Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2008 (07/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, de conformidad con el inciso 19 del articulo 96º de la Ley Organica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar los acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes funcionen con eficiencia y oportunidad. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha y por unanimidad; RESUELVE:

Articulo Primero.- SUSPENDER por un plazo de tres meses el ingreso de nuevas demandas y apelaciones de expedientes sin prevencion a la Setima Sala Civil, a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital adopte las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Distrital de Control de la Magistratura la supervision de lo dispuesto por la presente Resolucion Administrativa. Articulo Cuarto.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Administracion Distrital, Centro de Distribucion General y a la Setima Sala Civil, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 196998-1

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Expiden titulo de Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 091-2008-CNM MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2008 VISTO: El Oficio Nº 1352-2008-CE-PJ, del 10 de marzo del 2008, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion

de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposicion de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 1352-2008-CE-PJ, del 10 de marzo del 2008, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 025-2008-CE-PJ, del 30 de enero del 2008, que declara fundada la solicitud de traslado por motivos de salud de su menor hija presentada por el magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lui, Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado de Nauta, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Oficio Nº 390-2008-P-CNM, del 14 de marzo del 2008, solicito al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tenga a bien informar la plaza exacta a que ha sido trasladado el mencionado magistrado, a fin de expedirle el MORDAZA titulo correspondiente; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 2195-2008-CE-PJ, del 11 de MORDAZA del 2008, remite MORDAZA del Oficio Nº 1234-2008-P-CSJLA/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el cual adjunta MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 058-2008-P-CSJLA/PJ, del 24 de marzo del 2008, que dispone se haga efectivo el traslado del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lui, Juez de Paz Letrado Titular, asignandolo al MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUI, de Juez del Juzgado de Paz Letrado de Nauta, Distrito Judicial de Loreto. Segundo.- Expedir el titulo a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUI, de Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 196101-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 212-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2008

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