Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2008 (07/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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371871

DEFENSA

EDUCACION
Aprueban "Normas Tecnicas sobre Descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1344-2008-ED MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto en su inciso d) establece que "el pago de remuneraciones solo corresponde como contraprestacion por el trabajo efectivamente realizado, quedando prohibido, salvo disposicion de Ley expresa en contrario o por aplicacion de licencia con goce de haber de acuerdo a la normatividad vigente, el pago de remuneraciones por dias no laborados"; Que, el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 0222007 senala: "...Entiendase por trabajo efectivamente realizado al dictado efectivo y real de clases, conforme a los programas y calendarios academicos de Educacion Basica Regular. La sola asistencia, con registro o sin el, del docente o administrativo a su centro educativo, no da derecho al pago de remuneraciones"; Que, conforme lo establece el Articulo 7º de la Ley Nº 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, "... el control interno previo y simultaneo compete exclusivamente a las autoridades, funcionarios y servidores publicos de las entidades como responsabilidad propia de las funciones que le son inherentes, sobre la base de las normas que rigen las actividades de la organizacion y los procedimientos establecidos en sus planes, reglamentos, manuales y disposiciones institucionales, los que contienen las politicas y metodos de autorizacion, registro, verificacion, evaluacion, seguridad y proteccion..."; Que, el inciso b) del articulo 63º del Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion establece como funcion de la Unidad de Personal, entre otras, "Administrar y evaluar los procesos tecnicos y acciones de personal"; Que, en concordancia con las disposiciones sobre control de Asistencia y Permanencia de Personal senaladas en la Resolucion Ministerial Nº 574-94-ED, es necesario actualizar las normas tecnicas para la ejecucion de los descuentos por inasistencias, tardanzas, permisos y huelgas o paralizaciones de los trabajadores del Ministerio de Educacion; y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; Ley Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 019-90-ED, Ley Nº 29062 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 003-2007-ED, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Ley Nº 23536, Decreto Legislativo Nº 559 y su Reglamento el D.S. Nº 024-2001-SA, Decreto Legislativo Nº 728, Ley Nº 29142 y Decreto de Urgencia Nº 0222007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar "Normas Tecnicas sobre Descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal", las cuales forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion es de observancia y cumplimiento obligatorio en las instancias de gestion educativa descentralizada: Ministerio de Educacion, Direccion Regional de Educacion, Unidad de Gestion Educativa Local e institucion educativa de acuerdo

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar del Reino de Espana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 405-2008-DE/SG MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO:

Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 432 de fecha 29 de MORDAZA de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar del Reino de Espana, sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes de MORDAZA se va a realizar la II Reunion de la Comision Mixta Hispano Peruana de Defensa, establecida en el MORDAZA del Acuerdo de Cooperacion suscrito entre el Ministerio de Defensa del Reino de Espana y el Ministerio de Defensa del Peru el ano 2006; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Direccion General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar del Reino de Espana, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, para participar en la II Reunion de la Comision Mixta Hispano Peruana de Defensa, del 07 al 10 de MORDAZA de 2008. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 196753-1

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