Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2006 (29/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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y atletismo en los JNDE 2006, culminen su participacion en los Juegos Sudamericanos a realizarse en Medellin, Colombia; c) Que, es necesario que los escolares que han obtenido medalla de oro en la etapa nacional, vean MORDAZA su esfuerzo, a traves de la experiencia de su participacion en un Sudamericano, y que los demas escolares que observan que sus esfuerzos son reconocidos, luchen cada dia por involucrarse en el deporte y participar en los Juegos Deportivos Escolares, con la ilusion de representar al Peru en una competencia internacional; d) Que, en este caso, persiste la necesidad de contratar el servicio de transporte internacional, y teniendo en cuenta que el Sudamericano se realizara dentro de la primera semana de diciembre, y los plazos establecidos para la convocatoria de una nueva ADP -minimo 40 dias calendario-, no permitirian cubrir la necesidad, en consecuencia, la delegacion peruana no podria viajar y siendo esto asi, la unica via para la contratacion del servicio de transporte aereo es una declaratoria de exoneracion; e) Que en el presente caso, se cumple con lo acotado en el articulo 21º de la Ley, puesto que la participacion de los deportistas en la etapa sudamericana de los Juegos Escolares, logra la culminacion de los objetivos senalados en el POA 2006, por lo que se considera necesaria la contratacion del servicio de transporte; Que, en base a la informacion proporcionada por el area competente, mediante Informe Nº 1608-2006-ME/SG-OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica concluye que, en el presente caso, se ha configurado el supuesto de hecho de la causal de exoneracion por Situacion de Desabastecimiento Inminente; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º de la Ley, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Articulo 19, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 21º de la Ley, establece que ante una Situacion de Desabastecimiento Inminente, la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del mismo cuerpo normativo, el cual regula las responsabilidades y sanciones; Que, mediante Hoja de Coordinacion Interna Nº 949-2006-ME-SPE/UP, la Unidad de Presupuesto opino favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para dicha contratacion; Que, asimismo, el articulo 20º de la Ley, establece que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas y el articulo 148º de su Reglamento establece que se requiere invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de acciones inmediatas el referido servicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 006-2006-ED, 083-2004-PCM y 084-2004PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publicaa por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar el "Servicio de transporte aereo para los Juegos Sudamericanos Escolares de la Direccion de Promocion Escolar, Cultura y Deporte" a traves de acciones inmediatas, hasta por la suma de S/. 197, 330.90 (Ciento Noventa y Siete Mil Trescientos Treinta y 90/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Oficina General de

Administracion del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo 3º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y, simultaneamente, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales que hubiera lugar. Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 5º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

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Incluyen en el MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA) la adquisicion de diversos bienes y servicios destinados al Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion (PRONAMA)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0732-2006-ED
MORDAZA, 28 de noviembre de 2006 VISTO, el Memorandum Nº 101-2006-ME/PRONAMA, mediante el cual el Director Ejecutivo del PRONAMA solicita se incluya la adquisicion de diversos bienes destinados al PRONAMA en el MORDAZA de Seleccion Abreviado -PSA, aprobado por Decreto de Urgencia Nº 024-2006. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28880 se aprobaron recursos a favor de los sectores, Vivienda, Construccion y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Salud, Educacion, Energia y Minas, Agricultura, Interior, Mujer y Desarrollo Social, Justicia, para ser destinados a la ejecucion de actividades y proyectos de inversion de indole y efecto social, cuya realizacion debe efectuarse de manera inmediata tomando en cuenta el impacto en la colectividad como beneficiario directo de tales actividades y proyectos; Que, a traves del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 se aprueba el MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA) para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras relacionadas con las actividades y proyectos bajo el ambito de la Ley Nº 28880, rigiendo supletoriamente el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, respectivamente y demas normas modificatorias; Que, la relacion de los bienes, servicios y obras a incluirse en el MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA) se aprueban mediante Resolucion del Titular de la Entidad o la MORDAZA Autoridad Administrativa, la misma que debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en los respectivos portales electronicos de las Entidades, conforme se dispone en el articulo 2º del Decreto de Urgencia anteriormente citado; Que, en el MORDAZA de las politicas sectoriales, el Shock de Inversiones plantea atender los requerimientos para las actividades conducentes a erradicar el analfabetismo en el MORDAZA con el apoyo de la Sociedad Civil, que se realicen en el MORDAZA del Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion (PRONAMA); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto de Urgencia Nº 024-2006 y los Decretos Supremos Nº 0062006-ED, Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM;

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