Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2005 (26/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 26 de setiembre de 2005

Ar ticulo 2°.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las nor mas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 16039

Ministerio de Salud, hasta por un periodo de treinta (30) dias naturales, el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento: "Prohibicion del Asbesto en todas sus variedades y regulacion de los procesos de remocion de Asbesto". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 16386

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan concesion a persona natural para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el departamento de Ucayali
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 656-2005-MTC/03
MORDAZA, 21 de setiembre de 2005 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 066564 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABREJOS MORDAZA para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, en los distritos de Calleria y Yarinacocha, de la provincia de MORDAZA Portillo, del departamento de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 126º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 93º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el ser vicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico; Que, mediante Informes Nºs. 187 y 295-2005-MTC/ 17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del ser vicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, es procedente la solicitud formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABREJOS RODRIGUEZ; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 040-2004-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones;

SALUD
Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento "Prohibicion del Asbesto en todas sus variedades y regulacion de los procesos de remocion de Asbesto" en el MORDAZA de internet
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 717-2005/MINSA
MORDAZA, 22 de setiembre del 2005 Visto el Expediente Nº R059875-05, que contiene el Oficio Nº 5822-2005/DG/DIGESA, de la Direccion General de Salud Ambiental; CONSIDERANDO: Que, el Asbesto es un nombre dado a un grupo de minerales de origen natural, que se utilizan en la produccion de varios productos, como los materiales de construccion y los frenos de automoviles, con el fin de resistir al calor y la corrosion, y cuya exposicion en los trabajadores que lo manipulan puede provocar serias enfermedades en los pulmones y en otros organos que pueden no aparecer hasta anos despues de ocurrir la exposicion; Que, siendo mision del Ministerio de Salud, proteger la dignidad personal, promoviendo la salud, previniendo las enfermedades y garantizando la atencion integral de todos los habitantes del MORDAZA, proponiendo y conduciendo los lineamientos de las politicas sanitarias en concertacion con todos los sectores publicos y actores sociales, la Direccion General de Salud Ambiental en coordinacion con el Instituto Nacional de Salud y la Comision Nacional del Medio Ambiente, ha elaborado un proyecto de Decreto Supremo que tiene por objeto reglamentar la prohibicion del Asbesto en todas sus variedades, ademas de establecer medidas minimas de prevencion, proteccion y vigilancia frente a los riesgos derivados de su exposicion en los lugares de trabajo y el ambiente en general; Que, en tal sentido, resulta conveniente poner a disposicion de la opinion publica interesada el mencionado proyecto, con la finalidad de recepcionar las sugerencias o recomendaciones que pudieran contribuir a su perfeccionamiento; Estando a lo informado por la Direccion General de Salud Ambiental; Con las visaciones del Viceministro de Salud, del Director General de la Direccion General de Salud Ambiental y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique en el MORDAZA de Internet del

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