Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2008 (07/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
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2) Otras clasificaciones por la SBS

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2008

6. Computo de limites de concentracion de cartera y los limites operativos Las exposiciones equivalentes a riesgo crediticio obtenidas de la aplicacion de lo dispuesto en los numerales 3 y 5 de la presente Circular seran consideradas para la aplicacion de los limites establecidos en los articulos 202º, 204º al 209º y 211º de la Ley General. 7. Ponderacion de la exposicion equivalente a riesgo crediticio de los instrumentos financieros derivados dentro de los activos y creditos contingentes ponderados por riesgo. Para la aplicacion del limite global referido en el articulo 199º de la Ley General, la exposicion equivalente a riesgo crediticio de los instrumentos financieros derivados, obtenida de la aplicacion de los numerales 3 y 5 de la presente Circular, sera considerada como un activo crediticio en el computo de los activos y creditos contingentes ponderados por riesgo, debiendose considerar lo dispuesto en los articulos 188º al 193º de la Ley General. 8. Modificaciones a la Informacion complementaria del Manual de Contabilidad Modifiquese el Reporte Nº 2 -A "Activos y Creditos Contingentes Ponderados por Riesgo" del Manual de Contabilidad, en los terminos que se senala en el Anexo adjunto a la presente Circular. 9. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir de la informacion correspondiente al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual queda derogada la Circular Nº B-2122-2003, F-0461-2003, CM-0308-2003, CR-0177-2003, EDPYME0101-2003 del 18 de agosto de 2003. Atentamente, MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

II. ACTIVOS CREDITICIOS CON RIESGO 10% - FACTOR 0,1 Instrumentos financieros Por la parte correspondiente al derivados de ME riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interes Por la parte correspondiente al riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente al Representativos de Deuda o Derechos Crediticios riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados Por la parte correspondiente al Crediticios riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente al Representativos de Capital riesgo 10%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 10%.

3. Sustituyase en el numeral 8 del rubro III Activos Crediticios con Riesgo 20%- Factor 0,2, los sub-rubros correspondientes a instrumentos financieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interes, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por:
III. ACTIVOS CREDITICIOS CON RIESGO 20% - FACTOR 0,2

8) Otras clasificadas por la SBS Instrumentos financieros derivados de ME Por la parte correspondiente al riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interes Por la parte correspondiente al riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente al Representativos de Deuda o Derechos Crediticios riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados Por la parte correspondiente al Crediticios riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente al Representativos de Capital riesgo 20%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 20%.

4. Sustituyase en el numeral 9 del rubro IV Activos Crediticios con Riesgo 50%- Factor 0,5, los sub-rubros correspondientes a instrumentos financieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interes, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por:
IV. ACTIVOS CREDITICIOS CON RIESGO 50% - FACTOR 0,5 9) Otras clasificadas por la S.B.S.

ANEXO Modifiquese el Anexo A "Activos y Creditos Contingentes Ponderados por Riesgo" del Reporte Nº 2 del Manual de Contabilidad, segun se senala a continuacion: 1. Sustituyase en el numeral 9 del rubro I Activos con Riesgo 0%- Factor 0,0, los sub-rubros correspondientes a instrumentos financieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interes, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por:
Denominacion I. ACTIVOS CON RIESGO 0% - Factor 0,0 9) Otras clasificadas por la SBS Instrumentos financieros derivados de ME Por la parte correspondiente al riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interes Por la parte correspondiente al riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente al Representativos de Deuda o Derechos Crediticios riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados Por la parte correspondiente al Crediticios riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente al Representativos de Capital riesgo 0%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 0%. Observaciones

Instrumentos financieros derivados de ME Por la parte correspondiente al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interes Por la parte correspondiente al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente Representativos de Deuda o Derechos Crediticios al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados Por la parte correspondiente Crediticios al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente Representativos de Capital al riesgo 50%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 50%.

5. Incorporese en el numeral 15 del rubro V Activos Crediticios con Riesgo 100%, los sub-rubros correspondientes a instrumentos financieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interes, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por:
V. ACTIVOS CON RIESGO CIEN (100%) 15) Otras segun SBS: Instrumentos financieros derivados de ME Por la parte correspondiente al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados de Tasa de Interes Por la parte correspondiente al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente Representativos de Deuda o Derechos Crediticios al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Derivados Por la parte correspondiente Crediticios al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Instrumentos Por la parte correspondiente Representativos de Capital al riesgo 100%. Instrumentos Financieros Derivados sobre Commodities Por la parte correspondiente al riesgo 100%.

2. Sustituyase en el numeral 2 del rubro II Activos Crediticios con Riesgo 10%- Factor 0,1, los sub-rubros correspondientes a instrumentos financieros derivados de moneda extranjera, de tasas de interes, sobre instrumentos representativos de deuda o derechos crediticios, y derivados crediticios, por:

196439-1

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