Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2008 (27/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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2º.- AUTORIZAR, a la Oficina de Asesoria Legal para que efectue el inicio de las acciones penales correspondientes, en contra de MORDAZA MORDAZA ARANGUREN MORDAZA, MORDAZA BERNECHEA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CASANA MORDAZA, MORDAZA DENNOS MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MARLENI HUAYLLAHUAMAN MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRABIEL, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contra quienes resulten responsables, por la presunta comision de ilicito penal, conforme a las consideraciones expuestas. 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a los Vicerrectores, Facultades, Escuela de Posgrado, Instituto Central de Extension y Proyeccion Universitaria, Centro de Idiomas, Organo de Control Institucional, Oficina de Informacion y Relaciones Publicas, Oficina de Bienestar Universitario, Oficina de Servicios Academicos, Oficina General de Administracion, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Comite de Inspeccion y Control, ADUNAC, SUTUNAC, representacion estudiantil, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MEREA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional del Callao

243414-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de impresion de documentos metodologicos para la operacion de MORDAZA del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION JEFATURAL Nº 238-2008-INEI
MORDAZA, 22 de agosto del 2008 Vistos, el Oficio Nº 248-2008-INEI/OTA de la Oficina Tecnica de Administracion, el Informe Nº 2154-2008INEI/OTA-OEAS emitido por la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Oficina Tecnica de Administracion y el Informe Nº 034-2008-INEI/OTAJ de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica, sobre exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de impresion de documentos metodologicos del Programa del Vaso de Leche requerido por la Direccion Nacional de Censos y Encuestas. CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 2716- 2008-INEI/ DNCE del 14 de agosto del 2008, la Direccion Nacional de Censos y Encuestas manifiesta a la Oficina Tecnica de Administracion que con Oficio Nº 2451-2008 INEI/DNCE de 22.07.08, solicito disponibilidad presupuestal por la suma de S/.41,500.00 nuevos soles, para la impresion de documentos metodologicos para la operacion de MORDAZA del Programa del Vaso de Leche, en el MORDAZA del Convenio suscrito con el Ministerio de Economia y Finanzas para la validacion de los padrones de beneficiarios del Programa del Vaso de Leche para mejorar la focalizacion de hogares de los programas sociales en 30 ciudades, los mismos que debian entregarse el dia 08 de agosto, fecha que por

diversos factores ha tenido que reprogramarse para el dia 20 de agosto del ano en curso; Que, mediante Oficios Nºs. 2667, 2740 y 27662008-INEI/DNCE del 12, 15 y 18 de agosto del 2008, respectivamente, la Direccion Nacional de Censos y Encuestas, solicita a la Oficina Tecnica de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion Tecnica, se le otorgue disponibilidad presupuestal por la suma de S/. 6,005.00; S/. 4,500.00 y S/. 24,000.00 nuevos soles , a fin de aumentar el tiraje de la Ficha Nº 3 de 63,500 a 91,500 ejemplares, asi como para la elaboracion de las carpetas de fichas de validacion del Programa del Vaso de Leche; Que, a traves de los Proveidos Nos. 1463, 1553,1583 y 1592, consignados en los respectivos oficios de requerimiento, la Oficina Tecnica de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion Tecnica, otorga disponibilidad presupuestal por S/. 41,500.00; S/. 6,005.00; S/.4,500.00 y S/.24,000.00 nuevos soles, por la Meta 0048 Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados con cargo al Proyecto Vaso de Leche, Especifica de Gasto 5.3.11.39; Que, con Oficio Nº 248-2008-INEI/OTA del 19 de agosto del 2008, la Oficina Tecnica de Administracion, manifiesta haber recibido el Informe Nº 2154-2008INEI/OTA-OEAS, emitido por la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios, quien solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de impresion de documentos metodologicos para el Programa del Vaso de Leche, incluyendo las fichas 1, 2 y 3 asi como las carpetas para las referidas fichas. Precisa que la contratacion del servicio de impresion de los referidos documentos tienen un valor referencial de S/. 75,959.50 nuevos soles, correspondiendo convocar a un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, el cual esta considerado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INEI para el Ano Fiscal 2008. Ademas refiere que para la ejecucion del citado MORDAZA, se requiere entre 35 y 40 dias, tiempo que excede las fechas senaladas por la Direccion Nacional de Censos y Encuestas, cuya atencion debe ser inmediata por lo que la contratacion del servicio debe canalizarse a traves de un MORDAZA de exoneracion, bajo la modalidad de desabastecimiento inminente, a fin de no poner en riesgo los plazos y terminos del Convenio suscrito entre la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales y el INEI. Dicho servicio agota la necesidad de los mismos, en razon de constituir servicios definitivos para este objeto, sin que se justifique convocar a un MORDAZA posterior con el mismo proposito; Que, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, toda adquisicion o contratacion debe realizarse mediante los procesos de seleccion contemplados en el articulo 14º y de acuerdo a los margenes que establece la Ley Anual de Presupuesto, siendo estos los siguientes: Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Art. 19º del referido TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, admite que en determinados casos pueden existir excepciones a lo senalado en el parrafo precedente, habiendo previsto las situaciones que expresamente se encuentran exoneradas y por las cuales la entidad pueda apartarse del MORDAZA de seleccion que corresponderia a la contratacion en una situacion regular. Conforme al literal c) estan exoneradas del MORDAZA de seleccion correspondiente las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones concordante con los Arts.146º y 147º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Dichas resoluciones requieren obligatoriamente de los informes tecnico y legal previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion y seran publicadas en el Diario Oficial "El Peruano", dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision; Que, la definicion de situacion de desabastecimiento inminente ha sido desarrollada por el Art. 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

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