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito, provincia y departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 220-99-MTC/ 15.03, del 11 de junio de 1999, se autorizo a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., por el plazo de diez (10) anos, y en periodos sucesivos, la operacion de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion por television en VHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica. Con vencimiento el 28 de diciembre de 2001; Que, conforme el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, el articulo 205º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener la renovacion de la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es necesario cumplir con los requisitos que en dicha MORDAZA se detalla, MORDAZA aplicable en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television; asimismo debe acompanarse el proyecto de comunicacion, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones opina mediante Informe Nº 1119-2005MTC/17.01.ssr, que la estacion autorizada a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., se encuentra en aptitud tecnico y legal para continuar operando el servicio de radiodifusion, cumple con los requisitos tecnicos y legales correspondientes, por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovacion presentada por la citada empresa, incluyendose la adecuacion del MORDAZA de emision conforme a lo establecido en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobados por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Servicio Frecuencia/Canal : TV-VHF : MORDAZA 5 BANDA I FRECUENCIA VIDEO: 77.25 MHz FRECUENCIA AUDIO: 81.75 MHz : OAY-5B : Video: 5M45C3F Audio: 50K0F3E

Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, en consecuencia vencera el 28 de diciembre de 2011. La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 20209

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la provincia de Ilo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 566-2005-MTC/03
MORDAZA, 23 de noviembre del 2005 VISTO, el Expediente Nº 2004-014021 presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en la localidad de Ilo, del distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de las modalidades, se requiere de autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television establece que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Asimismo, senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 183º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicha MORDAZA se detallan, asimismo debe presentarse la documentacion que permita verificar el cumplimiento del articulo 25º del Reglamento de la Ley de Radio y Television; normas aplicables en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, mediante Informe Nº 1142-2005-MTC/17.01.ssr, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, senala que la solicitud presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos

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