Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2006 (01/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 1 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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Administracion que, en el plazo de siete (7) dias contados desde su notificacion, informara las razones por las cuales no habia dado cumplimiento a lo ordenado por la Resolucion Nº 03252-5-2005, bajo apercibimiento de dar cuenta del incumplimiento al Procurador del Ministerio de Economia y Finanzas para que formulara la denuncia penal correspondiente; Que, dado que la Administracion no cumplio con lo senalado en la citada resolucion a pesar de haber sido debidamente notificada, estando el Tribunal Fiscal obligado a emitir pronunciamiento sobre la queja planteada, procedio a resolverla con la documentacion que corre en autos, dictando la Resolucion Nº 04716-32005 de 26 de MORDAZA de 2005 declarando fundada la queja interpuesta, debiendo la Administracion elevar la apelacion interpuesta contra la Resolucion de Departamento Nº 121-026-00001431 y se dispuso se oficie al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para sus efectos, dado el reiterado incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fiscal; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 01893

Autorizan a procurador interponer acciones judiciales a presuntos responsables de las Municipalidades Distritales de Lurin y Ate de la comision de delitos contra la administracion publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 041-2006-EF/10 MORDAZA, 17 de enero de 2006 Visto el Oficio Nº 2137-2005-PP-EF/16 del Procurador Publico, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la empresa Petroleos del Peru, PETROPERU S.A. interpuso recurso de queja contra la Municipalidad Distrital de Lurin, por no haber resuelto ni elevado los recursos de apelacion contra las resoluciones denegatorias fictas de las reclamaciones formuladas contra las Ordenes de Pago Nºs. 000001-2002-MDLOR-ZD a 000007-2002-MDL-OR-ZD y contra las Resoluciones de Determinacion Nºs. 000001-2002-MDLOR-ZD a 000006-2002-MDL-OR-ZD; Que, mediante Proveidos Nºs. 1059-2-2003 y 0154-22004 del 17 de diciembre de 2003 y 04 de febrero de 2004, se requirio y se reitero a la Administracion que informara sobre diversos hechos y remitiera diversa documentacion relacionada con las apelaciones interpuestas; Que, al haber cumplido la Administracion parcialmente con lo dispuesto por el Tribunal Fiscal en los proveidos MORDAZA citados, se emitio la Resolucion Nº 01755-2-2004 del 24 de marzo de 2004, que resolvio requerir a la Administracion Tributaria a fin que cumpliera integramente con lo solicitado, lo que no ocurrio, por lo que mediante Resolucion Nº 003568-2-2004 del 26 de MORDAZA de 2004, se requirio a la Administracion que cumpliera con lo solicitado en Resolucion del tribunal Fiscal Nº 01755-22004 en el plazo de diez (10) dias habiles, bajo apercibimiento de formular denuncia penal; Que, al no haber cumplido la Administracion con lo dispuesto por el Tribunal Fiscal en los proveidos y resoluciones precedentemente citados, y estando obligado a emitir pronunciamiento sobre la apelacion planteada, emitio la Resolucion Nº 09505-2-2004 del 3 de diciembre de 2004, declarando fundada la queja interpuesta por la quejosa y dispuso que la Municipalidad Distrital de Lurin elevara los recursos de apelacion interpuestos contra las resoluciones fictas denegatorias de las reclamaciones formuladas contra los valores materia de queja, bajo apercibimiento de formularse la denuncia penal respectiva; Que, ante el reiterado incumplimiento de la Administracion, el Tribunal Fiscal emitio la Resolucion Nº 02283-2-2005 del 14 de MORDAZA de 2005, por la que se dispuso oficiar al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a fin que ejerza las acciones legales pertinentes contra los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Lurin responsables por el incumplimiento del mandato del Tribunal Fiscal contenido en la Resolucion Nº 09505-2-2004, sin perjuicio que la Administracion deba cumplir con elevar las apelaciones formuladas por la quejosa; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias;

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