Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2006 (29/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de noviembre de 2006

Que, mediante D.S Nº 013-2002-EM se Aprueba el Reglamento de la Ley de Formalizacion y Promocion de la Pequena Mineria y la Mineria Artesanal en su Articulo 38º establece que, la Condicion para el inicio o reinicio de actividades de Pequena Mineria y Mineria Artesanal de actividades de exploracion, construccion, extraccion, procesamiento, transformacion y almacenamiento o sus modificaciones y ampliaciones, los pequenos productores mineros y productores mineros artesanales deberan contar con la Certificacion Ambiental expedida por la Direccion General de Asuntos Ambientales. Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 179-2006MEM/DM, de fecha 16 de MORDAZA de 2006, declara que diversos gobiernos regionales habian concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, declarando en su articulo 1 que el Gobierno Regional de la MORDAZA a concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, encontrandose dentro de ellas los acapites c, f y h siendo a partir de la fecha competentes para el ejercicio de las mismas. Debiendo adecuar los Instrumentos de Gestion, de conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 80-2004-PCM-Reglamento de la Ley Nº 28273- Asimismo, estableceran en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos, los procedimientos relacionados directamente con las funciones sectoriales que les compete ejercer. Que la Ley Nº 27444, en su articulo 38 numerales 38.1 y 38.5, prescribe que , "El Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales (....)" Y " Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo (.....)". Que, la MORDAZA de MORDAZA nivel en los Gobiernos Regionales, corresponde a las Ordenanzas Regionales, por lo que los nuevos procedimientos establecidos para el otorgamiento de certificado de operacion minera para la pequena mineria y mineria artesanal debe aprobarse mediante Ordenanza que debe ser incluido en el MORDAZA del Gobierno Regional de la MORDAZA, con los Requisitos

senalados en el Articulo 37 de la MORDAZA MORDAZA invocada. Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 -Ley Organica de los Gobiernos Regionales-, modificada por la Ley Nº 27902 en sus Articulos 36 y 37 y estando a lo dispuesto por el articulo 38 de la misma ley, el Consejo Regional del Gobierno Regional La MORDAZA, en sesion Ordinaria de fecha 03 de noviembre del 2006 se aprobo por MAYORIA la Ordenanza Regional siguiente: "ESTABLECEN PROCEDIMIENTO EN EL MORDAZA PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO AMBIENTAL EN LA PEQUENA MINERIA Y MINERIA ARTESANAL" Articulo Unico .- Incorporese en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional La MORDAZA, en materia de Energia y Minas; el "PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO AMBIENTAL EN LA PEQUENA MINERIA Y LA MINERIA ARTESANAL" segun anexo I Y II que forma parte de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El otorgamiento del Certificado de Operacion Minera (COM) y la Aprobacion de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y Declaracion de Impacto Ambiental (DIA), seran otorgados exclusivamente por la Presidencia del Gobierno Regional mediante Resolucion Ejecutiva Regional. Segunda.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Agricultura, Ministerio de Energia y Minas, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ministerio de la Produccion, Ministerio de Salud, Ministerio de Transportes y Comunicaciones asi como al Consejo Nacional de Descentralizacion. Tercera.- Las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza seran de estricto cumplimiento, y de su conocimiento en las Direcciones Regionales del Gobierno Regional La Libertad. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA OLIVEROS Presidente Regional

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe.

LA DIRECCION

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