Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2006 (29/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

333631

VISTOS: Las Resoluciones del Consejo Nacional de la Magistratura Nºs. 046-2006-PCNM y 321-2006-CNM, MORDAZA publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 17 de noviembre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, dispone que es funcion del Consejo cancelar el titulo de nombramiento de jueces y fiscales cuando corresponda; y el articulo 245º numeral 4 de la Ley Organica del Poder Judicial, dispone que termina el cargo de magistrado por destitucion dictada en el correspondiente procedimiento; Que, el articulo 35º MORDAZA parrafo del Reglamento de Procesos Disciplinarios, aprobado por Resolucion Nº 030-2003-CNM, publicado el 2 de febrero de 2003, dispone que en caso de destitucion de un magistrado se le debe cancelar el titulo; Que, por Resolucion Nº 046-2006-PCNM, el Consejo Nacional de la Magistratura impone la sancion de destitucion al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Vocal de la Corte Superior de Justicia de Piura; y por Resolucion Nº 321-2006-CNM, declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el recurrente contra la citada resolucion; en tal sentido, habiendo sido destituido como magistrado, procede la cancelacion del titulo en el cargo que ostentaba como titular; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesion de fecha 23 de noviembre de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 21º inciso d), y 37° inciso b) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo expedido a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al habersele impuesto la sancion de destitucion. Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y se anote en el Registro correspondiente del Consejo Nacional de la Magistratura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO Presidente 6144-2

Regional de Control Piura; y, en virtud a denuncias sobre presuntas irregularidades incurridas en la citada comuna, presentadas por la ciudadania, efectuo un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de La Union, provincia y region MORDAZA, orientado a establecer, entre otros, si los recursos percibidos por la entidad se utilizaron conforme a lo establecido por la normativa aplicable; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que la entidad, sin sustento legal alguno, y al margen de la distribucion establecida en la normativa presupuestal vigente, dispuso durante el periodo 2005, el uso de fondos de inversion en gastos corrientes de manera definitiva, hasta por el importe de S/. 232 034,01, hecho que ha derivado en que no se ejecuten obras previstas y presupuestadas en beneficio de dicha comuna; ademas, en la Evaluacion Presupuestal Anual 2005, documento que tiene caracter de Declaracion Jurada, no consignan los montos realmente ejecutados durante dicho periodo, la misma que fue remitida al correspondiente Concejo Provincial para su consolidacion; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision del Delito de Peculado en la modalidad de Malversacion, en agravio del Estado previsto y penado en el Articulo 389° del Codigo Penal, y el Delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y penado en el articulo 428° del Codigo Penal vigente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), articulo 22º de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22° de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley N° 27785, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 6154-1 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 353-2006-CG MORDAZA, 24 de noviembre de 2006 VISTO; el Informe Especial N° 170-2006-CG/ ORCH, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Kanaris, provincia de Ferrenafe, MORDAZA, por el periodo comprendido de enero 2003 ­ diciembre 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, en cumplimiento de su Plan Anual de Control, dispuso la ejecucion de una accion de control a la Municipalidad Distrital de Kanaris, con la finalidad de verificar las presuntas irregularidades denunciadas ante este Organo Superior de Control; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision de Auditoria ha evidenciado que, en la contratacion de bienes para el Programa del Vaso de Leche durante los anos 2003 y 2004, se inobservo la normativa de contrataciones y adquisiciones

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de las municipalidades distritales de La Union, Kanaris, MORDAZA y Provincial de Bagua
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº352-2006-CG MORDAZA, 24 de noviembre de 2006 VISTO, el Informe Especial N° 171 -2006-CG/ ORPI, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de La Union, provincia y region MORDAZA, periodo comprendido del 1.ENE.2003 al 31.DIC.2005, incluyendo operaciones de ejercicios anteriores y posteriores; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2006 de la Oficina

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