Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2006 (01/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, miercoles 1 de febrero de 2006

las actas de inspeccion en formato COFOPRI del 3 de MORDAZA de 2003 y 11 de MORDAZA de 2005 (fojas 43 y 217), ha quedado demostrado que aquellos cumplen con los requisitos de posesion directa, continua, pacifica y publica un ano MORDAZA del empadronamiento, para ser titulados en "el predio". 14. Que, de otro lado, MORDAZA MORDAZA Ferrari MORDAZA pretende la adjudicacion de "el predio" en favor de la Sucesion "Antonio Ferrari Garcia" para lo cual adjunto los medios probatorios descritos en el trigesimo primer considerando de la resolucion venida en grado, con los cuales el apelante no cumplen con el requisito de posesion directa, conforme se desprende de la ficha de empadronamiento y actas de inspeccion en formato de COFOPRI descritas en el decimo primer considerando de la presente resolucion, mas aun cuando del contenido del Acta de Continuacion de Audiencia de Pruebas, llevada a cabo por el Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Canete, el recurrente manifesto: "[...] que a mi regreso de EEUU en 1994 al Peru, solo estuve en este MORDAZA 15 dias, volviendo a viajar a los EEUU, retornando en el ano 2001 y en ese lapso de tiempo tengo entendido que el demandado seguia en posesion del inmueble [...]" (fojas 115). 15. Que, de lo expuesto en el considerando que antecede, se colige que MORDAZA MORDAZA Ferrari MORDAZA en representacion de la Sucesion "Antonio Ferrari Garcia", no ha demostrado en autos el cumplimiento del requisito de posesion directa en "el predio", razon por la cual corresponde que este Colegiado confirme la resolucion recurrida. De conformidad con las normas MORDAZA citadas asi como por el articulo 15º del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado, SE RESUELVE: Primero: Declarar INFUNDADO el escrito de apelacion presentado por MORDAZA MORDAZA Ferrari MORDAZA, de conformidad con lo expuesto en la presente resolucion. Segundo: CONFIRMAR la Resolucion de Gerencia de Titulacion Nº 114-2005- COFOPRI/GT del 17 de junio de 2005, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Registrese y comuniquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MERA Presidenta del Tribunal Administrativo De la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA RUBIO DEL MORDAZA Vocal Titular del Tribunal De la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA HAAKER PIEROLA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 01811

La Resolucion Suprema Nº 038-2006-PCM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2005-PCM se dispone la formulacion de un plan de desarrollo de los corredores economicos productivos del area de influencia de la carretera interoceanica que unira a la Republica del Peru con la Republica Federativa del Brasil, denominado "Plan de Desarrollo de los Corredores EconomicoProductivos del Sur", cuya elaboracion se ha encomendado a una Comision Intergubernamental de Alto Nivel presidida por el Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion (CND); Que, mediante documento de visto, se autorizo el viaje del Presidente del CND, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Brasilia, del 1 al 4 de febrero de 2006, con el objeto de efectuar coordinaciones con las Autoridades de la Republica Federativa del Brasil a efecto de dar cumplimiento al dispositivo legal MORDAZA acotado; Que, siendo que la ejecucion de la carretera interoceanica constituye un proyecto trascendente para alcanzar el objetivo fundamental de la politica de Estado de la descentralizacion, que es lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, en especial el de su area de influencia, resulta necesario que las coordinaciones con la Republica Federativa del Brasil se concreten a efecto de incorporar los acuerdos que se adopten en el Plan senalado en el considerando precedente, los mismos que estan orientados a dotar del dinamismo comercial que se requiere para la promocion de la oferta exportable peruana a dicho MORDAZA, asi como para desarrollar lazos que faciliten el establecimiento de iniciativas empresariales conjuntas; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, destacado a la Oficina de Cooperacion Internacional del CND mediante la Resolucion Ministerial Nº 0111-2005/ RE; De conformidad con el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en uso de las atribuciones contenidas en la Resolucion Presidencial Nº 042-CND-P-2003 y sus normas modificatorias y complementarias, Reglamento de Organizacion y Funciones; y, Con el visto MORDAZA del Secretario Tecnico y los Responsables de la Gerencia de Administracion y Finanzas y de la Oficina Legal; y, RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizacion de viaje Autorizar el viaje en comision de servicios del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro Consejero del Ministerio en el servicio Diplomatico de la Republica, a la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, del 1 al 4 de febrero de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Gastos de viaje Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de pasajes ascendentes a U.S. $ 1,198.61, de viaticos ascendentes a U.S. $ 800.00 y de tarifa por uso de aeropuertos ascendente a U.S. $ 30.25, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del CND, conforme a la legislacion vigente que regula la materia. Articulo 3º.- Exoneracion de tributos La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion.

CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Autorizan a funcionario diplomatico destacado a la Oficina de Cooperacion Internacional del CND para viajar a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 004-CND-P-2006 Lince, 30 de enero de 2006

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