Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2008 (27/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de agosto de 2008

concordante con el Art. 141º del precitado Reglamento, donde se considera a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta la adquisicion de los bienes en la cantidad necesaria para resolver la situacion; Con las visaciones de la Secretaria General, Direccion Nacional de Censos y Encuestas y de las Oficinas Tecnicas de Administracion y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXONERAR, del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva la contratacion del servicio de impresion de documentos metodologicos para la operacion de MORDAZA del Programa del Vaso de Leche, por la causal de situacion de desabastecimiento inminente, prevista en el Inc. c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- APROBAR, la contratacion de los servicios descritos en el articulo precedente, por un valor referencial de S/. 75,959.50 Nuevos Soles, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 0048 con cargo al Programa del Vaso de Leche, Especifica de Gasto 5.3.11.39. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Oficina Tecnica de Administracion, llevar a cabo la contratacion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, mediante acciones inmediatas de acuerdo a lo previsto en las Normas de Contratacion y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina Tecnica de Administracion haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente Resolucion y los informes que lo sustentan, de conformidad con lo prescrito en el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 5º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el SEACE, asi como en el Diario Oficial "El Peruano", dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

243475-1

Oficina Regional MORDAZA, quien registra inasistencias injustificadas a su centro de labores. El servidor ha sido emplazado, en su domicilio, con la resolucion de apertura mediante Notificacion N° 111-2008-INPE-09.01-CPPAD de fecha 15 de MORDAZA de 2008, recepcionada por la senora MORDAZA MORDAZA -cunadael 16 de MORDAZA de 2008, conforme consta del cargo de acuse de recibo que obra en autos. En el termino establecido en la MORDAZA administrativa, ni fuera de el, el servidor procesado no ha presentado su descargo, tampoco ha solicitado informe oral en defensa de sus derechos; Que, la resolucion de apertura se MORDAZA en el Informe de Record Laboral remitido por la Direccion del Establecimiento Penitenciario de Aucallama-Huaral con Oficio N° 147-2007-INPE/16-257-ORH-A.H, de fecha de recepcion 27 de junio de 2007, Informe Tecnico N° 0842007-INPE-10-02-URyD, de fecha de recepcion 01 de agosto de 2007, emitido por la Subdireccion de la Unidad de Remuneraciones y Desplazamientos y Oficio N° 18992008-INPE/09.01, de fecha 08 de MORDAZA de 2008, emitido por la precitada Unidad, donde se hace constar que el servidor procesado desde el mes de junio de 2007 se encuentra suspendido en el pago de sus remuneraciones; Que de la evaluacion de los informes consignados y demas actuados que obran en el expediente concluyentemente se establece, que el precitado servidor desde el 25 de MORDAZA de 2007 hasta MORDAZA de 2008 registra inasistencias ininterrumpidas a su centro de labores, por lo que se le imputa responsabilidad laboral por ausencias injustificadas por mas de tres (03) dias consecutivos, en un periodo de treinta (30) dias calendario; por consiguiente el servidor MORDAZA NOELIO MORDAZA MORDAZA ha transgredido el articulo 5° inciso e) del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Servidores y Funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Resolucion Presidencial N° 6982005-INPE/P de fecha 30 de diciembre de 2005, e incumplido su obligacion establecida en el inciso c) del articulo 21° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y, por ende, ha incurrido en falta administrativa tipificada en el articulo 28°, inciso k) del Decreto Legislativo MORDAZA citado, habiendo contravenido los principios enunciados en la Ley N° 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, contando con la visacion del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 00590 PCM, Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, y Resoluciones Supremas N° 051-2008 JUS y N° 113-2008-JUS; SE RESUELVE:

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Destituyen a servidor del Instituto Nacional Penitenciario
RESOLUCION DE CONSEJO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 131-2008-INPE/P-CNP
MORDAZA, 21 de agosto de 2008 VISTO, el Informe N° 084-2008-INPE-CPPAD, de fecha 7 de agosto de 2008, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario, recepcionado por la Secretaria General el 11 de agosto de 2008: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial N° 390-2008INPE/P, de fecha 11 de MORDAZA de 2008, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA NOELIO MORDAZA MORDAZA del area de seguridad, en jornada laboral de 24 horas de labor por 48 de descanso, del Establecimiento Penitenciario de Aucallama Huaral de la

Articulo 1°.- IMPONER, sancion administrativa disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA NOELIO MORDAZA MORDAZA, Tecnico, nivel STF, del Instituto Nacional Penitenciario, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- NOTIFIQUESE, la presente resolucion al indicado servidor a traves de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion, y a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente (e)

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 511-2008-INPE/P
MORDAZA, 22 de agosto de 2008

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