Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2007 (17/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de noviembre de 2007

d) Establecera las restricciones pertinentes de prestamos de los materiales manipulativos y equipos audiovisuales a los usuarios fuera del local institucional. e) El Director de cada I.E. designara un responsable y pondra a disposicion las Guias, Manuales y Videos sobre uso y conservacion de los materiales manipulativos y equipos audiovisuales asignados. f) En casos de sustraccion de algun material manipulativo y/o equipos audiovisuales denunciara ante la PNP e informara a la UGEL sobre el particular, para las acciones pertinentes. g) El personal designado responsable, tomara las providencias del caso sobre perdidas, sustracciones, deterioros (salvo por desgaste natural de uso) del material manipulativo y/o equipos audiovisuales asignado, a fin de evitar sanciones por descuido o negligencia. 7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local respectivamente, resolveran los casos no contemplados en la presente MORDAZA, dando cuenta a la Direccion General de Educacion Basica Regular. Segunda.- Los Directores Regionales de Educacion, Directores de Unidades de Gestion Educativa Local y Directores de Instituciones Educativas dispondran lo conveniente a fin de garantizar el estricto cumplimiento de la presente Norma. Tercera.- Las instancias de gestion educativa descentralizadas y los funcionarios responsables tienen la obligacion, bajo responsabilidad, de realizar permanentemente acciones de supervision, control concurrente y posteriores a las acciones de conservacion y seguridad de los Modulos de Material Manipulativo y Equipos Audiovisuales asignados a las Instituciones Educativas beneficiadas. 133593-1

Que, es necesario proveer a dicho MORDAZA de los mecanismos senalados en el literal a) del articulo 25º del citado Texto Unico Ordenado, a fin de fomentar mayor participacion de postores por cada item; Que, asimismo en el item 6: Material Base 10 y en el item 7: Regletas de MORDAZA, el valor referencial ha experimentado un aumento de mas del 100% respecto al precio adjudicado por dichos bienes en el ano 2004, situacion que amerita una revision exhaustiva del valor referencial y de las especificaciones tecnicas de todos los bienes comprendidos en la licitacion, a fin de evitar eventuales situaciones perjudiciales para la Entidad; Que, conforme se desprende del articulo 57º del Texto Unico Ordenado MORDAZA citado, el Titular de la Entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; En tal sentido y en uso de las facultades otorgadas en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, modificado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-ED, el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la Nulidad de Oficio de los items 1 al 7 de la Licitacion Publica x Subasta Inversa Nº 00132007-ED/UE-026, destinada a la adquisicion de material concreto de logico matematico para educacion primaria, retrotrayendolo hasta la etapa anterior a la convocatoria previa reformulacion de las bases. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de expedicion. Articulo 3º .- Remitir la presente Resolucion a los miembros del comite especial asi como a la Unidad de Abastecimiento para su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 133593-3

Declaran nulidad de items de licitacion publica destinada a la adquisicion de material concreto de logico matematico para educacion primaria
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0479-2007-ED MORDAZA, 9 de noviembre de 2007 VISTOS: El Informe Nº 574 ­ 2007-ME/SG-OGA-UA emitido por la Unidad de Abastecimiento y el Informe Nº 1744 -2007-ME/SG-OAJ emitido por la Oficina de Asesoria Juridica y; CONSIDERANDO : Que, con fecha 17 de octubre de 2007 se convoco a la Licitacion Publica x Subasta Inversa Nº 0013-2007-ED/ UE-026, destinada a la adquisicion de material concreto de logico matematico para educacion primaria, la misma que contaba con siete (07) items; Que, el acto publico de MORDAZA de propuestas, puja y otorgamiento de la buena pro, se desarrollo el dia 30.10.2007, presentandose solo dos empresas: (i) QUIMILABSA S.A. y (ii) CONSORCIO INDUSTRIAS MORDAZA PRINT S.A.C. ­ SERVICIOS PLASTICOS INDUSTRIALES S.A. Que, la primera empresa se adjudico los item 1 y 6, mientras que la MORDAZA se adjudico los item 2, 3, 4, 5, 7, no existiendo puja toda vez que solamente se presento un postor en cada item adjudicado; Que, la finalidad de la modalidad de subasta inversa es promover una puja de precios a fin de lograr una reduccion de los precios referenciales determinados por la Entidad, por lo que la misma no se habria cumplido en el presente y con ello se vulnera el MORDAZA de Libre Competencia entre los postores, contemplado en el numeral 2 del articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;

Reconforman la Comision Transferencia del Ministerio Educacion, ante la Secretaria Descentralizacion de la PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0483-2007-ED MORDAZA, 15 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:

de de de

Que, mediante el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 0666-2004-ED, de fecha 22 de diciembre de 2004, se reconformo la Comision de Transferencia del Ministerio de Educacion ante el Consejo Nacional de Descentralizacion, quedando conformada por la Viceministra de Gestion Institucional, quien la presidia; Viceministro de Gestion Pedagogica; Secretario General; Secretario de Planificacion Estrategica; Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica; Jefe de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional, quien estaria a cargo de la Secretaria Tecnica; y, por el Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion; Que, el articulo 83° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que para asegurar

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