Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2007 (17/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de noviembre de 2007

Publico de Meritos para Seleccionar al Procurador Publico Adjunto del Gobierno Regional de Loreto; Que, con fecha 19 de setiembre de 2007, se hizo las publicaciones a traves del Diario Oficial "La Region" y "Pagina Web" del Gobierno Regional de MORDAZA, convocando al Concurso Publico de Meritos a los profesionales de Derecho a nivel nacional, a fin de que participen en el mencionado concurso de acuerdo a un cronograma; Que, en merito a las publicaciones efectuadas se han presentado al Concurso Publico de Meritos los siguientes abogados: MORDAZA DA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ROSPLIOGOSI y MORDAZA CUTY MORDAZA JULCAPOMA, quienes despues de la revision y evaluacion del Curriculum Vitae, fueron convocados al examen de conocimientos en la fecha programada por haber aprobado su participacion al Concurso, conforme al Acta de fecha 2 de octubre de 2007; Que, con fecha 2, 5 y 9 de octubre de 2007, la Comision Evaluadora, procedio a revisar los Curriculums Vitaes y a tomar los examenes de conocimientos y entrevista personal a los postulantes, obteniendose como resultado final el siguiente: MORDAZA JULCAPOMA MORDAZA Cuty 81 puntos; DA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 74 puntos y, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 68 puntos; Que, el resultado final, fue publicado en el Diario Oficial "La Region" y "Pagina Web" con fecha 10 de octubre de 2007, conforme al Acta, de fecha 9 de octubre de 2007, que forma parte del expediente de la materia; Que, no habiendose interpuesto recurso impugnativo dentro del plazo establecido en las bases; mediante Acta de fecha 16 de octubre de 2007, se declaro a la participante Abogada MORDAZA Cuty MORDAZA JULCAPOMA, como ganadora del Concurso Publico de Meritos para ser designada Procuradora Adjunta del Gobierno Regional de MORDAZA, por haber obtenido ochenta y un (81) puntos, mayor puntaje obtenido con respecto a los otros participantes en el MORDAZA de evaluacion, conforme al Acta, de fecha 9 de octubre de 2007, que forma parte del expediente de la materia; Que, el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Numeral 3.1.3 del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DPN, aprobado por Resolucion Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, establecen que el servidor de MORDAZA designado para desempenar un cargo de confianza al termino de la designacion reasume las funciones del nivel que le corresponde, para lo cual debera reservarse su plaza de carrera; Estando a lo informado; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Oficina Regional de Administracion; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a partir del 16 de octubre de 2007, nivel F-4, como PROCURADORA ADJUNTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, a la Abogada MORDAZA CUTY MORDAZA JULCAPOMA; autorizandose a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA a realizar las acciones administrativas correspondientes para que asuma el cargo y preste el juramento respectivo ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto. Articulo 2°.- Ordenar a la Oficina Regional de Administracion del Gobierno Regional de MORDAZA, para que realice la publicacion correspondiente de la presente Resolucion, y en coordinacion con la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA y la Oficina Regional de Asesoria Juridica, haga de conocimiento de las instituciones publicas respectivas. Articulo 3º.- Establecer que al termino de la designacion mencionada en el Articulo1º de la presente Resolucion, la Abogada MORDAZA Cuty MORDAZA JULCAPOMA, reasumira las funciones del nivel que le corresponde, para lo cual debera reservarse su plaza de carrera. Articulo 4º.- El egreso que origine la presente Resolucion, se MORDAZA con cargo al Presupuesto Institucional 2007, en la Unidad Ejecutora 001 Sede MORDAZA ­ Sede Central del Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto.

Registrese, comuniquese y cumplase.

132878-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Ordenanza que declara como prioridad la formulacion del Proyecto orientado a posicionar a la Region MORDAZA como la Primera Comunidad Lectora Regional en el Peru 2007 - 2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 137-2007/GRP-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el Articulo 192º inciso 1. dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, segun el Articulo 21º de la Ley General de Educacion Nº 28044, el Estado ejerce un rol normativo, promotor, compensador, concertador, articulador, garante, planificador, regulador y financiador de la educacion nacional; teniendo entre sus principales funciones, proveer y administrar servicios educativos publicos gratuitos y de calidad para garantizar el acceso universal a la Educacion Basica y una oferta educativa equitativa en todo el sistema; el Articulo 22º, establece que la Sociedad tiene el derecho y el deber de contribuir a la calidad y equidad de la educacion; el Articulo 23º, senala que los Medios de Comunicacion, deben contribuir a la formacion etica, civica, cultural y democratica de la poblacion mediante la difusion de contenidos que respeten a la persona humana y su dignidad; el Articulo 24º, establece que las Empresas, como parte de la sociedad, contribuyen al desarrollo de la educacion nacional, correspondiendoles participar en el diseno de politicas educativas; contribuyendo a identificar las demandas del MORDAZA laboral y la relacion de la educacion con el desarrollo economico productivo del pais; promover alianzas estrategicas con instituciones educativas para el fomento de la investigacion, el desarrollo tecnologico y la formacion profesional de los trabajadores y estudiantes; Que, el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; asimismo el Articulo 47º senala que los Gobiernos Regionales, ejercen principalmente las funciones de formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las politicas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, deporte y recreacion de la region; disenar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnologia y el programa de desarrollo del deporte y

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