Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2008 (09/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 9 de junio de 2008

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NELY MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA TEJADA; deduciendose que los solicitantes acreditan la posesion y dominio de la nueva embarcacion "MI MORDAZA MORDAZA Nº 2" de matricula PL-27950-PM; Que asimismo, de acuerdo a la informacion contenida en el Certificado de Matricula expedido por la Capitania de Puerto del Callao con fecha 18 de marzo del 2008 y el Certificado Nacional de Arqueo Nº DI-06010401-06-01 del 20 de septiembre del 2007, se desprende que la nueva embarcacion pesquera MI MORDAZA MORDAZA Nº 2 de matricula PL-27950-PM, ha sido terminada de construir el 25 de agosto del 2007, es decir dentro del plazo de 18 meses establecidos en la Resolucion Directoral Nº 155-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 11 de MORDAZA del 2006, con la que se autorizo el incremento de flota, y construida con caracteristicas tecnicas principales concordantes con las caracteristicas autorizadas en el incremento de flota, con un Arqueo Neto de 19.25 y 80.83 m3 de volumen de bodega. Ademas, segun la inspeccion tecnica de verificacion de caracteristicas y operatividad de embarcacion, llevada a cabo en el Puerto de Chimbote, la nueva embarcacion MI MORDAZA MORDAZA Nº 2 de matricula PL-27950-PM, se encuentra en condicion de operativa y equipada para desarrollar actividades pesqueras, conforme consta en el Acta e Informe de Inspeccion Nº 007-2008-PRODUCE/DGEPPDchi de fechas 5 y 7 de MORDAZA del 2008; Que si bien es MORDAZA que la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 155-2006PRODUCE/DGEPP, se expidio via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MI MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-4148-CM con acceso para las pesquerias de anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo; actualmente a dicha embarcacion sustituida, solo se le reconoce acceso a los recursos anchoveta y sardina, toda vez que a traves de la Resolucion Directoral Nº 083-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 9 de febrero del 2008, se declaro la caducidad del permiso de pesca de la citada embarcacion, en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa. En ese orden de hechos se desprende que el permiso de pesca de la embarcacion sustituida MI MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-4148-CM solo se reconoceria con acceso a las pesquerias de los recursos anchoveta y sardina, siendo los unicos recursos reconocidos con derecho de sustitucion; conllevando a que se realice la modificacion de la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 155-2006-PRODUCE/DGEPP, en el extremo de los recursos autorizados, reconociendole unicamente acceso para la extraccion de los recursos anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo humano directo; Que en ese sentido, de acuerdo a la documentacion obrante en el expediente administrativo, se observa que los recurrentes han presentado los requisitos procedimentales sobre permiso de pesca, establecidos en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y demas normas modificatorias, con el faltante del requisito Nº 9 referido al Nº de Resolucion y fecha del Protocolo Sanitario expedido por la Autoridad competente (ITP), documento exigible unicamente para el caso de embarcaciones de Consumo Humano Directo. Y que ademas se ha observado que la construccion de la nueva embarcacion pesquera MI MORDAZA MORDAZA Nº 2 de matricula PL-27950-PM ha sido ejecutado en virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 155-2006-PRODUCE/DGEPP y via sustitucion de igual capacidad de bodega de embarcacion reconocida por la administracion, por lo que seria procedente otorgar el permiso de pesca solicitado, unicamente para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; previo a realizarse la transferencia de la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 155-2006PRODUCE/DGEPP a favor de los solicitantes; Que al observarse el faltante del requisito Nº 9 referido al Nº de Resolucion y fecha del Protocolo Sanitario expedido por la Autoridad competente (ITP), la solicitud

de permiso de pesca en el extremo de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano directo, deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 157-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, demas normas complementarias y el procedimientos Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, y demas normas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, e hijos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NELY MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la transferencia de la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 155-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 11 de MORDAZA del 2006, para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA de 80.92 m3 de capacidad de bodega para dedicarla a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y el recurso sardina con destino al consumo humano directo, via sustitucion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MI MORDAZA MORDAZA 2 de matricula PL-4148-CM. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 155-2006-PRODUCE/DGEPP modificado en su titularidad por el articulo 1º de la presente Resolucion, solo en el extremo referido a los recursos jurel y caballa, toda vez que la embarcacion objeto de sustitucion MI MORDAZA MORDAZA Nº 2 de matricula PL-4148-CM ya no posee acceso a los citados recursos; en razon de que el permiso de pesca para dichos recursos ha sido caducado a traves de la Resolucion Directoral Nº 083-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 9 de febrero del 2008. Articulo 3º.- En el MORDAZA de la Ley Nº 26920, otorgar a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, e hijos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NELY MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca para operar la nueva embarcacion pesquera de MORDAZA MI MORDAZA MORDAZA Nº 2 de matricula PL-27950-PM y 80.83 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las (5) millas de la costa. Articulo 4º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, e hijos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NELY MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la nueva embarcacion pesquera MI MORDAZA MORDAZA Nº 2 de matricula PL-27950-CM, en el extremo de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo; por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo 5º.- El permiso de pesca otorgado en el articulo 3º de la presente Resolucion, queda sujeto a lo dispuesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, Nº 005-2002-PRODUCE y Decreto Supremo Nº 004-2007-

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