Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2008 (27/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de agosto de 2008

Que, en el articulo 148º de la normal legal acotada, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Oficina Regional Sur MORDAZA sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo solicitado por la Oficina Regional Sur MORDAZA, contandose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolucion Suprema Nº 051-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DECLARAR, en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para los internos, personal de seguridad y salud del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, a partir del 23 de agosto de 2008, por el periodo de sesenta y un (61) dias calendario, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo 2°.- EXONERAR, a la Oficina Regional Sur MORDAZA del INPE del correspondiente MORDAZA de seleccion para la contratacion del suministro de alimentos preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3°.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional Sur MORDAZA del INPE para que a traves de un Comite Especial Ad Hoc realice la contratacion del suministro de alimentos preparados para internos, internas, ninos y personal de seguridad de Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO 1 MORDAZA TOTAL PERIODO 61 DIAS TOTAL S/. 219 142,50 219 142,50

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS

Aprueban conformacion del Grupo Tecnico de Gestion de Cuencas "Rios Limpios" de Amazonas

(Se realiza la siguiente publicacion a solicitud del Gobierno Regional de Amazonas mediante Oficio Nº 4902008-G.R.A./ORAD, recibido el 25 de agosto de 2008)

ORDENANZA REGIONAL N° 196 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO:

El Consejo Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de fecha 14 de noviembre del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Inc. "a" del Art. 15º de la Ley Nº 27867, senala como parte de las funciones del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", precepto por el cual, le corresponde normar la organizacion de las entidades del Gobierno Regional, asi como reglamentar la implementacion de actividades, funciones y politicas de gestion en los diversos MORDAZA de intervencion que a estas les compete asumir para dinamizar y contribuir al desarrollo integral; a traves de Acuerdos de Consejo Regional y Ordenanzas Regionales segun sea el caso, concordante con el Art. 38º del mismo cuerpo normativo, que senala:"Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion"; Que, las regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo a lo establecido en el Art. 197º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de la Reforma Constitucional, armonizando con los Articulos 2º, 15º, Inc. a y 16º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, que otorga atribuciones para proponer normas y acuerdos regionales; Que, el MORDAZA de Descentralizacion faculta a los Gobiernos Regionales a proponer iniciativas legislativas y tambien a normas dentro del ambito de su competencia, sobre el desarrollo de las actividades economicas, asi mismo la Ley Nº 28245 ­ Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, faculta dictar normas que faciliten la implementacion de la politica ambiental regional, contando para ello con instrumentos de gestion como es el caso de la conformacion de Grupos Tecnicos, para impulsar el desarrollo de politicas ambientales determinadas; Que, las siete cuencas que existen en el Departamento de Amazonas, tienen diferentes MORDAZA de contaminacion por descargas de aguas servidas, por contaminacion de agroquimicos y residuos solidos; asi como el crecimiento de la actividad agropecuaria en forma extensiva, que ocasiona la deforestacion y erosion de los suelos, trayendo consigo variacion en los regimenes de precipitacion y disminucion de los caudales de los rios; Que, es necesario brindar a la ciudadania un conocimiento general que la conservacion y manejo eficiente de los recursos hidricos se ha convertido en uno de los temas mas importantes en los diversos niveles de gobierno y de la ciudadania en general; por lo que es necesario brindar una orientacion y educacion sobre el manejo de los recursos hidricos. Tarea que debe desarrollarse en equipos multisectoriales, conformado por un Grupo Tecnico de Gestion de Cuencas "Rios Limpios";

Dicha autorizacion es por el periodo de sesenta y un (61) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendose efectuar la contratacion del servicio mencionado en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4°.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion del INPE comunique a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5°.- REMITIR, copias al Organo de Control Institucional a fin de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la Situacion de Desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6°.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina Regional Sur MORDAZA del INPE y a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente (e) Consejo Nacional Penitenciario

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