Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2006 (08/04/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de MORDAZA de 2006

Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, senala que el Tribunal del CONSUCODE impondra la sancion administrativa de suspension o inhabilitacion al proveedor, postor o contratista que contrate con el Estado, estando impedido para ello, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 9º de la Ley, o al que preste documentos falsos o Declaraciones Juradas con informacion inexacta a las entidades o al CONSUCODE; Que, de lo indicado en los parrafos precedentes, se concluye que la celebracion del contrato de fecha 27 de agosto de 2004, suscrito entre la Municipalidad de Miraflores y la empresa CIA. Quimica Industrial MORDAZA EIRL., como consecuencia de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0008-2004-CEP, para la adquisicion de bienes de Aseo y Limpieza, adolece de nulidad por contravenir los literales c) y d) del Articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 26º del precitado Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, despues de celebrados los contratos, la MORDAZA autoridad administrativa solo podra declarar la nulidad por efecto de la contravencion a l ar t iculo 9 º d e l a L ey, s iendo dic ha fac ultad indelegable; Estando a lo informado por la Gerencia Legal, mediante Informe Nº 309-2006-GLEG/MM de fecha 3 de abr il del 2006; y, en uso de las atr ibuciones conferidas por el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y la normatividad citada; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad de oficio del contrato para la adquisicion de bienes de Aseo y Limpieza de fecha 27 de agosto de 2004, suscrito entre la Municipalidad de Miraflores y la empresa CIA. Quimica Industrial MORDAZA EIRL., derivado de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0008-2004-CEP/MM, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Notificar la presente Resolucion al contratista CIA. Quimica Industrial MORDAZA EIRL., conforme a Ley. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del Tribunal CONSUCODE el contenido de la presente Resolucion, para que proceda conforme al Articulo 210º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo Cuarto.- Disponer que la Procuraduria Publica Municipal inicie las acciones legales pertinentes a que hubiere lugar. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06280

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 001-2006-MPL/CPL-CPDA, de la Comision Permanente de Desarrollo Administrativo; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y su modificatoria, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 36º de la Ley Nº 27972, senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social; Que, mediante la Ordenanza Nº 125-MPL, publicada el 7 de diciembre del 2003 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobo la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 72-2005MPL, se aprobo el Plan Operativo Institucional 2006, dentro del cual estan comprendidas las diferentes actividades de la Gerencia de Desarrollo Humano, siendo una de ellas, desarrollar el Programa de la Tarjeta VPP; En uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modificar el Capitulo IX de los Programas Municipales, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, aprobado mediante la Ordenanza Nº 125-MPL, incorporandose el siguiente articulo: Articulo 89 ­ A.- Crease el Programa Municipal de la Tarjeta del Vecino Puntual de Pueblo Libre "Tarjeta VPP", cuya competencia comprende, la administracion del sistema de reconocimiento de los contribuyentes que realizan sus pagos puntualmente; la canalizacion de c ons ult as y r ec lam os de ac c ion inm ediat a, pr ovenient e de los c ont r ibuy ent es y v ec inos , coordinando con las unidades organicas competentes y promover la integracion de los negocios del distrito con los vecinos. El Programa de la Tarjeta VPP, es supervisado por la Gerencia de Desarrollo Humano, existiendo un coordinador encargado de las funciones correspondientes: Son funciones del Programa de la Tarjeta VPP: a) Administrar, ejecutar y controlar el sistema de reconocimiento de los contribuyentes que realizan sus pagos puntualmente; en cuanto a su organizacion, orientacion, inscripcion y registro. b) Proponer y ejecutar politicas de captacion de afiliados al sistema de atencion personalizada y recuperacion de contribuyentes que hayan perdido la afiliacion. c) Orientar, canalizar y atender en forma preferente al contribuyente en aspectos relacionados a los servicios que brinda la Municipalidad. d) Proponer y ejecutar politicas de interrelacion de contribuyentes y negocios a nivel distrital, nacional e internacional. e) Disenar politicas de atencion preferente para los contribuyentes que MORDAZA oportunamente sus tributos. f) Administrar la informacion que se procese en el sistema informatico con que cuente la unidad organica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. g) Proponer el diseno de los procesos y procedimientos de su unidad organica en coordinacion con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. h) Informar mensualmente al Gerente de Desarrollo Humano, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. i) Cumplir con las demas funciones delegadas por el Gerente de Desarrollo Humano. Articulo Segundo.- Trasladar organicamente la Division de Defensa Civil, actualmente en la Gerencia de

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 214-MPL
Pueblo Libre, 30 de marzo del 2006. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE

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