Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2008 (27/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, por otro lado, es de conocimiento general que la realidad ambiental de Amazonas, tiene su propio panorama en relacion con los residuos solidos, el mismo que debe ser expuesto, dimensionado y luego internalizado; tanto por las instituciones competentes, como por las interesadas en contribuir para ofrecer el tratamiento adecuado a los residuos peligrosos, el cierre de los botaderos que vierten estos residuos a las MORDAZA de agua, revirtiendo la agudeza del serio problema de acceso al agua MORDAZA, a las poblaciones riberenas; Que, tomando como perspectiva e iniciativa de la Comision Ambiental Regional, es procedente la constitucion de un Grupo Tecnico de Gestion Integral, conformado por profesionales para elaborar una propuesta de estrategia de Sistema Integral de Gestion de Residuos Solidos ­ SIGRS ­ en base a prioridades identificadas, con acciones de co gestion para la mitigacion de los problemas y para la promocion de modalidades de consumo sostenibles, reduccion al minimo la generacion de residuos solidos, aumentando al MORDAZA la reutilizacion y reciclaje ambientalmente aceptables a los mismos; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional N° 017, mediante Acuerdo N° 225 de fecha 14 de Noviembre del 2007, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° y Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modificatoria N° 27902 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR la conformacion del Grupo Tecnico de Gestion de Cuencas "Rios Limpios" de Amazonas, quedando de la siguiente manera: i.- Gobierno Regional de Amazonas, a traves de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, quien lo preside. ii. Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana ­ IIAP. iii. Municipalidades Provinciales. iv. Municipalidades Distritales. v. Direccion de Salud Ambiental (DESA). vi. Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. vii. Direccion Regional de Energia y Minas. viii. Direccion Regional de Produccion. ix. Direccion Regional de Educacion. x. Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EMUSAP, EPSSMU, EMAPAB). xi. Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento. xii. Administracion Tecnica de Control Forestal y Fauna MORDAZA Amazonas-INRENA. xiii. Administracion Tecnica del Distrito de Riego ­ Bagua. xiv. Administracion Tecnica del Distrito de Riego ­ Utcubamba. xv. Juntas de Usuarios. xvi. PRONAMACHCS. xvii. Empresas Distribuidoras de agroquimicos. xviii. SENASA. xix. APECO. xx. ONG´s. Articulo Segundo.- APROBAR la conformacion del Grupo Tecnico Regional de Gestion Integral de Residuos Solidos de Amazonas, quedando de la siguiente manera: i. Gobierno Regional de Amazonas, a traves de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, quien lo preside. ii. Direccion Regional de Salud. iii. Direccion Regional de Energia y Minas. iv. Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo. v. Oficina Regional de SENASA vi. Direccion Regional de Educacion. vii. Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. viii. Municipalidades Provincias de Bagua, Bongara, Condorcanqui, Chachapoyas, Luya, MORDAZA de MORDAZA, Utcubamba. ix. Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de Amazonas ­ UNAT. x. Camara de Comercio de Amazonas. xi. Camara Regional de Turismo de Amazonas.

Articulo Tercero.- La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, sera la encargada de coordinar y monitorear el Diagnostico de la Situacion de las Cuencas Hidricas del Departamento de Amazonas, en el MORDAZA de la Ley Nº 28245 ­ Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; asi como sera la encargada de monitorear la Estrategia Regional de Gestion Integral de Residuos Solidos de Amazonas, en MORDAZA con el Plan Nacional de Gestion Integral de Residuos Solidos de Amazonas y la normatividad vigente, Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314. Articulo Cuarto.- La Entidad responsable de la coordinacion y sistematizacion de los resultados, que asume la Secretaria Tecnica del Grupo Tecnico Gestion de Cuencas, recaera en la Organizacion No Gubernamental Asociacion Peruana para la Conservacion de la Naturaleza - APECO. Articulo Quinto.- La Entidad responsable de la coordinacion y sistematizacion de los resultados, que asume la Secretaria Tecnica del Grupo Tecnico Regional de Gestion Integral de Residuos Solidos, sera asumida por la Direccion Regional de Salud, con cuyo fin designara a un especialista. Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 14 dias del mes de noviembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA ESCALANTE. Consejero Delegado del Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 29 dias del mes de noviembre del 2007. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas

242779-1

Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2007 - 2015
(Se realiza la siguiente publicacion a solicitud del Gobierno Regional de Amazonas mediante Oficio Nº 4912008-G.R.A/ORAD, recibido el 25 de agosto de 2008)

ORDENANZA REGIONAL N° 198 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de Amazonas, en Sesion Extraordinaria de fecha 10 de diciembre del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales y conforme a lo establecido por el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, estos emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal. Que, el Articulo 11º y 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que el Consejo Regional, es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole las atribuciones y funciones

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