Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2005 (30/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 30 de noviembre de 2005
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION JEFATURAL Nº 1121-2005-JEF/RENIEC

Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LECHUGAS MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ALCOCER MAYORIA o MORDAZA MORDAZA MAYORIA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MARIELLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MARIELLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones en los documentos, se presentaron a solicitar inscripcion en el entonces Registro Electoral y/o Registro Unico de Identificacion; Que, realizada la verificacion documental correspondiente, se tiene que los datos proporcionados por los ciudadanos MORDAZA citados son inexactos y/o inexistentes, determinandose la falsedad de los mismos; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LECHUGAS MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ALCOCER MAYORIA o MORDAZA MORDAZA MAYORIA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MARIELLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MARIELLA MORDAZA MORDAZA RUIZ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LECHUGAS MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ALCOCER MAYORIA o MORDAZA MORDAZA MAYORIA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MARIELLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MARIELLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 20191

MORDAZA, 8 de noviembre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1646-2005-GP/SGDAC/RENIEC y el Informe Nº 1156-2005-GAJ/RENIEC de fecha 26 de setiembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, ha detectado que los ciudadanos SISTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LADRON DE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones obtuvieron, ante el entonces Registro Electoral y/o Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, inscripciones a nombre de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, utilizando para tal fin sustentos que no les pertenecen, haciendo introducir de esta forma datos falsos en instrumento publico, esto es el Registro; Que, mediante los Informes Periciales practicados en cada uno de los casos, los mismos que se encuentran anexos a los documentos del visto, se concluye que los ciudadanos SISTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LADRON DE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA han usurpado la identidad de los verdaderos ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MUNOZ; Que, aun cuando se ha procedido administrativamente, esto es la exclusion definitiva de las inscripciones obtenidas en forma irregular, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra SISTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LADRON DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra SISTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LADRON DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por la comision del delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 20190

RESOLUCION JEFATURAL Nº 1127-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 8 de noviembre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1815-2005-GP/SGDAC/RENIEC, los Informes Nºs. 478, 477 y 447-2005-GP-SGDAC-HYC/

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