Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2006 (01/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 311734
DEBE DECIR:
Medio Empresa El Comercio Escrito Correo La Republica USUARIO OCA 59.157,31 35.873,15 62.905,26 3.534,30 161.470,02 38.712,13 20.100,53 58.812,66 220.282,68 50.494,08 232.602,47 25.247,04 93.949,82 31.873,27 182.108,39 33.662,72 16.831,36 68.702,78 25.247,04 31.873,27 EUPG 82.833,13 52.778,88 46.496,38 17.996,52 12.858,42 CEPREVI 50.706,26 EUDED 19.014,85

NORMAS LEGALES
VISTO:
TOTAL PROLICED 26.239,50 GENERAL

MORDAZA, miercoles 1 de febrero de 2006

Todo Sport SUB TOTAL S/. RPP Radio CPN LA MEGA SUB TOTAL S/. TOTAL GENERAL S/.

26.239,50

470.393,96

26.239,50

134.553,78 604.947,74

El escrito de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Ferrari MORDAZA contra la Resolucion de Gerencia de Titulacion Nº 114-2005-COFOPRI/GT del 17 de junio de 2005, que declaro el mejor derecho de posesion en favor de MORDAZA MORDAZA Ocharan Ferrari y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto del lote 14, manzana "O" del Centro Poblado "Cerro MORDAZA Cercado", ubicado en el distrito de Cerro MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA con el Codigo Nº P17019249, en adelante "el predio", y con el informe oral de los abogados patrocinantes de las partes; y, CONSIDERANDO: 1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instalo el ahora denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, organo de resolucion de MORDAZA y MORDAZA instancia con competencia a nivel nacional, que conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados con las competencias de la COFOPRI, de acuerdo con lo establecido por el articulo 15º del Reglamento de Normas que regulan la organizacion y funciones de los organos de COFOPRI responsables del conocimiento y solucion de medios impugnatorios1 , razon por la cual la Gerencia de Titulacion, ha remitido el expediente a este Tribunal para que sea resuelto. 2. Que, de acuerdo con el numeral 3.1) del articulo 3º de la "Ley de la Formalizacion de la Propiedad Informal de Terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares"2 , las Municipalidades Provinciales en el ambito de sus circunscripciones territoriales, asumen de manera exclusiva y excluyente la competencia correspondiente a la formalizacion de la propiedad informal hasta la inscripcion de los respectivos titulos de propiedad; en concordancia con lo previsto por el numeral 1.4) del articulo 73º y numeral 1.4.3) del articulo 79º de la "Ley Organica de Municipalidades"3 . 3. Que, en virtud con lo dispuesto por el articulo 7º de la citada Ley de la Formalizacion de la Propiedad Informal, la Municipalidad Provincial de Canete y COFOPRI han suscrito el respectivo Convenio a traves del cual se delegan a esta MORDAZA las facultades de formalizacion de la propiedad, previstas en el numeral 1.4 del articulo 73º y el numeral 1.4.3 del articulo 79º de la referida Ley Organica de Municipalidades, incluyendo ademas, la solucion de los conflictos de intereses originados durante el procedimiento de fomalizacion 4. Que, mediante escrito de apelacion del 28 de junio de 2005 (fojas 269), MORDAZA MORDAZA Ferrari MORDAZA manifiesta que el derecho de propiedad esta protegido por las distintas normas nacionales y supranacionales, razon por la cual advierte que "el predio" fue adquirido por su fallecido padre MORDAZA Ferrari MORDAZA, mediante Escritura Publica de Compraventa del 6 de MORDAZA de 1929 y como heredero le corresponde el derecho de propiedad de "el predio". Asimismo, senala que en la via administrativa no es posible vulnerar los derechos al debido MORDAZA y de propiedad reconocidos constitucionalmente. Refiere ademas, que se ha cumplido con los pagos correspondientes a los tributos municipales, con lo que acredita el derecho de propiedad de su finado progenitor. Finalmente, alega que en el

Articulo Segundo.- De acuerdo a la rectificacion senalada en el articulo precedente, precisar que los medios de comunicacion a contratar son: El Comercio, Correo, La Republica, Todo Sport, RPP, CPN y la Mega. Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General de la Universidad tramite la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares remita MORDAZA de la presente resolucion y del Oficio Nº 001-2006-OPEOCLSA-UNFV, que sustenta la rectificacion realizada a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como su publicacion en forma electronica, a traves del SEACE. Articulo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, asi como la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIANA MORDAZA Rector MORDAZA VELASCO VALDERAS Secretaria General 01852

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COFOPRI
Confirman la Res Nº 114-2005COFOPRI/GT, que declaro mejor derecho de posesion respecto de lote ubicado en el distrito de Cerro MORDAZA, provincia de Canete
EXPEDIENTE Nº 2005-061-COFOPRI/TAP CUANDO NO SE MORDAZA ACREDITADO EL DERECHO DE PROPIEDAD DEL PREDIO, CORRESPONDE QUE EL CONFLICTO DE INTERESES SEA DILUCIDADO A TRAVES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SOBRE MEJOR DERECHO DE POSESION, PARA LO CUAL LOS POSEEDORES QUE PRETENDAN SU ADJUDICACION DEBERAN ACREDITAR LOS REQUISITOS DE POSESION DIRECTA, CONTINUA, PACIFICA Y PUBLICA UN (1) ANO MORDAZA DEL EMPADRONAMIENTO. RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD Nº 003-2006-COFOPRI/TAP MORDAZA, 6 de enero de 2006

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Aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto de 2000. Aprobado por Ley Nº 28391, publicado en el diario oficial El Peruano el 17 de noviembre de 2004. Aprobado por Ley Nº 27972, publicado en el diario oficial El Peruano el 27 de MORDAZA de 2003.

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