Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2006 (08/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, sabado 8 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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A este monto calculado se le agregaran los siguientes conceptos: d.1.) El 50% de la prima correspondiente al mes que se cierra, siempre que la cobertura del seguro no se inicie el primer dia del mes; d.2.) El 100% de las primas registradas contablemente y que corresponden a los siguientes meses de vigencia. Factor de caducidad Articulo 5º.- El factor de caducidad (FC) es una ponderacion aplicada al universo de asegurados no activos durante cada ano y refleja la probabilidad de que dichos trabajadores decidan no continuar contratando el seguro de MORDAZA de trabajadores. El FC tomara un valor de 10% y se aplicara a los asegurados no activos que sobreviven cada ano:

l x +1 = (l x - d x )* (1 - FC )
donde: lx = Numero de asegurados que sobreviven al iniciar el ano x dx = Numero de asegurados que fallecen durante el ano x Despues de transcurridos dos (2) anos, las empresas podran aplicar un FC diferente al establecido en el presente articulo, debiendo presentar de manera previa ante esta Superintendencia la metodologia que lo sustente. Las empresas deberan tener a disposicion de esta Superintendencia la informacion relacionada al calculo del FC. Registro contable de las reservas Articulo 6º.- Las reservas mencionadas en los articulos precedentes deben ser calculadas mensualmente considerando el total de las obligaciones vigentes y registradas en los codigos contables que para tal efecto tiene asignados el catalogo del Plan de Cuentas para empresas del sistema asegurador, aprobado por Resolucion SBS Nº 348-95, en las cuentas 2601 "Reserva tecnica de siniestros reportados de primas de seguros", 2602 "Reserva tecnica de siniestros ocurridos y no reportados" y 2703 "Reserva matematica de MORDAZA de primas de seguros". En caso que, a la fecha de constitucion de las r e s e r va s r e fe r i d a s e n e l p a r r a fo a n t e r i o r, l a s empresas mantengan vigentes contratos de reaseguro proporcional que amparen el seguro de MORDAZA de trabajadores los importes correspondientes a la cesion deben registrarse en las cuentas 2605 "Reserva tecnica de siniestros de primas cedidas" y 2706 "Reservas matematicas de MORDAZA de primas cedidas", segun corresponda. Finalmente, las empresas que acepten reaseguros del seguro de MORDAZA de trabajadores, utilizaran las cuentas 2603 "Reserva tecnica de siniestros reportados de reaseguro aceptado" y 2704 "Reserva matematica de MORDAZA de reaseguro aceptado" segun corresponda. Normas para la contratacion del seguro Articulo 7º.- La contratacion del seguro de MORDAZA par a t ra b a j a d o re s se s ujetar a a las s iguientes consideraciones: a) En el caso de seguros en grupo las empresas de seguros entregaran certificados de seguros a los asegurados materia del contrato, y polizas de seguro cuando se trate de seguros individuales, de conformidad con la normatividad vigente. En el caso de los certificados de seguros, las empresas deben emitir los certificados de seguro necesarios segun el numero de asegurados de la poliza, de acuerdo con la informacion que para tal efecto proporcione el contratante del seguro. Dichos documentos deben ser entregados en un plazo MORDAZA de quince (15) dias desde la fecha de aceptacion de la solicitud del seguro por parte de la empresa de seguros.

b) Las empresas de seguros deberan informar a los asegurados activos, a traves de los certificados de seguros, respecto al plazo que tendran, luego de ocurrido el cese, para contratar la poliza de seguro correspondiente. c) Las empresas de seguros proporcionaran oportunamente a los asegurados no activos la informacion sobre los procedimientos necesarios para la renovacion de la poliza. d) El pago de las primas para asegurados no activos se realizara de acuerdo con la periodicidad convenida entre las par tes, y, en todo caso, el asegurado o su representante dispondra de un plazo no menor a quince (15) dias utiles MORDAZA de la fecha de vencimiento estipulada, para efectuar el pago de la prima. En caso la compania de seguros opte por modificar las condiciones de pago, estas deberan ser comunicadas al asegurado con una anticipacion no menor a treinta (30) dias calendario, indicando la fecha o el momento, a partir del cual, la modificacion entrara en vigencia. En el supuesto que no exista acuerdo entre las partes para la modificacion de las condiciones de pago de las primas, se mantendra la condicion pactada inicialmente. e) El MORDAZA de contratacion del seguro de MORDAZA para asegurados activos y no activos, se sujetara a los procedimientos que, de manera general, se hayan establecido para los demas productos de seguros de MORDAZA, que comercializan las empresas. Informacion a esta Superintendencia Articulo 8º.- Las empresas deberan presentar con periodicidad semestral y conjuntamente con los estados financieros, la informacion que se indica a continuacion:
Anexo Nº 1: Seguro de MORDAZA trabajadores - D. Leg. 688

Las empresas tendran permanentemente a disposicion de esta Superintendencia la informacion y/o documentacion que sustente el contenido del anexo citado anteriormente. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Plazo MORDAZA para la constitucion de la reserva Para la constitucion de la reserva matematica a que se refiere el literal c) del articulo 4º, correspondiente a las polizas de los asegurados no activos, vigentes a la fecha de publicacion de la presente MORDAZA, las empresas deberan considerar los siguientes plazos maximos:
Al 31 de MORDAZA de 2006 ............................................... 25% Al 31 de diciembre de 2006 ........................................ 50% Al 31 de diciembre de 2007 ........................................ 75% Al 31 de diciembre de 2008 ...................................... 100%

En este sentido, las empresas podran constituir la indicada reserva por porcentajes mayores e incluso por el total de la misma, con anterioridad a los plazos maximos MORDAZA indicados. La reserva correspondiente a las polizas de trabajadores no activos emitidas con fecha posterior a la vigencia de la presente MORDAZA, debera sujetarse a las disposiciones senaladas en el articulo 4º, no siendoles de aplicacion el cronograma citado anteriormente.
ANEXO Nº 1 SEGURO DE MORDAZA DE TRABAJADORES - D. LEG. Nº 688 Al ....... de ......................................... de ............ E pead sg r s... ... ... ... ... ... ... m rs e e uo: ... ... ... ... ... ... ...
MORDAZA de trabajador asegurado A. Activos - Empleados - Obreros - Obreros alto riesgo Numero (1) Reserva Reserva Reserva matematica matematica matematica total cedida retenida (4) (5) (6)

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