Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2007 (17/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de noviembre de 2007

En cumplimiento de mandato judicial, dejan sin efecto la R.D. Nº 226-2007PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 453-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 15 de octubre del 2007 Visto la Resolucion Numero CINCO de fecha 19 de MORDAZA de 2007, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Sullana. CONSIDERANDO: Que en estricto cumplimiento de la Medida Cautelar y bajo responsabilidad del Juzgado Especializado en lo Civil de Talara de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo dispuesto a traves de la Resolucion Numero UNO y DOS de fechas 22 de diciembre del 2006 y 10 de MORDAZA del 2007, se admite a tramite el expediente presentado con fecha 21 de enero del 2003 via la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA, y como consecuencia de la evaluacion del mismo, mediante Resolucion Directoral Nº 226-2007-PRODUCE/DGEPP se otorgo permiso de pesca a favor de MORDAZA NICOLAY MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA BIMINCHUMO, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "PEDRO RAMOS" de matricula PL-2745-CM, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa para consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo; Que con Oficio Nº 719-2007-PRODUCE/PP, de fecha 3 de septiembre de 2007, la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, hace de conocimiento que ha sido notificado de la Resolucion Numero CINCO de fecha 19 de MORDAZA de 2007 expedida por la Sala Civil Descentralizada de Sullana de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la misma que declara improcedente la Medida Cautelar que fue concedida al senor MORDAZA NICOLAY MORDAZA MORDAZA, en base a la cual se otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "PEDRO RAMOS" de matricula PL-2745-CM; Que el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto

Supremo Nº 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo responsabilidad politica, administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves del Informe Nº4982007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; SE RESUELVE : Articulo 1º.- En estricto cumplimiento del Mandato Judicial contenido en la Resolucion Numero CINCO de fecha 19 de MORDAZA del 2007, emitida por la Sala Civil Descentralizada de Sullana de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 226-2007-PRODUCE/DGEPP, del 26 de MORDAZA de 2007. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a la Sala Civil Descentralizada de Sullana de la Corte Superior de Justicia de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 132932-2

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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