Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2005 (30/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de noviembre de 2005

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de modulos educativos para la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA RESOLUCION Nº 2662-2005-R-UNI
Chosica, 11 de noviembre del 2005 VISTO el Oficio Nº 549-2005-VR-ADM, del 11 de noviembre del 2005, del Vicerrectorado Administrativo de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, solicitando se emita resolucion autorizando el MORDAZA de estandarizacion y la autorizacion a la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica Nº 0004-2005UNE ­ ADQUISICION DE MODULOS EDUCATIVOS PARA EL PABELLON DE ELECTRONICA Y TELECOMUNICACIONES DE LA FACULTAD DE TECNOLOGIA A PRECIO CIF. CONSIDERANDO: Que con Resolucion Nº 2641-2005-R-UNE, del 9 de noviembre del 2005, se modifico e incluyo en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional de Educacion Enr ique MORDAZA y MORDAZA, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2005, el MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica Nº 0004-2005-UNE ADQUISICION DE MODULOS EDUCATIVOS PARA EL PABELLON DE ELECTRONICA Y TELECOMUNICACIONES DE LA FACULTAD DE TECNOLOGIA A PRECIO CIF; Que mediante el Informe Tecnico del Laboratorio de Telecomunicaciones Avanzadas del Depar tamento Academico de Electronica y Telecomunicaciones de la FATEC, se sostiene que desde el ano 1996 se viene utilizando el Laboratorio de Electronica General de MORDAZA DEGEM SYSTEMS, compuesto por 17 cursos, entre ellas Fundamentos de Telecomunicaciones AM/FM y que actualmente se encuentra completamente operativo al servicio de los regimenes regular y semipresencial y que durante los 9 anos de uso los equipos no han presentado problemas de diseno, incompatibilidad de software y de hardware, fragilidad de partes, desvanecimiento de las MORDAZA o simbolos de identidad y prueba. En la propuesta pedagogica no se ha observado dificultades que impidan el cumplimiento de los objetivos academicos. Asimismo, los componentes del laboratorio interactivo de electronica son robustas que han trabajado desde hace 9 anos y se proyecta unos 10 anos mas, debido a que la empresa proveedora las actualizo el ano pasado, sin costo alguno para la institucion; Que el Laboratorio de Telecomunicaciones Basicas de MORDAZA MORDAZA NULLE, se instalo en el ano 2004 para el desarrollo de las tematicas relacionadas con las tecnicas modulacion y demodulacion utilizadas en las telecomunicaciones modernas. Con operatividad parcial al servicio de los alumnos del regimen regular, en el ano y medio de uso se ha observado incompatibilidad de software y hardware, fragilidad en los componentes, puntos de pruebas limitados y recalentamiento de la unidad principal UNITRAIN, lo que dificulta el cumplimiento academico y la propuesta pedagogica es muy limitada; Que conforme a la definicion 24 del anexo del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la estandarizacion es el MORDAZA de racionalizacion consistente en ajustar a un determinado MORDAZA de modelo de bienes o servicios a adquirir o contratar, en atencion a los equipamientos preexistentes; Que en consecuencia, la estandarizacion es un procedimiento por el cual se circunscribe la adquisicion o contratacion de un bien, a un especifico modelo de referencia o estandar, que reuna las caracteristicas que la entidad requiere y que se adecua a la infraestructura o soporte de la entidad; Que en el presente caso, conforme a lo detallado en el Informe Tecnico, que forma parte integrante del expediente, la adquisicion del Laboratorio de

Telecomunicaciones Avanzadas de la MORDAZA israeli DEGEM SYSTEMS, reune las caracteristicas que requiere de manera especifica la Facultad de Tecnologia de la UNE, por razones de orden tecnico y pedagogico y por adecuarse al equipamiento preexistente del Laboratorio de Electronica de MORDAZA DEGEM SYSTEMS, constituido por siete estaciones de trabajo que vienen funcionando satisfactoriamente desde hace mas de nueve anos, teniendo conforme lo senala el informe tecnico una proyeccion para los proximos 10 anos; Que de conformidad a lo establecido en el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisciones del Estado, "solo sera posible solicitar una MORDAZA o MORDAZA de producto determinado cuando ello responda a un MORDAZA de estandarizacion debidamente sustentado de acuerdo a los lineamientos establecidos para tal efecto mediante Directiva de CONSUCODE bajo responsabilidad del titular" y lo senalado en la Resolucion Nº 233-2005-T-C-SU, del 18 de marzo del 2005, "La estandarizacion sobre la base de una MORDAZA o MORDAZA de producto determinado constituye una restriccion al MORDAZA de libre competencia. En tal sentido, la estandarizacion de una MORDAZA determinada, al restringir el derecho de participacion en los procesos de adquisicion del Estado por parte de los potenciales postores, es un supuesto de aplicacion excepcional que debe ser administrado cuidadosamente teniendo en cuenta fundamenos tecnicos objetivos"; Que en lo referente a los fundamentos tecnicos objetivos para la estandarizacion han sido expuesto en el Informe Tecnico del Laboratorio de Telecomunicaciones Avanzadas, presentada por el Jefe del Departamento Academico de Electronica y Telecomunicaciones de la Facultad de Tecnologia de la UNE, mediante el cual se sustenta la necesidad de adquirir los modulos educativos y equipos de la MORDAZA DEGEM SYSTEMS, en atencion a las caracteristicas que requiere de manera especifica la Facultad de Tecnologia de la UNE, por razones de orden tecnico y pedagogico, asi como por adecuarse al equipamiento preexistente del Laboratorio de Electronica de la mencionada marca; Que mediante Oficio Nº 1159-2005-OP-OCAyC-UNE, la Jefa de la Oficina de Programacion de la UNE, senala que la empresa MORDAZA INGENIERIA S.A. es la unica proveedora de los modulos educativos y/o laboratorio de Telecomunicaciones Avanzadas de la MORDAZA israeli DEGEM SYSTEMS LTD conforme se puede apreciar de la MORDAZA presentada por la empresa, por lo que se concluye que seria la unica empresa que puede efectuar la prestacion consistente en la venta del objeto materia de adquisicion en el presente caso; Que conforme a lo estipulado en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la contratacion de servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, se encuentra exonerada de los procesos de seleccion, procediendo su contratacion mediante acciones inmediatas, de acuerdo al articulo 20º de la citada norma; Que con Opinion Legal Nº 404-2005-OAL/UNE, del 11 de noviembre del 2005, el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la UNE, opina que se debe declarar procedente estandarizar la adquisicion del Laboratorio de Telecomunicaciones Avanzadas en la adquisicion de equipamiento de MORDAZA DEGEM SYSTEMS y exonerar el MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica Nº 0004-2005UNE ­ ADQUISICION DE MODULOS EDUCATIVOS PARA EL PABELLON DE ELECTRONICA Y TELECOMUNICACIONES DE LA FACULTAD DE TECNOLOGIA A PRECIO CIF, por la causal de servicio que no admite sustituto y existe proveedor unico, hasta por un monto de novecientos mil nuevos soles (S/. 900,000.00) incluido todo MORDAZA de tributos, en consecuencia es procedente tambien la contratacion mediante acciones inmediatas con la Empresa MORDAZA INGENIERIA S.A.; Que estando a lo solicitado por el Vicerrectorado Administrativo, a lo opinado por el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal y a lo dispuesto por la autoridad universitaria, se expide la presente resolucion; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 33° de la Ley N° 23733 - Ley Universitaria, concordante con los articulos 19º, 21º y 27° del Estatuto de la UNE y los alcances de la Resolucion N° 06-2003-AU-UNE, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario;

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